Cada vez más personas apuestan por moverse en patinete eléctrico por la ciudad: son sostenibles, cómodos y muy prácticos. Sin embargo, es crucial conocer la normativa vigente para circular de forma segura y legal. En España, los patinetes eléctricos están incluidos en los denominados Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Únicamente pueden equiparse con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.
La definición de patinete eléctrico en nuestro país viene recogida en la Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal.
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Certificación y Registro de VMP
Desde enero de 2024, los patinetes eléctricos nuevos deben contar con la certificación oficial de la DGT. Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación.
La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP. Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.
Para poder inscribir un VMP a tu nombre, tiene que contar con un certificado de circulación emitido por un laboratorio autorizado por DGT. En nuestra página web puedes consultar los modelos certificados.
Podrás inscribir un vehículo de tu propiedad de manera que, una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo. Además, te entregaremos el certificado de inscripción digital en pdf con el que podrás adquirir una etiqueta identificativa con el número de inscripción con el formato M XXXX LLL Ayuda para que puedas colocarla en tu VMP a modo de matrícula.
Con este certificado podrás adquirir la etiqueta identificativa Ayuda, con el número de inscripción que deberás colocar en tu VMP a modo de matrícula. La etiqueta la podrás obtener en cualquier centro autorizado de expedición de placas de matrícula.
En el caso de los VMPs que no estén certificados, pero que pueden circular hasta 22 de enero de 2027, no dispondrán de un número de certificado. Una vez entregado, podrás tramitar la baja definitiva del VMP en la DGT.
No obstante, de manera excepcional, será posible inscribir de manera temporal un VMP que no esté certificado. Solamente se puede inscribir modelos de VMPs que estén certificados por un laboratorio autorizado. En nuestra página web puedes consultar los modelos certificados.
En el caso de los VMPs que no estén certificados, pero que pueden circular hasta 22 de enero de 2027, no dispondrán de un número de certificado.
¿Qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024?
La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.
Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.
Cómo Inscribir tu VMP
La inscripción de un VMP puede tramitarla el dueño del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre. Podrás inscribir un vehículo de tu propiedad y, una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo y te entregaremos el certificado de inscripción digital y en pdf.
Para obtener tu etiqueta identificativa Ayuda, , al igual que las matrículas de los vehículos, puedes solicitarla en un manipulador de placas, presentando el certificado de inscripción.
Por internet, a través de nuestra aplicación. En el primer paso, "Datos de contacto", deberás confirmar si realizas el trámite en tu nombre o en representación de alguien.
En caso de querer inscribir un VMP a nombre de un menor, se deberá indicar el NIF y año de nacimiento del tutelado y declarar que se es el tutor legal del menor. También deberás indicarnos el correo electrónico y teléfono de contacto para poder enviarte el justificante de haber realizado el trámite.
En el tercer paso, deberás abonar la tasa la tasa 4.1 de 8,67 € con tarjeta o el número de cuenta corriente, o usar una tasa que ya hayas pagado previamente.
Te recordamos que en el apartado de miDGT podrás consultar los VMPs inscritos a tu nombre y descargar sus certificados de inscripción.
Cuando la situación lo requiera, se podría habilitar la realización del trámite de manera presencial entregando toda la documentación original y en vigor en cualquier Jefatura u Oficina local de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes.
Los menores de edad podrán tener VMPs inscritos a su nombre.
Normas de Circulación y Seguridad
Antes de circular es importante conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura. Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP (entre ellos, los patinetes eléctricos).
Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Está prohibido que los patinetes eléctricos circulen por aceras.
En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.
Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos.
Tampoco pueden circular en túneles urbanos salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente. En Madrid, por ejemplo, pueden hacerlo si están equipados con iluminación homologada.
Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).
Además, aunque no sea obligatorio en tu ciudad, es muy recomendable. No hay una edad mínima establecida a nivel nacional, pero algunos ayuntamientos sí la fijan, generalmente en 14 o 16 años.
Mantenimiento y Seguridad del Patinete
El patinete eléctrico necesita de un mantenimiento periódico con sus correspondientes revisiones. No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire en los neumáticos o signos de desgaste, ni cuando hay sonidos al girar u otros síntomas anormales. También hay vigilar el estado y la presión de las ruedas si son con cámara de aire.
En su limpieza use un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realice la carga durante la noche, por si se recalienta y se incendia.
Sistema de frenado. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
El uso del casco depende de la ordenanza municipal. Algunas ciudades lo exigen de forma obligatoria, mientras que otras no. Sin embargo, en 360Scooters recomendamos su uso siempre, ya que es un elemento de seguridad fundamental.
Seguro Obligatorio para Patinetes Eléctricos
En julio de 2025 entró en vigor la Ley de Seguros de Automóviles en la que se define lo que es un vehículo personal ligero y que a partir de enero de 2026 ya es obligatorio que los patinetes eléctricos tengan un seguro de responsabilidad civil en España.
El seguro obligatorio se convertirá en el elemento central para cubrir daños a terceros. Si ocurre un accidente y el patinete no cuenta con la póliza requerida, el propietario deberá asumir personalmente todas las indemnizaciones.
Muy importante: a partir del 2 de enero de 2026 en España,los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.
Aparcamiento de Patinetes Eléctricos
Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local.
En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos.
En definitiva, no existe una prohibición estatal única y dónde puedes aparcar tu patinete eléctrico va a depender de la ordenanza municipal de la localidad donde residas. Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos.
Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.

Sanciones por Incumplimiento de la Normativa
Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.
La DGT pretende cerrar la puerta a la circulación de patinetes eléctricos sin control. Las multas por incumplimiento irán desde los 200 hasta los 1.000 euros, en función de la gravedad de la infracción. No sólo se sancionará la ausencia del seguro: también se castigará no llevar la identificación o no figurar en el registro estatal.
Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 € en función de la tasa de alcohol o de 1.000 € si se trata de drogas.
Transporte Público y Patinetes Eléctricos
La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.
RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.
Regulación en Barcelona
La nueva ordenanza de circulación, peatones y vehículos de Barcelona entró en vigor el 1 de febrero de 2025. Que usen de forma obligatoria el casco.
Los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h. Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h. En cualquier caso, no podrán sobrepasar los 25 km/h.
Normas Comunes Obligatorias para el Uso de Patinete Eléctrico en Europa
En Europa, cada vez es más común ver a ciudadanos y ciudadanas que optan por el patinete eléctrico como medio de transporte. Al mismo tiempo, muchas ciudades europeas han ido incorporando a su red de transporte público nuevos servicios que permiten alquilar patinetes.
Por eso, hace tiempo que los países de la Unión Europea empezaron a estudiar con detenimiento y a reglamentar de una forma clara esta nueva movilidad con el objetivo de facilitar la convivencia entre los usuarios de patinetes, los peatones y los tradicionales medios de transporte que ruedan por nuestras ciudades.
Actualmente, ya son muchos Estados miembros los que cuentan con distintos códigos de circulación para incorporar esta emergente forma de desplazarse. Aunque hay que advertir que estas nuevas normas no están armonizadas por lo que es posible encontrarse con algunas diferencias entre distintas naciones.
De esta forma, lo que podría estar permitido en un país es posible que esté prohibido en otro. Por eso, es tan importante conocer las normas.
- Conducir siempre con precaución, atención y cuidado.
- Siempre que sea posible, utilizar los carriles bici y respetar las normas de circulación.
- No molestar ni obstaculizar a los peatones. Los peatones siempre tienen prioridad en las aceras y zonas peatonales (cuando se pueda circular con patinetes eléctrico por las aceras).
- Está prohibido utilizar el teléfono móvil durante la conducción.
- Está prohibido circular con acompañante.
- Llevar casco, aunque no sea obligatorio.
- No conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. Estas infracciones suelen castigarse severamente.
Regulación en Otros Países Europeos
Es crucial conocer las regulaciones específicas de cada país europeo si planeas utilizar un patinete eléctrico en el extranjero. A continuación, se resumen algunas de las normativas más relevantes:
Alemania
- Edad mínima: 14 años.
- Velocidad máxima: 20 km/h.
- Casco: No es obligatorio.
- Equipamiento obligatorio: Luz delantera blanca, luz trasera roja, dos frenos independientes, timbre.
- Póliza de seguro: El patinete eléctrico debe estar asegurado y deberá llevar la correspondiente pegatina del seguro que tendrá una validez de 12 meses.
Austria
- Edad mínima: Hay que tener al menos 12 años para llevar patinete eléctrico de forma autónoma en el transporte público.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Casco: Es obligatorio para los menores de 12 años.
- Equipamiento obligatorio: Si hay un carril bici, debe utilizarlo. Si no hay carril bici, puede circular por la calzada.
Bélgica
- Edad mínima 16 años.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Casco: No hay obligación de llevar casco.
- Equipamiento obligatorio: Luz delantera blanca, Frenos, Reflectores laterales, Reflector rojo y avisador acústico
- Póliza de seguro: Un patinete eléctrico no requiere seguro a terceros.
Bulgaria
- Edad mínima 14 años.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Casco: El casco es obligatorio para los menores de 18 años.
- Equipamiento obligatorio: Luces. Es obligatorio llevar ropa reflectante en la oscuridad.
Croacia
- Edad mínima 14 años.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Casco obligatorio: Cualquier persona que conduzca un patinete eléctrico en Croacia debe llevar casco.
Dinamarca
- Edad mínima 15 años.
- Velocidad máxima: 20 km/h.
- Casco: En Dinamarca, es obligatorio llevar casco de ciclista cuando se conduce un patinete eléctrico.
- Equipamiento obligatorio: Los giros y las paradas deben estar señalizados. Las luces son obligatorias tanto de día como de noche. La luz delantera debe ser blanca o ámbar y la trasera roja. Las luces deben ser claramente visibles desde una distancia mínima de 300 metros. Deben instalarse reflectores en la parte delantera, trasera y en los laterales.
Estonia
- Edad mínima: No hay edad mínima general.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Casco: El casco es obligatorio para los menores de 16 años. Se recomienda el uso del casco a los adultos.
Finlandia
- Edad mínima: No hay límite de edad legal para utilizar un patinete eléctrico. Sin embargo, quien quiera alquilar un patinete eléctrico debe tener al menos 18 años.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- El casco no es obligatorio, pero sí recomendable
- Equipamiento obligatorio: Luces delanteras (recomendadas también las traseras), Reflectores (en la parte trasera del scooter), Timbre.
Francia
- Edad mínima: 12 años.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
Resumen de la Normativa Española para Patinetes Eléctricos
Para facilitar la comprensión de la normativa en España, aquí tienes una tabla resumen con los puntos clave:
| Aspecto | Requisito/Norma |
|---|---|
| Definición VMP | Vehículo de una o más ruedas, una sola plaza, motor eléctrico (6-25 km/h) |
| Certificación DGT | Obligatoria para VMP comercializados desde el 22 de enero de 2024 |
| Registro DGT | Obligatorio (fecha límite por determinar) |
| Seguro de Responsabilidad Civil | Obligatorio a partir del 2 de enero de 2026 |
| Velocidad Máxima | 25 km/h |
| Uso del Casco | Depende de la ordenanza municipal (recomendado siempre) |
| Circulación Prohibida | Aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías, túneles urbanos (salvo excepciones) |
| Aparcamiento | Sujeto a ordenanza municipal (no obstaculizar el paso) |
