Entre las reformas que puedes hacer para customizar tu moto, unas de las más habituales son la sustitución de luces, catadióptricos y espejos retrovisores, ya que podemos conseguir un estilo más moderno y estilizado sin hacer grandes modificaciones.

Dispositivos de Alumbrado
Es fundamental ver a los otros coches y motos, pero más importante es que ellos te vean a ti, motorista. El tamaño reducido de una moto complica la visibilidad de sus movimientos y mantener el sistema de alumbrado obligatorio es vital para hacerte notar en la carretera.
Recambio vs. Reforma
Antes de nada, debemos distinguir entre un recambio de una luz y una reforma de una luz.
- Recambio: Cuando una luz no funciona bien y la sustituimos por otra original de nuestra moto, montada sobre el soporte original y en su ubicación original, entonces no hace falta realizar ningún informe para legalizar su montaje.
- Reforma: La sustitución o reubicación de cualquier luz está considerada como reforma y requiere de un informe para su legalización (faro delantero, piloto trasero, intermitentes, luz de matrícula, luz de marcha atrás, luz antiniebla, catadióptrico, etc…). La sustitución de una luz por otra, debidamente homologada, de sistema LED, montada en el soporte original y en su ubicación original, no se considera reforma y por lo tanto no requiere ser legalizado su montaje, a excepción de las luces de cruce y carretera del faro delantero. La instalación de una luz auxiliar también es una reforma a legalizar (instalación de luces de largo alcance, luces antiniebla, etc…)
Número de Dispositivos y Ubicación
Cuando se instala una luz individual (por ejemplo, un faro delantero simple), esta ha de ir siempre centrada sobre el eje vertical de moto. La única excepción es la luz antiniebla delantera, si es un faro individual, puede estar descentrado respecto al eje vertical de la moto en una distancia máxima de 250mm.
Cuando se instala una luz doble, (por ejemplo, un bifaro, o un piloto trasero con 2 focos, intermitentes, etc…), las 2 luces han de estar simétricas respecto al eje vertical de la moto.
En la siguiente tabla podréis ver qué luces son obligatorias, si puedes llevar más de una y el color que deben de tener.
Como instalar una luz LED en la moto | Diferentes formas de activación
Luces Obligatorias y Opcionales
La ley de tráfico española establece claramente qué luces debe llevar toda motocicleta:
- Luz de cruce o corto alcance: Una o dos luces de color blanco.
- Luz de carretera o largo alcance.
- Luz de freno.
- Luz de placa de matrícula.
- Luces de posición.
- Catadióptrico trasero.
Entre las luces opcionales se encuentran las luces antiniebla delanteras y traseras; y las de señal de emergencia que se corresponden con las características de las luces indicadoras de dirección.

Viendo este cuadro podemos extraer algunas conclusiones relevantes. Por ejemplo:
- Si instalamos 2 luces auxiliares de largo alcance (luces de carretera), deberemos desconectar la luz de carretera del faro principal ya que el número máximo de luces de carretera es 2.
- Si instalamos unos intermitentes traseros con función de intermitentes, luz de posición y luz de freno, entonces deberemos desinstalar el piloto trasero, ya que solo se permiten 2 luces de posición trasera y 2 luces de frenado.
Marcados de Homologación
Todas las luces que instalemos en un vehículo han de tener un marcado de homologación europeo para poder legalizar su montaje. El hecho de que lleven este marcado no les exime de tener que realizar un informe para su legalización.
Dentro de este marcado de homologación podemos distinguir unos símbolos (letras y números) que identifican el tipo de luz que queda homologada dentro de ese dispositivo de alumbrado.
Ejemplos de Marcados de Homologación
- Faro Delantero: Contiene la luz de posición, luz de cruce, luz de carretera y a veces incluye también la luz diurna.
- Piloto Trasero: Contiene la luz de posición, luz de freno y a veces incluye también la luz de matrícula o luz de marcha atrás.
- Intermitentes: Tanto los intermitentes simples como los que tienen función de luz de posición y luz de freno han de llevar el símbolo “50R”, también han de llevar el distintivo “11” si son delanteros o el “12” si son traseros. Si llevan el distintivo “11/12” entonces quiere decir que los puedes montar tanto delante como detrás. Si no llevan ninguno de estos 2 distintivos no se pueden legalizar para una moto.
- Luz de Matrícula: Como el resto de las luces, también ha de llevar el símbolo “50R”.
Un mismo símbolo puede valer para varios tipos de luz, por ejemplo, si un piloto trasero lleva luz de posición trasera, luz de freno y luz de matrícula, es posible que solo lleve un único símbolo “50R” si la misma contraseña de homologación contiene a las 3 luces.

Ubicación Correcta de las Luces
No podemos instalar las luces dónde queramos, por eso es muy importante asesorarse bien antes de empezar las reformas para no tener que hacer modificaciones de última hora cuando procedamos al trámite de la homologación de la moto.
Ya sabemos que los dispositivos de alumbrado han de ir centrados si son individuales y dispuestos de forma simétrica respecto al eje central si son luces dobles, pero hay más cosas a tener en cuenta, como la altura mínima o máxima a la que debe de estar cada luz, la visibilidad que debe de tener alrededor para asegurar que sea fácilmente detectable para los peatones y para los demás conductores, la distancia de separación que ha de haber entre dos luces cuando son luces dobles y otros factores que ahora veremos.
En cuanto a la visibilidad, la normativa habla sobre ángulos de visión mínimos a respetar en cada dirección (hacia el interior, hacia el exterior, hacia arriba y hacia abajo).
Para que quede claro el ángulo de visión al que se refiere la normativa, en la siguiente foto podéis ver unos intermitentes delanteros con un ángulo de visión hacia el interior de 20°. Daros cuenta de que cuanto más hacia delante estén los intermitentes, mayor será el ángulo de visión.
Tabla Resumen de Distancias
| Dispositivo | Consideraciones |
|---|---|
| Luz de matrícula | No existen restricciones de distancias, solo debe iluminar la placa de matrícula. |
| Luz antiniebla delantera | No puede ir combinada con otro tipo de luces en un mismo dispositivo de alumbrado. |
| Intermitentes delanteros | Cuidado cuando van incorporados en los espejos retrovisores o en el cuelgamonos, es fácil sobrepasar los 1200mm de altura máxima permitida. Deben estar a más de 75mm de distancia del faro delantero. |
| Intermitentes traseros | No pueden estar a más de 300mm del final de la moto. |
Tabla Resumen de Ángulos de Visión
| Dispositivo | Consideraciones |
|---|---|
| Intermitentes delanteros | Cuando van instalados en los espejos retrovisores o en los puños de las manetas, hay que tener en cuenta que las manetas de freno y embrague dejen los 15º de visión por abajo. |
| Intermitentes traseros | El ángulo de visión hacia el interior muchas veces no cumple con el mínimo necesario por culpa de la placa de matrícula. Aconsejamos ponerlos siempre lo más atrás posible, a poder ser justo al lado de la matrícula. |
| Placa de matrícula | Ha de tener un ángulo de visión por arriba de 30° como mínimo. |
| Piloto trasero | Si se instala sobre el guardabarros, o en una zona muy adelantada, hay que tener en cuenta que debemos dejar los 15° por la parte de abajo. |
La visibilidad de los intermitentes delanteros puede verse afectada por los latiguillos de freno y embrague. Hay que recoger los cables para que no pasen por delante de los intermitentes.
Espejos Retrovisores
- Número de dispositivos: El retrovisor izquierdo siempre es obligatorio, el derecho solo es obligatorio para motocicletas que superen los 100Km/h.
- Marcado de homologación: Ha de empezar por una “L” seguida de la contraseña de homologación europea. Ambos espejos deben de tener el marcado de homologación, bien en la carcasa o bien en el propio espejo.
- Ubicación correcta: Han de estar en una posición visible para la conducción, pueden estar orientados hacia arriba o hacia abajo. Debe de haber una distancia mínima de 560mm entre los centros de los espejos.
Catadióptricos Traseros y Laterales
- Número de dispositivos: El catadióptrico trasero es obligatorio, puede haber 1 o 2. Los catadióptricos laterales son obligatorios en motos matriculadas del 1 de enero de 2017 en adelante y en motos cuya contraseña de homologación se acoja al reglamento 168/2013.
- Marcado de homologación
- Ubicación correcta
Recomendaciones Adicionales para la Seguridad
Además de llevar el sistema de alumbrado correctamente y saber cuándo debemos usarlo, hay una serie de recomendaciones que reforzarán tu seguridad a la hora de ir en moto:
- Adopta una buena posición en la carretera: Los espejos retrovisores tienen ángulos muertos y las motos ya son difíciles de ver de por sí.
- Lleva un atuendo visible: Cuanto más color y menos tonos oscuros, mejor. En concreto, es importante que el casco y la chaqueta sean llamativos para el resto de conductores.
- Integra elementos reflectantes en tu moto: Por el mismo motivo que el apartado anterior, es importante que te hagas notar en la carretera, y no solo por el sonido de tu moto.
- Mantén las luces encendidas en todo momento.
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