El dopaje en el deporte no solo afecta la credibilidad de las competiciones, sino que también tiene un impacto directo en la carrera y la vida de los deportistas. Las sanciones impuestas a quienes dan positivo en un control antidopaje varían según la gravedad de la infracción, la intención y la cooperación del deportista con las autoridades. Pero, más allá de las suspensiones o multas, ¿cuáles son las verdaderas consecuencias del dopaje?

Tipos de Sanciones por Dopaje
Cuando un deportista da positivo en un control antidopaje, las sanciones pueden ser diversas y para ello va a depender de varios factores, entre ellos, la naturaleza de la sustancia encontrada, la frecuencia de la infracción y la colaboración del deportista en la investigación.
- Suspensión Temporal o Definitiva: La sanción más común es la suspensión temporal o definitiva del deportista.
- Anulación de Resultados: Una de las medidas más severas es la anulación de los resultados obtenidos durante el período de dopaje. Esta sanción no solo borra los logros deportivos, sino que también afecta la historia y legado del atleta en su disciplina.
- Sanciones Monetarias: Algunos organismos deportivos imponen sanciones monetarias a los atletas involucrados en casos de dopaje.
- Repercusión Mediática y Social: Si bien las suspensiones y multas son medidas oficiales, una de las sanciones más difíciles de superar es la dañina repercusión mediática y social.
- Exclusión de Eventos Internacionales: En casos graves, los atletas pueden ser excluidos de por vida de eventos internacionales, incluyendo los Juegos Olímpicos.
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Casos Emblemáticos
Lance Armstrong
Un ejemplo icónico de esta sanción es el caso de Lance Armstrong, ciclista estadounidense que ganó siete veces el Tour de Francia.
Roberto Heras
El Estado tuvo que indemnizar con 724.904,86 euros al exciclista Roberto Heras debido a los daños económicos causados por la sanción por dopaje impuesta por un positivo por EPO en la Vuelta a España de 2005, pero que fue anulada en 2012 por el Tribunal Supremo. Ese mismo tribunal cierra ahora de manera definitiva más de once años de litigio con esta sentencia que da la razón al exciclista en su reclamación.
Muchos se llevarán las manos a la cabeza al conocer la sentencia, pero los hechos que la han provocado demuestran que la lucha antidopaje en España hace una década estaba lejos de los estándares exigibles. El caso de Heras es un compendio de errores. Así lo han establecido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL), la Audiencia Nacional y el Supremo.

La sentencia del TSJCL de junio de 2011 relata los fallos cometidos, entre ellos las irregularidades en la custodia de las muestras, que fueron entregadas a temperatura ambiente 40 horas después de su recogida. También se le negó a la defensa del corredor parte de la documentación; tanto el análisis como el contraanálisis fueron realizados por el mismo personal, algo no permitido; el contraanálisis se repitió tras no arrojar un resultado concluyente, una opción que recogía el estándar de laboratorios entonces, pero no la orden ministerial que regulaba los controles en España; y cuando se realizaron los análisis, el Laboratorio Antidopaje de Madrid no tenía acreditados los procedimientos que utilizó para detectar la EPO.
Roberto Heras, que sigue ligado al mundo de la bicicleta, recibirá una indemnización por los daños causados por un castigo que no debió sufrir, como han establecido los tribunales. Otra cosa muy diferente es que el rastro de dopaje desaparezca de su carrera. Su nombre está ligado a la Operación Puerto, cuyas bolsas de sangre aún están pendientes de identificación, y al US Postal de Lance Armstrong, equipo en el que corrió entre 2001 y 2003 y que en palabras de la agencia antidopaje de Estados Unidos (2012) puso en marcha el sistema de dopaje "más sofisticado, profesionalizado y exitoso que el deporte haya visto jamás".
Oier Lazkano
Oier Lazkano, fue suspendido provisionalmente por anomalías en su pasaporte biológico. El punto en el que se encuentra Oier Lazkano apenas un día después de conocer el comunicado oficial de la UCI anunciando su suspensión temporal por esos valores anómalos en su pasaporte biológico es claro: esa suspensión conlleva que no volverá a competir hasta que se esclarezca el caso y, en caso de recibir una sanción, no volvería a ponerse un dorsal hasta que cumpla íntegramente el castigo. Además, ya ha dejado de ser oficialmente corredor del Red Bull-BORA.
En este caso, no se ha detectado ninguna sustancia prohibida directamente en su organismo en ningún control antidopaje durante los años 2022, 2023 y 2024, temporadas a las que se circunscribe esta investigación, cuando pertenecía a la disciplina del Movistar Team. Las alteraciones fisiológicas registradas en su pasaporte biológico son suficientes para justificar esa suspensión provisional mientras se desarrolla el procedimiento disciplinario.
¿Qué es el pasaporte biológico?
Es un registro electrónico que recopila los resultados de todos los controles antidopaje realizados a un ciclista durante un período determinado de tiempo, concretamente desde que ejerce su actividad profesional al más alto nivel. Aunque también existe en otros deportes, en ciclismo se introdujo en 2008 por parte de la UCI en colaboración con la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). El propósito de esta herramienta de control es detectar de forma indirecta el dopaje, según el seguimiento de los parámetros hematológicos y endocrinos.
Dicho de otra forma, un ciclista puede no dar positivo de forma directa en ningún control antidopaje, pero ser ‘cazado’ porque los parámetros de esos valores están alterados en su pasaporte biológico, como parece ser el caso de Lazkano.
Principales Infracciones Antidopaje en el Ciclismo
- Positivo por una sustancia prohibida: Se detecta directamente una sustancia prohibida en una muestra de sangre, orina o saliva. Esto conlleva una sanción automática, ya sea temporal o permanente, dependiendo del caso.
- Anomalías en el pasaporte biológico: No se detecta positivo por una sustancia específica, pero las alteraciones fisiológicas que no pueden explicarse por causas naturales pueden derivar en sanción similar a las de un positivo directo, si se acaba confirmando el uso de sustancias o métodos prohibidos.
- Faltas en el sistema de localización: Los deportistas sometidos al pasaporte biológico están obligados a informar de su ubicación para permitir controles antidopaje. Tres fallos en un período de 12 meses se considera infracción, aunque no implique el consumo o uso de sustancias, pero se está incumpliendo el protocolo de control y localización.
- Evasión o manipulación de controles antidopaje: Saltarse un control antidopaje o negarse a realizarlo es considerado una infracción grave, que puede acarrear infracciones graves, con sanciones severas.
Si el caso Oier Lazkano deriva de una suspensión provisional a una sanción en las próximas semanas o meses, el castigo al que puede ser sometido acorde a casos recientes es de entre 2 y 4 años de sanción.
Otros Casos
Son mayoría los ciclistas (16), casi todos por infracción del artículo 22.1 a) de la ley antidopaje, que se refiere a la detección de cualquier cantidad de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores en las muestras físicas del deportista. Y abundan los atletas (9), unos por positivos en toda regla (la vallista Josephine Onya, suspendida de por vida por reincidente) y otros, como Ilias Fifa o Víctor Salazar, por posesión de sustancias prohibidas.
En septiembre de 2017, la Agencia Antidopaje castigó con dos años a Mohamed Vidal, practicante de kickboxing oriental, por la presencia de un medicamento ilegal en un análisis. También dio positivo el futbolista aficionado Juan Carlos Moles Quintero y fue inhabilitado con cuatro años. Lo mismo la patinadora Itziar Gutiérrez (dos años), el remero Adrián Lago (dos años), el pescador Gregorio Domingo (4 años) o los jugadores de fútbol americano Alfonso García (2 años) y Carlos López Quintero (4).
Reflexiones Finales
La lucha contra el dopaje es fundamental para garantizar la igualdad en el deporte, pero también es importante preguntarse si el sistema de sanciones es siempre justo. El equilibrio entre sancionar con firmeza y garantizar el debido proceso sigue siendo un desafío en el deporte moderno.