Tras la aprobación en sede parlamentaria de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, queda aún resolver el articulado y el Reglamento General de Circulación que emergerá, probablemente, a principios de este próximo verano.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado importantes modificaciones en las normativas viales a través de un Real Decreto que busca garantizar la seguridad de los ciclistas y promover una convivencia respetuosa entre usuarios de las vías. Estas nuevas disposiciones, que entrarán en vigor en 2025, establecen cambios tanto para conductores como para ciclistas.
La mayoría de las 20 novedades de la Ley de Seguridad Vial entrarán en funcionamiento mucho antes, el 21 de abril de 2014.
Novedades y Cambios Clave en la Ley de Tráfico
La nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ya ha entrado en vigor, un cambio que afecta directamente a los conductores y a las costumbres que se adoptan a la hora de la conducción. La ley pretende que haya cambios en la movilidad de nuestro país, protegiendo la seguridad de todos los usuarios de las vías públicas.
El lema de esta nueva ley ha sido “Nuevos tiempos, nuevas normas” y es que los cambios han supuesto todo un debate para la sociedad. Estas y otras muchas se recogen en la nueva ley y se pueden consultar en detalle en la web oficial de la DGT.

Cambios para Conductores y Ciclistas
Uno de los cambios más destacados es el límite de velocidad para adelantar a ciclistas en carreteras. A partir del próximo año, los conductores deberán reducir su velocidad a 20 kilómetros por hora por debajo del límite de la vía para realizar esta maniobra. Por ejemplo, en una carretera con un límite de 90 km/h, el adelantamiento deberá efectuarse a un máximo de 70 km/h. Además, se debe mantener la distancia lateral mínima de 1,5 metros al adelantar y, en algunos casos, será obligatorio cambiar completamente de carril.
En cuanto a la seguridad de los ciclistas, el uso del casco será obligatorio en carretera bajo cualquier circunstancia, eliminando las exenciones que antes permitían prescindir de él en pendientes ascendentes o en condiciones climáticas adversas. También se establece la obligatoriedad de portar accesorios reflectantes o luminosos en condiciones de baja visibilidad, asegurando que los ciclistas sean visibles desde al menos 150 metros de distancia.
Adicionalmente, los vehículos que deseen adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Si la vía solo tiene un carril, es obligatorio mantener al menos la separación mínima de 1,5 metros, pudiendo para ello ocupar parte o la totalidad del carril contrario.
El incumplimiento de estas normas de adelantamiento constituye infracción grave, acarreando una multa de 200 €. Adelantar poniendo en peligro, entorpeciendo o no dejando el mínimo de 1,5 metros de distancia lateral supondrá la pérdida de 6 puntos.
Normativa en Zonas Urbanas
En las ciudades, las bicicletas deberán circular por el centro del carril, liberando las aceras para los peatones. Asimismo, en calles de un solo carril con límite de 30 km/h, se permitirá a los ciclistas circular en sentido contrario. Otra novedad importante es la distancia mínima de seguridad de 5 metros que los conductores deberán mantener al circular detrás de una bicicleta en ciudad.
Además, se prohíbe parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas.
Puntos Clave de la Reforma
Los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial entran hoy en vigor, una reforma que elimina el margen de 20 kilómetros hora (Km/h) adicionales para realizar adelantamientos a otros vehículos en las carreteras convencionales.
La reforma aprobada el pasado diciembre no incrementa las sanciones a los infractores.
La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en "utilizar" mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de "llevar en el vehículo" esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción.
Además, se aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de 200 euros.
Por otro lado, aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.
A partir de ahora, se fija en dos años sin cometer infracciones el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.
Asimismo, los conductores podrán recuperar dos puntos del carné a través de la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.
La nueva Ley de Tráfico añade una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía, por no respetar las normas derivadas de escenarios anticontaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
Igualmente, se castiga con 500 euros de sanción el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en exámenes para la obtención y recuperación de permisos de conducir u otras autorizaciones administrativas o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos.
En patinete, con casco. La reforma de la Ley incorpora la obligación, a nivel estatal, de que los conductores de los vehículos de Movilidad Personal (los patinetes) deban llevar casco «en los términos que reglamentariamente se determine»*. La sanción podría alcanzar los 200 euros. Además, se prohíbe a bicis y patinetes circular por autovías, autopistas… y, sobre todo, por las aceras. *Se prevé que en los próximos meses se actualice el Reglamento General de Circulación para incorporar estos cambios. Y ojo, porque esta norma podría no aplicarse, por ejemplo, a los patinetes de sharing.
Detalles Adicionales de las Modificaciones
Estos son algunos puntos específicos que han cambiado:
- Límite de velocidad: Eliminación del margen de 20 km/h al adelantar en carreteras convencionales.
- Uso del móvil: Sostener el móvil con la mano mientras se conduce conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de 6 puntos.
- Distancia con ciclistas: No respetar 1,5 m de distancia lateral al adelantar a un ciclista resulta en 6 puntos menos.
- Cinturón de seguridad: No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o casco implica la pérdida de 4 puntos.
- Alcohol: Límite 0% de alcohol para los conductores menores de edad.
- Objetos en la vía: Arrojar objetos a la vía conlleva la pérdida de 6 puntos.
- Detectores de radares: Se sancionará la instalación de los detectores de radares, no sólo su uso.
- Exámenes de conducir: 500 euros si copias en los exámenes del carnet o en los cursos de recuperación.
- Zonas de Bajas Emisiones (ZBE): Multa por no respetar las restricciones de circulación en las ZBEDesde 2023, las 149 ciudades españolas con más de 50.000 habitantes deberán contar con Zonas de Bajas Emisiones, que restringirán el acceso a los vehículos más contaminantes. La reforma de la Ley incorpora una nueva multa, de 200 euros, para aquellos conductores que ignoren las restricciones de la ZBE, y que se aplicará también a aquellos que no respeten las restricciones de circulación establecidas por los Ayuntamientos durante los episodios de alta contaminación.

Reacciones a la Modificación de la Ley
Desde el RACE destacan como aspectos positivos de esta Ley “la introducción de los cursos de conducción segura y eficiente que […] permitirán obtener o recuperar dos puntos por su realización. Aunque, por contra, entienden que la supresión de los 20 km/h de margen en los adelantamientos “deberían haber tenido un mayor debate técnico”, ya que “con esta modificación […] se aumentará el tiempo de adelantamiento y el espacio que tendremos que recorrer por el carril contrario, lo que contribuye a aumentar el riesgo”.
Por su parte, Fernando González Iturbe, subdirector de la Asesoría Jurídica de CEA (Comisariado Europeo del Automóvil), se muestra a favor del incremento de las sanciones por no llevar el cinturón de seguridad o el casco, así como del aumento de los puntos retirados si no se mantiene la distancia de 1,5 m al adelantar a un ciclista. Pero desde CEA mantienen su negativa a la eliminación de los 20 km/h ‘extra’ al adelantar en vías convencionales: “no encontramos que favorezca la seguridad en el tráfico”. González señala que esta medida causará “caravanas en estas vías, lo que incrementa el riesgo de posibles choques por alcance”, así como “una situación de nerviosismo en muchos conductores, que podrían asumir muchos más riesgos a la hora de adelantar”.
Por último, la Fundación Española para la Seguridad Vial (FESVIAL) ha señalado respecto a la eliminación de este margen para adelantar que, si bien “hay argumentos para mantener la situación actual, son muchas más las razones de seguridad que aconsejan no rebasar en20 km/h los límites de velocidad en los adelantamientos”.
| Infracción | Multa | Puntos |
|---|---|---|
| Sostener el móvil con la mano | 200 euros | 6 |
| No respetar 1,5 m al adelantar a ciclista | 200 euros | 6 |
| No usar cinturón, casco o sistema de retención infantil | 200 euros | 4 |
| Arrojar objetos a la vía | 200 euros | 6 |
| Copiar en exámenes de conducir | 500 euros | - |
| No respetar restricciones en ZBE | 200 euros | - |
Conoce los cambios más importantes de la Ley de Tráfico
En conclusión, la nueva ley de tráfico busca adaptarse a los nuevos tiempos y mejorar la seguridad vial para todos los usuarios, especialmente los más vulnerables como ciclistas y peatones. Es crucial que tanto conductores como ciclistas conozcan y respeten estas nuevas normas para garantizar una convivencia segura en las vías públicas.