Cada vez son más las personas que deciden aprovechar las ventajas de moverse por la ciudad en bicicleta, no solo por ecología o deporte, sino también para evitar los atascos con la libertad que entregan estos vehículos. Si eres ciclista, sabrás que el cuidar tanto tu seguridad como la de los otros es clave. Sin embargo, muchos no respetan las reglas y no solo ponen en peligro su integridad, sino que también se exponen a multas.
La Ley de Convivencia Vial, norma cómo vehículos motorizados y, los llamados ciclos, deben moverse por las calles y ciclovías en la ciudad. La Ley de Tránsito, específicamente la de Convivencia Vial, regula el uso de ciclos, categoría que engloba a bicicletas, monopatines, bicis eléctricas y scooters, entre otros.
Si eres ciclista y utilizas las ciclovías, te contamos cuáles son las reglas del tránsito que necesitas conocer y respetar.
Normas legales que regulan el uso de ciclovías
En 2018, una gran reforma en la Ley del Tránsito creó una serie de normativas para regular la convivencia entre vehículos motorizados, peatones y bicicletas por las vías del país, ya sean calles compartidas o, las ciclovías que utilizan los ciclos, categoría que engloba a las bicicletas, scooters, skates e incluso bicis y scooters con motor.
Los usuarios de ciclovías, tienen la obligación de cumplir las leyes del tránsito que norman específicamente su funcionamiento y, cuyo conocimiento es parte importante de la educación vial. Las principales regulaciones son:
- Las ciclovías son de uso exclusivo por parte de los vehículos considerados como ciclos
- En el caso de los scooters y bicicletas eléctricas, estos solo pueden usar las ciclovías si su motor es igual o menor a los 25 kilowatt y, la velocidad máxima sin impulso de su conductor, no supere los 25 kilómetros por hora.
- Al circular por ciclovías, se deben respetar semáforos y líneas de detención. Si bien hay semáforos exclusivos para ciclovías, que se distinguen por mostrar la imagen de un bicicleta en sus luces, de no existir vale el que utilizan el resto de los vehículos
- El ciclista solo puede circular en el sentido que indica la ciclovía. En caso de ser de doble dirección, debe hacerlo por la pista que le corresponde, la cual suele estar marcada con una flecha en el pavimento.
- En caso de existir ciclovías, los ciclos solo pueden circular por ellas y no por las vías vehiculares o veredas. Las únicas excepciones son los niños menores de 7 años y su acompañante mayor de edad y, personas discapacitadas
- Si la ciclovía está en mal estado haciendo peligroso su uso o, las condiciones del clima son adversas, los ciclistas podrán moverse por la calle o, cuidadosamente por la vereda, respetando las reglas de la Ley de Convivencia Vial
- Bajar la velocidad al acercarse a un paso peatonal. Si el flujo de peatones es alto, el ciclista deberá detenerse completamente hasta que todos pasen.
- Al circular por la ciclovía, las bicicletas deben hacerlo por su lado derecho y, en caso de adelantar a otro ciclo, hacerlo por la izquierda.
- Al virar desde una ciclovía a una calle sin ciclovía, el conductor debe respetar el derecho de paso de los peatones e, incorporarse a la calle por la pista derecha de esta. No se puede incorporarse a vías cuyo sentido de circulación sea diferente al que se busca.
- Si se dobla desde una ciclovía a otra, quien dobla debe hacerlo dando preferencia a las bicicletas que circulan por esta, además de entregar prioridad de paso a los peatones.
- Al circular por ciclovías, tanto los ciclos como sus conductores deben tener incorporados todos los elementos de seguridad que indica la ley.
- Al virar desde una ciclovía o calle, el ciclista debe advertirlo al resto de los vehículos extendiendo su brazo horizontalmente en la dirección correspondiente.
- Si se lleva carga en la bicicleta, esta debe permitir que el conductor tenga sus dos manos sobre el manubrio y, además no ponga en riesgo la estabilidad del ciclo.
Consejos de seguridad vial para ciclistas
Otras normas importantes para ciclistas
- Todos los ciclistas y su acompañante deben llevar puesto un casco que proteja la zona superior de la cabeza y se mantenga firme mediante una correa o cinta que se abroche debajo de la barbilla.
- Es importante señalar que los ciclistas tienen prohibido circular por autopistas urbanas y carreteras si es que no hay una ciclovía.
- En general, las veredas son territorio exclusivo para peatones, pero existen unas cuantas excepciones en las que los ciclistas pueden utilizarlas.
- La ley autoriza a llevar a otra persona en la bicicleta siempre y cuando la capacidad de la bici lo permita, y esta se siente en la zona trasera con una pierna a cada lado del asiento.
- Las bicicletas deben estacionarse en espacios destinados especialmente para ello.
- Se prohíbe a los conductores de bicicletas, tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas (artículo 131).
- Toda maniobra de viraje deberá ser advertida previamente por el conductor, con una anticipación mínima de 30 metros, mediante el señalizador eléctrico del vehículo o, en su defecto, con el brazo.
- En cruces peatonales, los ciclos deben reducir su velocidad y cruzarlo al ritmo de los peatones, respetando la prioridad de estos.
- Las bicicletas deberán ser estacionadas en lugares habilitados.
¿Por qué vías pueden circular los ciclistas?
En los últimos años, las ciudades estrenaron una gran cantidad de ciclovías, aunque aún están en deuda, obligando a que los ciclistas deben optar por otras zonas por donde moverse.
En Chile, las bicicletas pueden moverse por dos tipos de vías:
- Ciclovías: De existir ciclovías, los ciclistas deben utilizarla respetando las señales que en estas se muestran y que indican dirección, puntos de detención, preferencias en cruces e incluso semáforos especiales para ellos.
- Calles: Los ciclistas pueden circular por las calles, específicamente en la pista derecha pegados lo más posible al lugar donde se encuentre la vereda. Los automovilistas deberán entregarles un espacio mínimo de 1,5 metros.
En caso de calles que incluyen pistas exclusivas para buses, los ciclistas tendrán que circular por el lado izquierdo de la pista izquierda. Si se trata de vías bidireccionales, esto solo se aplica si existe un bandejón central.

¿Pueden las bicicletas circular por la vereda?
En general no. Los ciclistas deben moverse por ciclovías o calles, aunque existen algunas excepciones:
- Menores de 14 años.
- Adultos que acompañen a un niño menor de 7 años.
- Personas con discapacidad o de edad avanzada.
- Si es que las condiciones climáticas hacen peligroso moverse por las calles o ciclovías.
¿Por dónde deben circular las bicicletas eléctricas?
Las bicicletas que cuenten con un motor eléctrico con una potencia máxima de 0.25 watts, y capaces de alcanzar velocidades de hasta 25 kilómetros por hora sin impulsarse con los pedales, son consideradas como una bicicleta más y por ende habrán de circular por las ciclovías o en la zona correspondiente de la calle.
Si de trata de una bicicleta con motor a bencina, o una eléctrica de capacidad superior, se les considera como una motocicleta, y quien la conduzca debe contar con una licencia clase C, patente, permiso de circulación y seguro obligatorio, además de cumplir las mismas normativas que se aplican a las motos.
Sanciones por incumplimiento
El incumplir las normativas de tránsito para bicicletas, se considera una falta a la ley del tránsito. El infraccionado recibirá una citación al Juzgado de Policía Local, donde podrá pagar su multa o presentar sus descargos.
¿Pueden multarme por no cumplir las normativas de uso de las ciclovías?
Las ciclovías tienen normas que regulan su uso y, el no cumplimiento de estas reglas supone infracciones y castigos. Los “partes” a ciclistas, pueden ser cursados por Carabineros o Inspectores municipales.
Las infracciones a cursar son de carácter menos grave y, tal como en el caso de automóviles que las violen, suponen multas cuyo valor va entre $24.850 y $49.700 aproximadamente.
Aquellos ciclistas que no circulen por las zonas que la ley indica, se exponen a partes con sanciones económicas nada bajas.
Quienes conduzcan una bicicleta u otro ciclo, también deben respetar las limitaciones sobre el consumo de alcohol o drogas al volante.
Si el infractor a las normas de la Ley fuere peatón, pasajero o ciclista, sólo se le extenderá la correspondiente citación al Juzgado respectivo, fijándole día y hora para la comparecencia.
Características de las ciclovías según la ley
Las leyes no solo regulan el uso de ciclovías, sino que también las características obligatorias a respetar a la hora de diseñar y construir una. Así, una ciclovía debe cumplir con las siguientes normas:

- El ancho mínimo de una ciclovía que permita la circulación en solo un sentido es de 180 centímetros.
- En ciclovías bidireccionales, el ancho aumenta a 240 centímetros.
- En caso de inclusión de algún elemento que obstaculice la ciclovía, debe quedar un espacio libre con un ancho de al menos 100 centímetros.
- Las ciclovías deben estar demarcadas y separadas de las calles y veredas, ya sea con líneas en la calzada o, topes que impidan físicamente su traspaso.
- Si la velocidad máxima para los vehículos en dicha vía es superior a los 50 kilómetros por hora, su separación con la ciclovía siempre debe ser física y, con un ancho no inferior a los 50 centímetros, estando bien demarcada a ambos lados con pintura y luces que faciliten su visualización.
- Las ciclovías deben estar, preferentemente, al lado derecho de la vía.
- En caso de ciclovías bidireccionales, estas no deberían usarse cuando la vía vehicular es de solo un sentido de circulación.
- Las ciclovías deben tener el mismo sentido de circulación que la calle en la cual se encuentran.
- El diseño de una ciclovía debe preocuparse de que esta sea lo más recta posible, evitando curvas cerradas.
- La ciclovía debe estar al mismo nivel que la calle.
- En caso de una ciclovía que se encuentre en medio de una vereda, esta debe estar bien demarcada para impedir accidentes. El peatón siempre tendrá el derecho de paso en caso de cruces.
- Las ciclovías deben incluir fuentes de iluminación lo suficientemente potentes no solo para que el ciclista vea claramente su entorno, sino que también para que los vehículos la puedan distinguir bien.
- Una ciclovía debe estar pavimentada adecuadamente, de forma que los ciclos no tambaleen ni vibren.
La nueva Ley de Convivencia de Modos, que modifica la Ley de Tránsito, tiene como objetivo armonizar el uso del espacio vial que comparten los distintos modos de movilidad.