El dopaje se define como la administración de sustancias estimulantes para potenciar el rendimiento del organismo con fines competitivos. Los farmacéuticos, como profesionales de la salud, están moralmente obligados a condenar cualquier tipo de dopaje, y entra dentro de sus responsabilidades informar a los pacientes en el caso de que muestren preocupación sobre la toma de medicamentos que puedan afectar a estos controles. De esta manera, se podrá evitar un resultado positivo por descuido o ignorancia.
Más de 1.500 medicamentos dispensables en farmacia comunitaria son susceptibles de dar positivo en los controles de dopaje. De ahí que, junto con los médicos, la labor del farmacéutico sea vital a la hora de dispensar el fármaco más adecuado para según qué deportista y en función de si participa o no en competiciones.
Aun así, también hay casos de fármacos no dopantes, y por tanto no incluidos en la lista que el Ministerio de Cultura y de Deporte actualiza cada año, pero que sí están vetados para el desarrollo profesional de ciertas disciplinas.
La lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte se renueva cada año. La última, aprobada en la Resolución de 25 de noviembre de 2021 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, entró en vigor el 1 de enero de 2022 y se actualiza tras un proceso de consultas exhaustivo bajo los auspicios de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
El pasado 30 de noviembre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se aprueba la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos en el Deporte. Dentro del BOE, se ha incluido la extensa lista del Estándar Internacional Obligatorio que los deportistas, clubes y entidades deberán cumplir para optar a mantener su participación en cualquier tipo de torneo o competición de índole local, provincial, autonómica, nacional o internacional.

Lista de Prohibiciones y su Aplicación
La Lista de Prohibiciones, en su versión oficial, será actualizada por la AMA y publicada en sus versiones en inglés y en francés. Con arreglo al artículo 4.2.2 del Código Mundial Antidopaje, todas las sustancias prohibidas se considerarán sustancias específicas, salvo que se indique en la Lista de Prohibiciones.
Según el comentario al artículo, las sustancias y los métodos específicos mencionados en el artículo 4.2.2 no deben considerarse en modo alguno menos importantes o peligrosos que otras sustancias o métodos dopantes. Con arreglo al artículo 4.2.3 del Código, las sustancias de abuso son aquellas sustancias que tienen esta consideración porque en la sociedad se abusa de ellas con frecuencia en contextos distintos de los deportivos. Todas las sustancias prohibidas en las clases S4.1 y S4.2 son sustancias específicas.
El artículo 12 de la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte, establece la obligación del Consejo Superior de Deportes de publicar en el “Boletín Oficial del Estado”, mediante Resolución de su Presidencia, la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte cuando se introduzcan cambios en la misma.
La Lista se actualiza con carácter anual tras un proceso de consultas exhaustivo bajo los auspicios de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
Sustancias y Métodos Prohibidos
A continuación, se presenta una clasificación general de las sustancias y métodos prohibidos, según la lista de la AMA:
- S0. No especificado en el borrador.
- S1. No especificado en el borrador.
- S2. No especificado en el borrador.
- S3. Agonistas beta-2.
- S4.
- Moduladores hormonales.
- S5. Agentes enmascarantes (diuréticos, desmopresina, expansores del plasma, probenecida).
- S6. No se prohíbe la administración local.
- S7. No especificado en el borrador.
- S8. Cannabinoides (delta9-tetrahidrocannabinol (THC) natural o sintético y los cannabimiméticos).
- S9. No especificado en el borrador.
- P1. El alcohol (etanol) sólo está prohibido en competición en los deportes que a continuación se mencionan. La detección se realizará por análisis del aliento y/o de la sangre.
- P2. No especificado en el borrador.
- M1.
- La mejora artificial de la captación, el transporte o la transferencia de oxígeno.
- M2.
- La falsificación, o el intento de falsificación de las muestras tomadas durante los controles de dopaje, con el fin de alterar su integridad y validez.
- M3.
- El uso de ácidos nucleicos o análogos de ácidos nucleicos capaces de modificar secuencias genómicas y/o la expresión genética por cualquier mecanismo.

Novedades y Cambios Recientes
La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ha hecho público su Listado de Sustancias Prohibidas para 2026, que entrará en vigor el 1 de enero y afectará a todos los atletas y federaciones adheridas al Código Mundial Antidopaje. La actualización anual incluye nuevas regulaciones sobre medicamentos para el asma, monóxido de carbono, estimulantes y dopaje celular, además de un programa de monitoreo más amplio.
Cambios Clave para 2026
- Agonistas beta-2 (Clase S3): El medicamento para el asma Salmeterol ahora tiene límites más claros: se permite un máximo de 100 microgramos en 8 horas, mientras que la dosis diaria máxima se mantiene en 200 microgramos.
- Manipulación de sangre y componentes sanguíneos (Clase M1): La extracción de sangre solo está permitida para fines analíticos, como controles antidopaje o donaciones oficiales. También se permiten tratamientos médicos con componentes sanguíneos, como plasma rico en plaquetas (PRP).
- Novedad: La prohibición del uso no diagnóstico de monóxido de carbono (CO).
El Caso del Tramadol
El narcótico tramadol, que fue responsable de la descalificación del ciclista colombiano Nairo Quintana del Tour de Francia de 2022, forma parte desde el 1 de enero de la lista de sustancias dopantes, y por tanto prohibidas, de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). La lista que entrará en vigor en 2024 fue aprobada el pasado 23 de septiembre, con la principal novedad de la inclusión del tramadol después de años de estudio.
"Los datos de seguimiento han revelado un uso significativo de tramadol en deportes como el ciclismo, el rugby y el fútbol. El abuso de tramadol, con sus riesgos -según la dosis- de dependencia física, trastornos propios del consumo de opiáceos y sobredosis en la población general, es preocupante y ha llevado a que sea una droga controlada en muchos países", explica la AMA. Además, los estudios financiados por la propia Agencia "han confirmado el potencial del tramadol de mejorar el rendimiento físico en el deporte".
El medicamento es un potente analgésico que ya estaba prohibido por la Unión Ciclista Internacional (UCI) desde el 1 de marzo de 2019 -de ahí la sanción a Nairo Quintana- para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante sus efectos secundarios, pero no figuraba hasta ahora en la lista de sustancias prohibidas de la AMA.
Otra novedad en la lista de prohibiciones es la inclusión en el programa de seguimiento del tapentadol y la dihidrocodeína, también analgésicos con propiedades opioides, para supervisar los patrones de su uso en competición, y la semaglutida, un antidiabético, con el fin de examinar la prevalencia y el patrón de uso.
También se ha especificado el periodo de "lavado" (tiempo transcurrido entre la última dosis y el día de competición) tras la administración rectal de glucocorticoides: tres días, excepto para el diacetato de triamcinolona y la triamcinolona, que serán diez.
Además, la donación de plasma o componentes plasmáticos mediante plasmaféresis por parte de los deportistas ya no está prohibida si se lleva a cabo en un centro registrado de extracciones.
La AMA estima que, tras publicar estas novedades en septiembre, estos "tres meses de antelación" a su entrada en vigor son suficientes "para que los deportistas, su entorno y otras partes interesadas puedan conocer las modificaciones".
"En última instancia", recuerda la AMA, "los deportistas son responsables de las sustancias prohibidas que se encuentren en su organismo y de los métodos prohibidos que se hayan utilizado". Su entorno también es responsable si se determina su complicidad.
Otras Sustancias y Consideraciones
Dentro de los cannabinoides, el cannabidiol es una excepción a las sustancias prohibidas en competición. Sobre ésto, Del Valle Soto sostiene que “el cannabidiol es un cannabinoide que dejó de estar incluido en la lista de sustancias prohibidas por dopaje y, aunque es un producto que sigue estando de moda entre algunos deportistas las investigaciones realizadas, cuando se utiliza a dosis recomendadas, indican que no parece tener efectos nocivos para la salud y puede tener posibilidades como analgésico, antiinflamatorio…”.
Fernández Moriano comenta que además de medicamentos concretos hay técnicas que también están prohibidas, como se recoge en esta resolución. Es el caso, por ejemplo, de las transfusiones de sangre o de eritropoyetinas (EPO).
Carlos Fernández Moriano, de la Dirección de Servicios Farmacéuticos del Consejo General de COF, explica a este medio que “es cierto que el tramadol no figura en la lista de forma expresa, pero se trata de un listado de mínimos”, por lo que se da pie a que entidades como la UCI sean más restrictivas. En el caso del tramadol, Fernández Moriano aclara que “es un opioide.
A su vez, Del Valle especifica las peculiaridades de los betabloqueantes, “fármacos utilizados en el tratamiento de la hipertensión arterial, alteraciones del ritmo cardiaco, insuficiencia coronaria, etc. Estos medicamentos disminuyen la frecuencia cardiaca y el gasto cardiaco, así como el consumo de oxígeno por parte de las células musculares. Entonces, en esos deportes en los que hay una mayor descarga de adrenalina y de tensión, el fármaco podría jugarle alguna mala pasada al deportista.
Pictograma que puede aparecer en una alerta de la Base de Datos de Medicamentos del Consejo General, Bot Plus. Igualmente, Del Valle Soto destaca que, en líneas generales, “la gran mayoría de los fármacos incluidos en la lista de sustancias y métodos prohibidos son perjudiciales para la salud del deportista, siempre que no estén médicamente indicados y autorizados”, y subraya que “los farmacéuticos son un eslabón muy importante en la lucha contra el dopaje ya que, aunque los medicamentos y técnicas tipificados como dopantes en la actualidad se pueden adquirir de muchas formas, la farmacia es una de ellas.
Añade que “los betabloqueantes, como su propio nombre indica, bloquea los receptores beta, que son los receptores de la adrenalina, entre otras sustancias.
Aun con todo, Del Valle Soto opina que “la concienciación de los deportistas es hoy mucho mayor que hace unos años; entre otros motivos, gracias a la labor que se está realizando desde la Comisión para la Lucha antidopaje en el Deporte (CELAD).
“Nos oponemos al mal uso de nuestros productos con el fin de mejorar el rendimiento deportivo. Esta práctica no solo socava el movimiento deportivo mundial, sino que es inseguro e incorrecto”, aseguró el presidente de Ifpma, David A. Ricks, en julio de 2020.
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