¿Qué indica la señal de tráfico para motocicletas S-49 y otras señales importantes en España?

Las señales de tráfico tienen la misión de advertir, informar, ordenar o reglamentar el comportamiento de los usuarios sobre determinadas circunstancias de la vía o de la circulación. En este artículo, exploraremos el significado de la señal S-49, las señales de prohibición y otras señales relevantes para los motociclistas en España.

Señal S-49: Espacio adelantado para motocicletas

¿Qué indica exactamente la señal S-49?

La señal S-49 informa a los conductores de motos y vehículos similares de que disponen de un espacio adelantado en la intersección, situado por delante del resto del tráfico, donde pueden detenerse mientras el semáforo permanece en rojo. Este tipo de zonas solo se implantan en vías urbanas, ya que van asociadas a cruces semaforizados.

Su objetivo es claro: mejorar la visibilidad de los vehículos más vulnerables y facilitar una salida más segura cuando el semáforo cambia a verde. Al situar a las motos en la parte delantera de la intersección, se reduce el riesgo de:

  • Quedar ocultos entre coches.
  • Sufrir alcances por detrás.
  • Verse implicadas en maniobras imprevistas al iniciar la marcha.

Es una solución ya conocida en otros países europeos y que ahora empieza a formar parte del paisaje urbano español.

¿Y en Canarias?

Por el momento, todavía no hemos visto ninguna señal S-49 implantada en Canarias, pero su inclusión en el catálogo oficial de la DGT abre la puerta a que ayuntamientos y administraciones locales comiencen a incorporarla progresivamente.

Es una buena noticia para los motoristas, que suma en la línea de hacer la ciudad un poco más amable y segura sobre dos ruedas.

Señales de Prohibición

Las señales de tráfico de prohibición tienen una forma redonda y son de color rojo sobre fondo blanco, con el pictograma interior en negro; aunque hay algunas excepciones como, por ejemplo, en las de prohibición de aparcar o estacionar cuyo fondo es azul.

Las señales de prohibición de entrada son las que restringen el acceso a una vía. A continuación, te explicamos todas las señales de prohibición recogidas en el Reglamento General de Circulación y su significado.

Señales de prohibición de entrada

  1. R-100: Circulación prohibida. Indica la prohibición de circulación de toda clase de vehículos en ambos sentidos.
  2. R-101: Entrada prohibida. Señala la prohibición de acceso a toda clase de vehículos.
  3. R-102: Entrada prohibida a vehículos de motor. Prohíbe el acceso a los vehículos de motor.
  4. Señal R-103: Entrada prohibida a vehículos de motor excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar. Prohíbe el acceso a los vehículos de motor, pero no a las motocicletas de dos ruedas.
  5. Señal R-104: Entrada prohibida a motocicletas. Indica la prohibición de acceso a motocicletas.
  6. Señal R-105: Entrada prohibida a ciclomotores. Prohibición de acceso a ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Igualmente prohíbe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida.
  7. Señal R-106: Entrada prohibida a vehículos de transporte de mercancías. Prohíbe el acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales camiones y furgones independientemente de su masa.
  8. Señal R-107: Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías con mayor masa autorizada que la indicada. Prohíbe el acceso a toda clase de vehículos destinados al transporte de mercancías si su masa máxima autorizada es superior a la indicada en la señal, entendiéndose como tales los camiones y furgones con mayor masa máxima autorizada que la indicada en la señal. Prohíbe el acceso aunque circulen varios.
  9. Señal R-108: Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas. Señala la prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas y que deban circular de acuerdo con su reglamentación especial.
  10. Señal R-109: Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas o inflamables. Prohíbe el paso a toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o fácilmente inflamables y que deban circular de acuerdo con su reglamentación especial.
  11. Señal R-110: Entrada prohibida a vehículos que transporten productos contaminantes del agua. Indica la prohibición de paso a toda clase de vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua.
  12. Señal R-111: Entrada prohibida a vehículos agrícolas de motor. Prohíbe el acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas.
  13. Señal R-112: Entrada prohibida a vehículos de motor con remolque, que no sea un semirremolque o un remolque de un solo eje. La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del remolque, ya sea en una placa suplementaria, significa que la prohibición de paso sólo se aplica cuando la masa máxima autorizada del remolque supere dicha cifra.
  14. Señal R-113: Entrada prohibida a vehículos de tracción animal. Prohíbe el acceso a vehículos de tracción animal.
  15. Señal R-114: Entrada prohibida a ciclos. Señala la prohibición de acceso a ciclos.
  16. Señal R-115: Entrada prohibida a carros de mano. Indica la prohibición de acceso a carros de mano.
  17. Señal R-116: Entrada prohibida a peatones. Prohíbe el acceso a peatones.
  18. Señal R-117: Entrada prohibida a animales de montura. Prohíbe el acceso a animales con montura.

Señales de prohibición de restricción de paso

Las señales de restricción de paso prohíben o limitan el acceso de los vehículos de la siguiente forma:

  1. R-200: Prohibición de pasar sin detenerse. Indica el lugar donde es obligatoria la detención por la proximidad, según la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de peaje u otro, y que tras ellos pueden estar instalados medios mecánicos de detención. En todo caso, el conductor así detenido no podrá reanudar su marcha hasta haber cumplido la prescripción que la señal establece.
  2. Señal R-201: Limitación de masa. Prohíbe el paso de los vehículos cuya masa en carga supere la indicada en toneladas. En este ejemplo, según la señal de masa en carga no podrían pasar los vehículos de más de 16 toneladas.
  3. Señal R-202: Limitación de masa por eje. Señala la prohibición de paso a los vehículos cuya masa por eje transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a algún eje supere a la indicada en la señal.
  4. Señal R-203: Limitación de longitud. Prohíbe el paso de los vehículos o conjunto de vehículos cuya longitud máxima, incluida la carga, supere la indicada.
  5. Señal R-204: Limitación de anchura. Señala la prohibición de paso de los vehículos cuya anchura máxima, incluida la carga, supere la indicada. También se conoce simplemente como señal de anchura máxima.
  6. Señal R-205: Limitación de altura. Prohíbe el paso de los vehículos cuya altura máxima, incluida la carga supere la indicada.

Otras señales de prohibición o restricción

  1. Señal R-300: Separación mínima. Indica la prohibición de circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o mayor a la indicada en la señal, excepto para adelantar. Si aparece sin la indicación en metros, recuerda de forma genérica que debe guardarse la distancia de seguridad entre vehículos establecida reglamentariamente.
  2. Señal R-301: Velocidad máxima. Prohíbe circular a velocidad superior, en km/h, a la indicada en la señal. Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal de “Fin de limitación de velocidad”, de “Fin de prohibiciones” u otra de “Velocidad máxima”, salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que esta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad. Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla.
  3. Señal R-302: Giro a la derecha prohibido. Señala la prohibición de girar a la derecha.
  4. Señal R-303: Giro a la izquierda prohibido. Indica la prohibición de girar a la izquierda. Incluye también la prohibición del cambio de sentido de la marcha.
  5. Señal R-304: Media vuelta prohibida. Señala la prohibición de efectuar la maniobra de cambio de sentido de la marcha.
  6. Señal R-305: Adelantamiento prohibido. Por añadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada, salvo que estos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que esté situada la señal y hasta la próxima señal de “Fin de prohibición de adelantamiento” o de “Fin de prohibiciones”. Colocada en aquellos lugares donde por norma esté prohibido el adelantamiento, recuerda de forma genérica la prohibición de efectuar esta maniobra.
  7. Señal R-306: Adelantamiento prohibido para camiones. Indica la prohibición a los camiones cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada, salvo que estos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que esté situada la señal y hasta la próxima señal de “Fin de prohibición de adelantamiento para camiones” o de “Fin de prohibiciones”.
  8. Señal R-307: Parada y estacionamiento prohibido. Prohíbe la parada y el estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal. Es la clásica señal de prohibido estacionar y parar. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima.
  9. Señal R-308: Estacionamiento prohibido. Prohíbe el estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.
  10. Señal R-308 a: Estacionamiento prohibido los días impares. Prohíbe el estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días impares. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.
  11. Señal R-308 b: Estacionamiento prohibido los días pares. Prohíbe el estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días pares. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. Debes tener claro que la señal estacionamiento prohibido no prohíbe la parada.
  12. Señal R-308 c: Estacionamiento prohibido la primera quincena. Prohíbe el estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde la 9.00 horas del día 1 hasta las 9.00 horas del día 16. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. La señal prohibido estacionar 1-15 no prohíbe la parada.
  13. Señal R-308 d: Estacionamiento prohibido la segunda quincena. Prohíbe el estacionamiento, en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde las 9.00 horas del día 16 hasta las 9.00 horas del día 1. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada.
  14. Señal R-308 e: Estacionamiento prohibido en vado. Prohíbe el estacionamiento delante de un vado.
  15. Señal R-309: Zona de estacionamiento limitado. Es de duración limitada y existe la obligación para el conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora del comienzo del estacionamiento. Se podrá incluir el tiempo máximo autorizado de estacionamiento y el horario de vigencia de la limitación. También se podrá incluir si el estacionamiento está sujeto a pago.
  16. Señal R-310: Advertencias acústicas prohibidas. Recuerda la prohibición general de efectuar señales acústicas, salvo para evitar un accidente.

Señales de obligación para motocicletas

Las señales de tráfico circulares con fondo azul en España indican una obligación. Significa que los conductores deben cumplir estrictamente la instrucción que se muestra en la señal. Es imperativo seguir dicha indicación precisa para la circulación.

Entre las señales de obligación hay una que cuenta con una motocicleta de color blanco en su interior. En España, dentro del catálogo de señales verticales de circulación, existe una redonda, con fondo azul y el icono de motocicleta y su conductor de color blanco en el interior. Esta señal se denomina R-405, informa de una calzada obligatoria para motocicletas de dos ruedas.

Es decir, la vía a la que precede está reservada exclusivamente para la circulación de motocicletas sin sidecar. Al establecer este tipo de vías exclusivas para motocicletas, contribuye a agilizar el tránsito y a reducir los tiempos de desplazamiento de los usuarios de las dos ruedas. Asimismo, se minimiza el riesgo de accidentes causados por la interacción con otros vehículos de mayor tamaño y menor maniobrabilidad.

Esta señal también puede aparecer en áreas de estacionamiento designadas exclusivamente para motocicletas, siendo más común en áreas urbanas donde se busca fomentar el uso de motos para reducir la congestión vehicular.

Cabe también recordar, que los conductores de otros tipos de vehículos (coches, camiones, autobuses, etc.), no pueden utilizar la vía, carril o zona donde esté instalada esta señal.

Señales de Advertencia de Peligro

Las señales de advertencia de peligro indican la proximidad y la naturaleza de un peligro difícil de ser percibido a tiempo, para que podamos actuar de forma adecuada.

Señales de fin de prohibición o restricción

Las señales de fin de prohibición o restricción son aquellas que informan de que el tramo de prohibición o de limitación ha terminado.

¿Cómo se señala el fin de prohibición o restricción?

Existen varias señales que indican el fin de una prohibición o restricción, y para que reconozcas cuáles son y su significado si te las encuentras, te la mostramos a continuación:

  1. R-500: Fin de prohibiciones. Señala el lugar desde el que todas las prohibiciones específicas indicadas por anteriores señales de prohibición, para los vehículos en movimiento, dejan de tener aplicación.
  2. R-501: Fin de la limitación de velocidad. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de «Velocidad máxima».
  3. R-502: Fin de la prohibición de adelantamiento. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de «Adelantamiento prohibido».
  4. R-503: Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de «Adelantamiento prohibido para camiones».
  5. R-504: Fin de zona de estacionamiento limitado. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de «Zona de estacionamiento limitado».

Otras señales importantes

  • En contraposición a la señal R-405, está la R-104 también dentro del catálogo de señales verticales de circulación. Tiene forma circular con borde rojo, fondo blanco y el icono de una motocicleta de color negro en su interior.
  • Las señales de tráfico de obras son señales similares al resto, con fondo amarillo, utilizadas para señalizar desvíos o cambios provisionales debido a obras.

Señas Moteras - 🏍 [Las señales que todos los motociclistas debemos conocer]

Es fundamental que los conductores de motocicletas conozcan y respeten ambas señales, tanto la R-405 como la R-104. El desconocimiento o la desobediencia de estas normas puede acarrear consecuencias negativas, tanto para el propio conductor como para el resto de los usuarios de la vía.

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