Las carreteras convencionales representan un desafío en términos de seguridad vial en España, en comparación con las autovías y autopistas. Adelantar en estas vías requiere precaución y conocimiento de las normas vigentes para evitar accidentes. A continuación, te ofrecemos una guía detallada para realizar adelantamientos seguros.

Peligros en Carreteras Convencionales
Adelantar en una carretera convencional implica un riesgo significativo, ya que la circulación se realiza en ambos sentidos, generalmente con un solo carril por sentido, y sin una separación física entre los carriles opuestos. Este tipo de vía es considerada la más peligrosa del territorio español, como se refleja en informes de organizaciones como RACE.
Recomendaciones para un Adelantamiento Seguro
A la hora de realizar un adelantamiento, es crucial tener en cuenta una serie de recomendaciones para hacerlo de forma segura:
- Distancia de seguridad: Si vas a adelantar a un ciclista, recuerda dejar una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
- Límites de velocidad: Aunque antes se permitía rebasar en 20 km/h la velocidad máxima para adelantar, la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que entró en vigor en 2022, eliminó esta excepción. Ahora está prohibido superar el límite de velocidad máximo en cualquier caso.
El objetivo de eliminar esta medida fue reducir la siniestralidad en este tipo de carreteras.

Por tanto, si un vehículo circula por una carretera convencional a una velocidad de 90 km/h no podrás adelantarlo y tendrás que mantenerte detrás de éste a una distancia de seguridad adecuada.
Normativa Actual sobre Adelantamientos
Es fundamental recordar la normativa vigente en España con respecto a los adelantamientos:
Así está redactado actualmente en el Reglamento General de Circulación en su última revisión, de 29 de diciembre de 2018:Artículo 51. Velocidades máximas en adelantamientos1. aquéllas (artículo 19.4 del texto articulado).Precisando más, son los límites genéricos (no específicos) los que se pueden superar en 20 km/h para adelantar a un vehículo más lento.
En las vías convencionales antes eran 100 km/h con arcén ancho, pero ya se cambió a 90 km/h independientemente de ese criterio para los turismos, motocicletas, autocaravanas de masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg y pick-up, así como autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables.
Por ende, en aquellas vías convencionales donde se puede circular a 90 km/h, sin otra limitación específica, un turismo o motocicleta puede alcanzar los 110 km/h para realizar la maniobra de adelantamiento, que por definición ocupa el carril contrario.
En la modificación propuesta para entrar en vigor el 2 de enero de 2021, ese margen de +20 km/h queda suprimido, por lo que si queremos adelantar a un vehículo más lento que va, pongamos, a 85 km/h, habrá que adelantarlo a 90 km/h, permaneciendo mucho más tiempo en el carril contrario, o abstenernos de realizar la maniobra. Eso si queremos ser «100% legales».
Por definición, un adelantamiento tiene que ser rápido y ágil, reduciendo a lo imprescindible la permanencia en el carril contrario.
Si un adelantamiento era peligroso a 110 km/h, no lo va a ser menos a 90 km/h, lo va a ser aún más peligroso, porque el conductor temeroso y pío estará más pendiente de que no le pongan una multa con un helicóptero, un dron, un radar escondido tras una bionda o un coche camuflado que de hacer una maniobra de adelantamiento rápida y segura. La bolsa o la vida.
Que no te cuenten historias, un adelantamiento seguro se hace rápido, y no al revés.
Los gestores de la DGT habrán llegado a la conclusión de que impidiendo de facto los adelantamientos a mayor velocidad, más conductores se abstendrán de hacerlo, no habrá colisiones frontales, no habrá salidas de vía por aquellos que han calculado mal, y todos seremos felices y contentos en el país de la gominola.
En un país tan montañoso como el nuestro (el segundo más accidentado de Europa), con vehículos con diferencias tan grandes de ritmo, límites de velocidad tan encorsetados y sin poder adelantar rápidamente puede ser peor el remedio que la enfermedad.
Siempre he dicho que los coches menos potentes son escuelas de adelantamiento porque obligan al conductor a calcular muy bien las distancias, si la maniobra tiene sentido o si va a ser un suicidio.
Ahora bien, cuando en un coche que se queda corto de potencia -por mal uso del cambio, por ir cargado, por la pendiente, o por un fallo de cálculo- y se ve venir otro vehículo que parecía estar muy lejos, a uno se le pone la nuez de corbata. Y los errores de cálculo existen, pero la solución no está en esta chapuza legislativa, está en formar mejor a los conductores, pero ya sabemos que eso no interesa.
El comunicado oficial de Interior dice: «La modificación aumenta los puntos a detraer por aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción e impulsa el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la formación vial de los conductores».
Oh, vaya, va a resultar que esos cursos sirven de algo, ¿detecto una contradicción? ¿Por qué se tira una vez más de represión en vez de formar y educar?
O simplemente se trata de una medida para que algunos aplaudan con las orejas, los que conducen con un mínimo de sentido común sigan prefiriendo adelantar de forma segura y rápida, y de paso se pueda aumentar la recaudación en multas por lo anterior, porque lo que va a ser evitar muertes, dudo que sea mínimamente eficaz. Y si nos ponemos conspiranoicos, para forzar a la gente a ir por vías de peaje, ¿y qué pasa cuando no hay esa ruta alternativa?
Vamos a contestar una pregunta que, cuando estamos circulando genera muchas dudas. Y sucede a los conductores noveles como a los más experimentados. ¿Podemos no podemos superar el límite de velocidad cuando estamos adelantando? ¿Es la misma respuesta en todos los tipos de vías o hay alguna excepción?
Es cierto que en muchas ocasiones vemos un vehículo delante de nosotros que circula más lento que nosotros. Y en ese instante nos asalta la duda de si la velocidad que lleva nos permite adelantarle rebasando el límite de velocidad que marca la señal de la carreta en la que nos encontramos. Seguro que es una duda que ha asaltado a más de un conductor. Y hacemos bien en dudar, porque los adelantamientos suponen un buen porcentaje de los accidentes con víctimas mortales en nuestras carreteras.
Aclarándolo un poco. Cuando estás realizando un adelantamiento sí que puedes sobrepasar esos 20 kilómetros por hora pero sólo en carreteras convencionales. No los puedes superar cuando estás circulando por autopistas de peaje ni por autovías. Tampoco los puedes rebasar cuando estás en las calles de una ciudad. Además, sólo podrás aumentar más de 20 kilómetros cuando no exista una señal que limite la velocidad, menos cuando la señal sea la genérica de esa vía.
En definitiva sólo podrás rebasar la velocidad cuando estés en vías convencionales, es decir, carreteras nacionales.
Imagina que estás circulando por una vía convencional cuya velocidad esté limitada a 90 kilómetros por hora debido al arcén y que de repente te encuentras con una señal de 100. Esta última es la que la Dirección General de Tráfico considera una señal específica de velocidad. Es posible que esta señal esté en un punto determinado colocada debido a que existen arcenes de 1,50 metros. En cualquier caso, y viendo la existencia de esa señal jamás podrás superar los 100 kilómetros por hora. Es decir, no deberías llegar a 110 en caso de que quisieras adelantar.
- Podrás sobrepasar esa velocidad en carreteras convencionales y que no atraviesen un núcleo urbano.
- Sólo pueden rebasar esta velocidad coches y motocicletas.
- Podrás adelantar a vehículos que circulen a velocidad inferior a la máxima establecida en las señales que encontrarás en la carretera.
En las carreteras convencionales el límite máximo de velocidad es de 100 kilómetros por hora en el caso de que tengan arcenes que como mínimo midan 1.50 metros de ancho. También cuando estas carreteras dispongan de más de un carril para alguno de los sentidos. Estos tramos son muy comunes en los puertos de montaña.
En el resto de carreteras del mapa viario español la velocidad queda limitada a 90 kilómetros por hora.
En definitiva. Que hemos querido explicarte en qué casos puedes rebasar el límite de velocidad en 20 kilómetros cuando vayas a adelantar a un vehículo. A veces se hace difícil pensar en todos los supuestos que te hemos contado. Así que lo mejor es aplicar el sentido común y evitar los tan temidos accidentes de tráfico.