La convivencia entre coches y patinetes, así como entre patinetes y peatones, nunca ha sido 100% positiva. Para acabar con esta situación, Salamanca se prepara para implementar nuevas regulaciones para los patinetes eléctricos.

Seguros Obligatorios y Registro de VMP
Desde enero de 2026, los patinetes eléctricos estarán regulados por la Ley de Seguros de Automóviles, con la intención de evitar velocidades excesivas, así como su prohibición de circular por las aceras. Igualmente tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio que cubra daños a terceros.
No obstante, para poder contratar un seguro es necesario que el vehículo cuente con un certificado de circulación, que esté inscrito en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y que incluyan una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o con una matrícula que permita garantizar una cobertura en el caso de que haya tanto daños materiales como personales, tal y como expone el Real Automóvil Club de España (RACE).
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha confirmado que los propietarios de los patinetes más potentes y pesados no podrán acogerse a la moratoria administrativa y deberán tener sus vehículos asegurados antes del próximo 26 de enero de 2026.
Según la Ley 5/2025, existe una categoría de vehículos que, por sus características técnicas, deben cumplir con la obligación de aseguramiento de manera inminente, independientemente de que el registro oficial de la DGT esté operativo o no. Para estos casos, la DGT especifica que deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción previa en el registro de vehículos.
¿Qué vehículos están obligados a tener seguro desde enero de 2026?
El seguro obligatorio será para todos aquellos vehículos de motor con una o más ruedas; si alcanzan una velocidad de 6-25 km/h y pesan menos de 25 kilos; y si alcanzan los 6-14 km/h y superan los 25 kilos.
La situación es diferente para la gran mayoría de los patinetes eléctricos que circulan por las ciudades, considerados "vehículos personales ligeros" (aquellos que no alcanzan los pesos y velocidades mencionados anteriormente). Para este grupo mayoritario, la DGT ha confirmado que no será exigible el seguro obligatorio a partir del 2 de enero, tal y como se había planteado inicialmente.
El motivo de este aplazamiento es administrativo. El Real Decreto que debe dar cobertura jurídica a la inscripción de los VMP se encuentra todavía en tramitación. Tráfico ha comunicado que "no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo".
Una vez que se apruebe finalmente el Real Decreto pendiente, la situación cambiará para todos los usuarios. En ese momento, todos los vehículos de movilidad personal, sin excepción, quedarán obligados a inscribirse en el Registro de Vehículos.
La DGT ha adelantado que este trámite se realizará mediante un "sencillo procedimiento telemático" a través de la Sede Electrónica del organismo. La fundamental es la creación de este registro en el que deben inscribirse los VMP y cómo funciona: cómo se inscriben, transmiten y dan de baja los patinetes y que identificación tienen que llevar.
El registro es parte de los cambios en el reglamento de vehículos, que incluyen casco obligatorio, luces o chaleco para los 'riders' que se sumarán a las normas para circular en patinete y bici en Salamanca. Y es también la base para empezar a exigir el seguro y no está listo todavía.
El nuevo reglamento incluye la recogida de datos técnicos de los VMP, características técnicas y sus sistemas de seguridad y de conducción, con nuevas obligaciones. Tendrán que tener freno en las dos ruedas, luces, número de serie del vehículo...
El decreto detalla la forma, dimensiones y características de las etiquetas identificativas, al igual que los sujetos habilitados para su emisión; las harán las mismas empresas que fabrican las placas de los coches.
En cuestión de dos semanas, los patinetes eléctricos estarán obligados a registrarse con una matrícula y contratar un seguro de responsabilidad similar al de otros vehículos. Sin embargo, hoy por hoy esa norma no está lista y nadie puede asegurar que el día 2 de enero, cuando entra en vigor la obligación de que los VMP vayan asegurados, sea posible exigirlo.
Este día 16 de diciembre acaba el plazo de aportaciones y consultas al real decreto que crea el registro de vehículos personales ligeros y, de paso, modifica el reglamento de circulación.
Ordenanza Municipal y Normas de Circulación en Salamanca
Aprobado durante 2021, todavía bajo el signo de la pandemia, la ordenanza municipal para regular el uso y circulación de los vehículos de movilidad personal fue una de las primeras normativas que reaccionaron a la irrupción de los patinetes en las calles.
Cuando se redactó, se hizo en consenso con los municipios del alfoz con los que la capital está conectada a través del carril bici, con el objetivo de armonizar la regulación y abrir una vía específica para que los VMP pudieran circular por esa red que se estaba desarrollando y que comunica el municipio con localidades del alfoz.
Además, se establecieron las normas básicas que ya se conocían, como la prohibición de ir más de una persona subido, la básica de circular en aceras y calles peatonales, la obligación de los controles de alcoholemia y la prohibición de ir con auriculares y usando el móvil.
La cuenta atrás ha comenzado para un grupo específico de usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). La Dirección General de Tráfico (DGT) ha confirmado que los propietarios de los patinetes más potentes y pesados no podrán acogerse a la moratoria administrativa y deberán tener sus vehículos asegurados antes del próximo 26 de enero de 2026.
Sin embargo, en Salamanca no se va a poder hacer todavía. La inminente normativa estatal ya está aprobada con esos cambios, pero falta ponerlos en un reglamento que está en preparación y entrará en vigor en 2026. Hasta entonces, la Policía Local de Salamanca no podrá multar aspectos que parecen lógicos y cuyo incumplimiento es diario.
Es habitual ver menores en patinete y prácticamente ninguno usa casco (que son 200 euros de multa en la ordenanza mirobrigense). La ordenanza es algo confusa en cuanto a velocidades.
La normativa para la circulación con VMP navega entre dos aguas. Por un lado, las normas que se les aplican al considerarlos vehículos como otros cualquiera. La velocidad máxima de circulación es de 25 km/hora, aunque en este caso mandan las normativas municipales más concretas. Entre las recomendaciones que serán obligación en un futuro, llevar casco homologado y alguna prenda reflectante cuando se circule.
Ya está vigente la ficha técnica de los patinetes: los modelos antiguos que carezcan de ella podrán circular hasta 2027.
La normativa municipal dice que está prohibido ir subido en patinete en todo el centro peatonalizado, donde la norma dice que hay que ir bajado y a paso de peatón; la excepción son los riders profesionales, que tienen que seguir las normas del carga y descarga en cuanto a rutas y calles, velocidades y sentidos.
Esta ordenanza no obliga a usar casco o chaleco reflectante, pero sí adoptó en su día la prohibición y sanción por conducir con auriculares, dar positivo en controles de drogas y alcohol (se producen algunos), circular por las aceras...
Si se trata de carriles bici, la velocidad máxima permitida a la que pueden circular es de 20 km/h.
Resumen de las prohibiciones para VMP en Salamanca:
- Circular por aceras, zonas peatonales y calles peatonales.
- Ir más de una persona en el patinete.
- Circular con auriculares o usando el móvil.
- Circular bajo los efectos del alcohol o drogas.

Recomendaciones y Mantenimiento
Antes de circular es importante conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura. Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP (entre ellos, los patinetes eléctricos).
Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal.
En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 € en función de la tasa de alcohol o de 1.000 € si se trata de drogas.
El patinete eléctrico necesita de un mantenimiento periódico con sus correspondientes revisiones. No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire en los neumáticos o signos de desgaste, ni cuando hay sonidos al girar u otros síntomas anormales. También hay vigilar el estado y la presión de las ruedas si son con cámara de aire. En su limpieza use un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realice la carga durante la noche, por si se recalienta y se incendia.
Esta campaña es la antesala a la próxima entrada en vigor en Salamanca de la nueva ‘Ordenanza municipal para regular la circulación de los vehículos de movilidad personal’, fruto del consenso con representantes de los municipios del alfoz con los que la ciudad está conectada a través del carril bici.
A la hora de elaborarse el texto común se han tenido en cuenta las recomendaciones y acuerdos de la Federación Española de Municipios y Provincias y toda la normativa vigente en materia de Tráfico, Circulación de vehículos de motor y Seguridad Vial, sin entrar a regular aspectos que no han sido contemplados por la Dirección General de Tráfico (DGT).
La nueva matrícula y el seguro obligatorio para los patinetes cuentan los días en Salamanca, pero no es segura su aprobación a tiempo para que, a partir del día 2 de enero de 2026, se pueda cumplir con la obligación de asegurar los VMP como turismos, furgonetas o motocicletas.