Novedades Regulatorias para Patinetes Eléctricos en España

El Consejo de Ministros ha aprobado una medida que impactará a los más de cuatro millones de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en España. Los patinetes eléctricos deberán estar inscritos en un registro y disponer de seguro obligatorio para poder circular. Esta normativa afecta a aquellos vehículos que superan los 25 kilogramos de peso y pueden alcanzar velocidades superiores a 14 kilómetros por hora.

Fuente: motorepuestos.com

Registro Obligatorio y Seguro: Requisitos Indispensables

La nueva normativa establece la obligación de inscripción de estos vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, en el Registro Nacional de Vehículos que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT). El Ministerio del Interior remarca que estar en este registro era imprescindible para cumplir la nueva ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor que introdujo la obligación de asegurar todos los patinetes, y que entró en vigor el pasado 2 de enero pendiente de la puesta en marcha del registro.

Dado que el registro y la inscripción previa de los patinetes es requisito indispensable para obtener el seguro obligatorio, los propietarios (o tutores legales en caso de menores) de los más de 4 millones de vehículos de este tipo que se estima circulan por las vías urbanas españolas deberán realizar este trámite administrativo una vez que ya se ha habilitado el procedimiento en unos días.

Dos Tipos de VMP y sus Requisitos

El Ministerio recuerda que actualmente circulan dos tipos de vehículos de movilidad personal por las vías urbanas, las únicas en las que está permitido su uso. Por un lado, están los que tienen un certificado de circulación, que cumplen los requisitos del Manual de Características de los VMP, que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas así como de seguridad tanto para el que lo lleva como para la del resto de usuarios de la vía.

Desde el 22 de enero de 2024 solo se puede comercializar este tipo de VMP y en la web de DGT el ciudadano puede consultar las marcas y modelos certificados.

Inscripción de VMP Certificados

Para la inscripción de este tipo de vehículos en el registro, además de los datos del titular se deberá consignar el número de certificado y el serie, que constan en la placa de marcaje y la ficha técnica de características, y abonar la tasa administrativa correspondiente. Una vez solicitada la inscripción, la DGT expedirá el certificado de inscripción digital.

VMP sin Certificado: Moratoria y Requisitos

Por otro lado, los VMP que no tienen el certificado de circulación porque no cumplen los requisitos, se les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque carezcan de este permiso, pero también tienen que ser inscritos en el registro y obtener el seguro obligatorio. Para estos patinetes, además de una serie de datos personales del titular, solo se deberá adjuntar factura o ficha técnica o fotografía del mismo.

Su identificación tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular, según el Ministerio. De esta forma, estos patinetes han conseguido una moratoria de un año para usarse.

Identificación Visible y Proceso de Inscripción

Para los dos tipos, una vez obtenido el certificado de inscripción, en el que constará la información del titular y el número único identificativo, se podrá adquirir la etiqueta identificativa que se deberá colocar en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo. En el caso del VMP no certificados, se debe colocar en lugar visible.

La inscripción también podrá llevarse a través de agentes de seguros en el momento de ir a contratar el mismo o gestores administrativos que ya realizan trámites electrónicos con la Administración. Además, la DGT está trabajando para que, en los próximos meses, pueda hacerse en el mismo momento en el que se adquiere un nuevo VMP en un establecimiento autorizado.

COMO MATRICULAR un Patinete Eléctrico - TUTORIAL DGT | (2026)

La normativa también establece que si el VMP registrado cambia de titular y cuenta con certificado de circulación en vigor, se debe presentar una solicitud en Tráfico para en el plazo de treinta días acompañando esta documentación junto con el número de identificación del vehículo y el número de identificación del titular. Una vez solicitado, Tráfico expedirá un nuevo certificado de inscripción digital a nombre del nuevo titular y conservará el número de identificación del vehículo.

Respecto a la baja de los VMP, deberá realizarse en un centro autorizado para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil.

Normativa Adicional y Sanciones

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados desde 2024 deben contar con un certificado de homologación, mientras que los vendidos hasta el 21 de enero podrán circular sin él hasta el 1 de enero de 2027. Esto es lo que dice la norma. En 2024 la Dirección General de Tráfico (DGT) anunció una nueva normativa para los patinetes eléctricos, que forman parte de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), comercializados desde el 22 de enero de dicho año.

La actualización de la norma, según de la DGT, fue necesaria para “velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, así como la del resto de usuarios de la vía, y garantizar que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que se pongan en el mercado tengan unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles”. Por eso, si posees uno de estos vehículos o estás pensando en adquirir uno, te conviene conocer todos sus detalles. Aquí te los contamos.

Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación. La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP.

Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.

Moratoria para Patinetes Vendidos Antes de 2024

Ahora bien, ¿qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024? La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.

Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.

Requisitos Técnicos Clave

  • Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
  • Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
  • Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).

Normas de Circulación y Uso

Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos. Tampoco pueden circular en túneles urbanos salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente. En Madrid, por ejemplo, pueden hacerlo si están equipados con iluminación homologada.

Seguro Obligatorio a Partir de 2026

En julio de 2025 entró en vigor la Ley de Seguros de Automóviles en la que se define lo que es un vehículo personal ligero y que a partir de enero de 2026 ya es obligatorio que los patinetes eléctricos tengan un seguro de responsabilidad civil en España.

Aparcamiento en la Vía Pública

Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos. En definitiva, no existe una prohibición estatal única y dónde puedes aparcar tu patinete eléctrico va a depender de la ordenanza municipal de la localidad donde residas.

Recomendaciones para Aparcar Correctamente

Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos. Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.

Fuente: elnacional.cat

Resumen de Obligaciones a Partir de 2026

Muy importante: a partir del 2 de enero de 2026 en España, los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.

Sanciones por Incumplimiento

Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.

Transporte Público y Patinetes

La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.

  • RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.

Normativa Específica en Barcelona

La nueva ordenanza de circulación, peatones y vehículos de Barcelona entró en vigor el 1 de febrero de 2025.

  • Que usen de forma obligatoria el casco.
  • Los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h.
  • Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h. En cualquier caso, no podrán sobrepasar los 25 km/h.

Proceso de Registro en la DGT

Todos los propietarios de patinetes eléctricos -o sus tutores legales, en el caso de los menores- deberán inscribir su vehículo de movilidad personal en el Registro Nacional de Vehículos antes de poder contratar el seguro obligatorio. Así lo establece el real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros en cumplimiento de la Ley 5/2025, del 24 de julio.

Aunque la obligación de registrar el patinete estaba fechada para el 2 de enero de 2026, su aplicación práctica quedó en suspenso hasta que existiera un registro oficial que permitiera identificar a los vehículos.

Según las estimaciones del Ministerio del Interior, en España circulan más de cuatro millones de patinetes, cuyos propietarios deberán completar este trámite. Una vez registrada la información del titular y abonada la tasa correspondiente, Tráfico expedirá un certificado de inscripción digital.

Distinción entre Patinetes con y sin Certificado

La normativa distingue entre los patinetes que cuentan con certificado de circulación y los que no lo tienen. Los primeros son los que cumplen los requisitos técnicos del Manual de Características de los VMP, que fija estándares mínimos de seguridad, calidad y durabilidad. Desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden comercializar este tipo de modelos.

En el caso de los patinetes que no disponen de certificado de circulación, se establece un régimen transitorio. Estos vehículos podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque también deberán inscribirse en el registro y contar con seguro obligatorio. Para completar el trámite bastará con aportar los datos del titular y documentación básica, como la factura, una ficha técnica o una fotografía del vehículo.

Obtención de la Etiqueta Identificativa

Para todos los patinetes, una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa en un manipulador de placas autorizado.

Canales para Realizar la Inscripción

Además de la sede electrónica de la DGT, el proceso de inscripción podrá realizarse a través de otros canales, como agentes de seguros en el momento de contratar la póliza o gestores administrativos.

Cambio de Titularidad

Como ocurre con otros vehículos, cualquier cambio de titularidad deberá comunicarse en un plazo de treinta días. Tráfico expedirá entonces un nuevo certificado digital a nombre del nuevo propietario, manteniendo el número identificativo del patinete.

La normativa prevé sanciones para quienes incumplan estas obligaciones.

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