Señal de No Circular para Ciclistas: Significado y Normativa en Chile

El uso de la bicicleta en Chile ha experimentado un notable incremento en los últimos años. Este aumento se debe a múltiples factores, como la conciencia ambiental, el ahorro económico, la promoción de una vida saludable, la evasión de la congestión vehicular y la rapidez en los desplazamientos. Según CNN Chile, los viajes en bicicleta en Santiago se duplicaron entre 2012 y 2024, pasando de un 4% a un 7,8%, lo que equivale a 1,5 millones de desplazamientos diarios.

Ante este auge, se han implementado políticas para facilitar el transporte en bicicleta. A inicios de 2025, se comenzó a trabajar en la construcción de la ciclovía urbana más grande de Chile, que abarcará 8 kilómetros desde Plaza Italia hasta Pajaritos.

Sin embargo, la convivencia entre autos y bicicletas no siempre es armoniosa. Muchos conductores no respetan a los ciclistas, y algunos ciclistas incumplen las normas de tránsito. En 2024, se registraron 75.653 siniestros de tránsito en el país, lo que subraya la necesidad de mejorar la seguridad vial para todos los usuarios.

Para abordar esta problemática, más de cien organizaciones sociales de ciclistas, peatones y familiares de víctimas de siniestros de tránsito impulsaron la Ley de Convivencia Vial. En este contexto, se dictaron dos reglamentos que entraron en vigencia en 2021: la incorporación de 16 nuevas señales de tránsito al Manual de Señalización de Tránsito y un reglamento de ciclovías y elementos de seguridad de bicicletas.

Nuevas Señales de Tránsito para Ciclistas en Chile

Las nuevas señales de tránsito para ciclistas comenzaron a regir desde el 10 de marzo de 2021, representando un gran avance para la convivencia vial y la seguridad de los ciclistas:

Señales Informativas y Reglamentarias

Las nuevas señales se encuentran en la categoría de señales de tránsito informativas y algunas en reglamentarias. Estas tienen la finalidad de guiarte por la vía de forma segura. Algunos ejemplos de ellas son las señales que indican los kilómetros para llegar a una ciudad, la salida en carreta o la presencia de una estación de servicio.

Ejemplos de nuevas señales

  • Desmonte de ciclista: Esta señal se utiliza en pasos de cebra, pasos peatonales semaforizados, u otras vías peatonales que no sea para ciclistas, e indica que debes bajarte de la bicicleta y circular como peatón cuando el flujo peatonal sea intenso.
  • Velocidad máxima: Estas señales se utilizan en las zonas de tránsito calmado, para restringir la velocidad máxima.
  • Preferencia ciclista para cambiar de pista: Estas señales indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere cambiar de pista cruzando una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
  • Preferencia ciclista al virar derecha/izquierda: Indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere de virar pasando por una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
  • Zona 30 y Fin Zona 30: Informan que se está circulando por una vía o abandonando esta, que forma parte de una zona de tránsito calmado, en que la velocidad se ha limitado a 20, 30 o 40 km/h.
  • Ciclocalle: Esta señal se instala en ciclocalles, en las que la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/h.
  • Zona espera especial ciclos: Indican que, en un cruce semaforizado, los ciclistas pueden realizar partidas adelantadas.
  • Zona compartida peatones - ciclos: Esta señal indica que el espacio público es compartido por peatones y ciclistas.

Reglamento de Ciclovías y Elementos de Seguridad de Bicicletas

Entre las normas de tránsito para bicicletas, se encuentra este nuevo reglamento, añadido también a la Ley de Tránsito, que establece las características que deben tener las ciclovías, cómo deben desarrollarse los proyectos de creación de estas, y cuáles son las obligaciones de los ciclistas o quienes usan las ciclovías. De esta forma, los ciclistas, para circular por las vías y ciclovías, deben cumplir con las siguientes normas de tránsito para bicicletas:

Elementos Obligatorios de Seguridad

Para garantizar la seguridad de los ciclistas, se establecen los siguientes elementos obligatorios:

  1. De la bicicleta:
    • A lo menos un sistema de frenos.
    • Un foco en la parte delantera color blanco o amarillo, y una luz roja en la parte trasera, las que deberán mantenerse encendidas desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones lo requieran.
    • Huinchas o placas retrorreflectantes de color blanco en la parte delantera y de color rojo en la parte posterior. Y también en las partes laterales, ubicadas en las ruedas.
    • Un aparato sonoro que pueda emitir sonido de intensidad moderada.
  2. De los ciclistas:
    • Casco protector que cubra como mínimo la parte superior de la cabeza y que cuente con carcasa exterior, revestimiento para absorber impactos y sistema de retención (correa o elemento que asegura el casco a la cabeza).
    • Vestimenta o algún elemento que incorpore material retrorreflectante. Su ubicación es de libre elección, pero siempre debe estar visible, tanto de frente como por detrás. Esto debe ser portado desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones de visibilidad lo requieran.

Transporte de Personas y Carga

Existen regulaciones específicas para el transporte de personas y carga en bicicleta:

  • Las bicicletas solo podrán usarse para llevar la cantidad de personas para la cual fueron diseñadas.
  • En el caso de transportar niños, solo podrán ser transportados en dispositivos adicionales que cumplan con características específicas de seguridad.
  • Se puede transportar carga en bicicletas, siempre y cuando no exista riesgo de caída y no interfiera con la maniobrabilidad.

Bicicletas en la Ley de Tránsito

Las nuevas normas de tránsito para bicicletas efectúan ciertas modificaciones en la Ley de Tránsito, quedando establecidas las siguientes reglas:

  • Artículo 222: Define las condiciones en las que las bicicletas deben transitar por ciclovías o la calzada, y cuándo pueden circular excepcionalmente por aceras.
  • Artículo 223: Establece los deberes de los ciclistas, como conducir atento a las condiciones del tránsito y con al menos un sistema de frenos.
  • Artículo 224: Regula dónde se pueden estacionar las bicicletas, priorizando los lugares habilitados y prohibiendo el estacionamiento en zonas reservadas o pasos de peatones.

Normas Preexistentes

Además de las nuevas regulaciones, se mantienen vigentes artículos preexistentes, como:

  • Artículo 130: Los ciclistas no pueden transitar en grupos de más de dos en fondo, excepto en las vías destinadas al uso exclusivo de bicicletas.
  • Artículo 131: Se prohíbe a los ciclistas tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas.
  • Artículo 132: Ningún ciclista podrá transportar carga que le impida mantener ambas manos sobre el manubrio y el debido control de la bicicleta.
  • Artículo 138: Toda maniobra de viraje deberá ser previamente señalizada, con una anticipación mínima de 30 metros.

10 Normas para ir en bici por la ciudad

Multas por Incumplimiento

El incumplimiento de estas normas puede acarrear multas de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $13.853 y $34.633 (según el valor de la UTM de septiembre de 2025). Es posible apelar o solicitar una rebaja en la multa presentando argumentos ante el Juez de Policía Local.

Convivencia Vial y Seguridad

Con estos cambios en las leyes y las vías para bicicletas, se busca promover una convivencia vial más segura y armoniosa. A medida que evoluciona el parque automotriz y surgen nuevos medios de transporte, es fundamental adaptar las normativas y señaléticas para proteger a los usuarios más vulnerables, como peatones, ciclistas y motociclistas.

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