Normativa para Patinetes Eléctricos en Vías Interurbanas en España

En los últimos años, los patinetes eléctricos se han convertido en una forma popular y sostenible de movilidad urbana. Sin embargo, para desplazarte con estos vehículos de movilidad personal (VMP) de manera segura, es esencial comprender las normas de circulación vigentes. En 2024, la Dirección General de Tráfico (DGT) anunció una nueva normativa para los patinetes eléctricos, que forman parte de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), comercializados desde el 22 de enero de dicho año.

Aquí te contamos todo lo que necesitas saber sobre la normativa actual y cómo afecta a la circulación de patinetes eléctricos, especialmente en vías interurbanas.

¿Qué son los VMP?

Los VMP son vehículos de una o más ruedas, con una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Estos vehículos deben cumplir con ciertas características técnicas para ser considerados VMP y poder circular legalmente.

Normativa General para Patinetes Eléctricos

La actualización de la norma, según la DGT, fue necesaria para “velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, así como la del resto de usuarios de la vía, y garantizar que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que se pongan en el mercado tengan unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles”.

Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación. La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP. Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.

Ahora bien, ¿qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024? La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.

Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.

A partir de enero del 2024, solo pueden venderse patinetes eléctricos certificados por la DGT (placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete (velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación).

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados desde 2024 deben contar con un certificado de homologación, mientras que los vendidos hasta el 21 de enero podrán circular sin él hasta el 1 de enero de 2027. Esto es lo que dice la norma.

Características Técnicas Obligatorias

  • Velocidad: Podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
  • Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s².
  • Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).

¿Por dónde NO pueden circular los patinetes eléctricos?

Atendiendo a la normativa vigente de la Dirección General de Tráfico está prohibido que los patinetes eléctricos puedan circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Por lo tanto, no se puede ir con patinete eléctrico por carretera nacional.

Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos.

En resumen, los patinetes eléctricos NO pueden circular por:

  • Aceras y zonas peatonales
  • Vías interurbanas
  • Travesías
  • Autopistas y autovías
  • Túneles urbanos (salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente)

Seguro y matrícula para los patinetes en 2026 ✅ (te lo explico BIEN)

Equipamientos y Seguridad

Es necesario insistir en que estos vehículos no pueden circular por aceras y zonas peatonales, al igual que las bicicletas, si bien en algunos municipios pueden autorizar su circulación por calles o espacios de coexistencia respetando los límites de velocidad o la velocidad del paso humano. Tampoco se podrá circular por por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que comuniquen poblaciones.

Sigue estando prohibido circular con patinete cuando hemos bebido alcohol, o con auriculares puestos, y transportar más de 1 persona en el patinete.

Según el subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, Jorge Ordás, “el objetivo del manual es principalmente garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía.

Finalmente según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación, no se permite circular con auriculares, con sanciones de hasta 200 euros.

Equipamientos y seguridad. ¿Sabias que? el uso del casco puede reducir hasta en un 85% el riesgo de lesiones graves en la cabeza en caso de accidente!

Los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de esta.

Equipamiento Obligatorio

  • Casco: Aunque la DGT recomienda siempre el uso de casco, recae sobre cada municipio el concretar su obligatoriedad. En Vitoria-Gasteiz (a partir de mayo-2024) es obligatorio llevar casco.
  • Luces y reflectantes: Es obligatorio que los patinetes eléctricos dispongan de un sistema de frenado, un timbre o dispositivo de advertencia acústica y luces y dispositivos reflectantes tanto delanteros como traseros. Es también obligatorio portar ropa de carácter reflectante durante la noche o cuando la visibilidad sea reducida.

Seguro Obligatorio

Sí, a partir del 2026, será obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para los patinetes eléctricos en España. Pero, debemos de tener en cuenta que, aunque la obligatoriedad del seguro entrará en vigor en 2026, algunas ciudades podrían implementar regulaciones específicas antes de esa fecha, por lo tanto, te recomendamos estar atento y atenta a las disposiciones locales.

Muy importante: a partir del 2 de enero de 2026 en España,los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.

Edad Mínima para Conducir un Patinete Eléctrico

La edad mínima para conducir un patinete eléctrico en España es de 16 años, según la DGT. Aunque hay determinadas provincias que pueden tener sus propias ordenanzas municipales. Por ejemplo en Guadalajara y en Albacete se ha fijado la edad mínima en 15 años, por lo que te recomendamos que ante cualquier duda consultes siempre las ordenanzas municipales.

Multas y Sanciones

La circulación por aceras, zonas peatonales, autovías, autopistas, es una infracción grave con multa de hasta 200 euros según la nueva ley.

Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.

Infracción Multa
Circular por aceras o zonas peatonales Hasta 200 euros
No figurar en el registro estatal de la DGT Variable (hasta 1.000 euros)
No llevar la identificación del VMP Variable (hasta 1.000 euros)
No tener seguro (a partir de 2026) Variable (hasta 1.000 euros)

Transporte Público y Patinetes Eléctricos

La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.

  • RENFE: Desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.

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