La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado una serie de regulaciones para los patinetes eléctricos, también conocidos como Vehículos de Movilidad Personal (VMP), con el objetivo de mejorar la seguridad vial y ordenar su uso en las ciudades. Estas nuevas normas establecen trámites imprescindibles para circular legalmente, incluyendo la inscripción en el registro de la DGT, la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil y la necesidad de llevar un número identificativo visible.

A continuación, se detallan los aspectos más importantes de esta nueva normativa:
¿Qué son los Vehículos de Movilidad Personal (VMP)?
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.
Los VMP comercializados desde 2024 deben contar con un certificado de homologación, mientras que los vendidos hasta el 21 de enero podrán circular sin él hasta el 1 de enero de 2027. Esto es lo que dice la norma.
Registro de VMP en la DGT
Con las nuevas normas de la DGT, a partir del 2 de enero de 2026, todo cambiará, y quien no cumpla con los nuevos requisitos se enfrentará a cuantiosas multas. La DGT pretende cerrar la puerta a la circulación de patinetes eléctricos sin control.
Para poder inscribir un VMP a tu nombre, tiene que contar con un certificado de circulación emitido por un laboratorio autorizado por DGT. Podrás inscribir un vehículo de tu propiedad de manera que, una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo.
Además, te entregaremos el certificado de inscripción digital en pdf con el que podrás adquirir una etiqueta identificativa con el número de inscripción con el formato M XXXX LLL Ayuda para que puedas colocarla en tu VMP a modo de matrícula. La etiqueta la podrás obtener en cualquier centro autorizado de expedición de placas de matrícula.
En el caso de los VMPs que no estén certificados, pero que pueden circular hasta 22 de enero de 2027, no dispondrán de un número de certificado. Una vez entregado, podrás tramitar la baja definitiva del VMP en la DGT.
Los menores de edad podrán tener VMPs inscritos a su nombre. En caso de querer inscribir un VMP a nombre de un menor, se deberá indicar el NIF y año de nacimiento del tutelado y declarar que se es el tutor legal del menor. También deberás indicarnos el correo electrónico y teléfono de contacto para poder enviarte el justificante de haber realizado el trámite.
La inscripción de un VMP puede tramitarla el dueño del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre. En el primer paso, "Datos de contacto", deberás confirmar si realizas el trámite en tu nombre o en representación de alguien.
En el tercer paso, deberás abonar la tasa la tasa 4.1 de 8,67 € con tarjeta o el número de cuenta corriente, o usar una tasa que ya hayas pagado previamente.
Te recordamos que en el apartado de miDGT podrás consultar los VMPs inscritos a tu nombre y descargar sus certificados de inscripción. Para obtener tu etiqueta identificativa Ayuda, , al igual que las matrículas de los vehículos, puedes solicitarla en un manipulador de placas, presentando el certificado de inscripción.
Cuando la situación lo requiera, se podría habilitar la realización del trámite de manera presencial entregando toda la documentación original y en vigor en cualquier Jefatura u Oficina local de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes.
Este proceso de inscripción de los Vehículo de Movilidad Personal también podrá llevarse por otros canales como agentes de seguros en el momento de ir a contratar el seguro u otros colaboradores acreditados en DGT que ya realizan gran cantidad de trámites electrónicos con la Administración.
Certificación y Homologación
A la hora de adquirir un VMP, ten en cuenta que los VMP comercializados a partir de 22 de enero de 2024 deberán estar certificados para su uso. Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir del 22 de enero de 2027 sólo podrán circular los VMP homologados según el manual oficial de características.
Esto obligará a los fabricantes a revisar los modelos, y los usuarios deberán asegurarse de que su patinete cumple con la norma.
Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación.
La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP. Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.
Ahora bien, ¿qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024? La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.
Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.
Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil
A partir del 2 de enero de 2026 en España, los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.
El seguro obligatorio se convertirá en el elemento central para cubrir daños a terceros. Si ocurre un accidente y el patinete no cuenta con la póliza requerida, el propietario deberá asumir personalmente todas las indemnizaciones.
En julio de 2025 entró en vigor la Ley de Seguros de Automóviles en la que se define lo que es un vehículo personal ligero y que a partir de enero de 2026 ya es obligatorio que los patinetes eléctricos tengan un seguro de responsabilidad civil en España.
Multas por Incumplimiento
Las multas por incumplimiento irán desde los 200 hasta los 1.000 euros, en función de la gravedad de la infracción. No sólo se sancionará la ausencia del seguro: también se castigará no llevar la identificación o no figurar en el registro estatal.
Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.

Normas de Circulación
Antes de circular es importante conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura. Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP (entre ellos, los patinetes eléctricos).
Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Está prohibido que los patinetes eléctricos circulen por aceras.
Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos.
Tampoco pueden circular en túneles urbanos salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente. En Madrid, por ejemplo, pueden hacerlo si están equipados con iluminación homologada.
Otras normas:
- Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
- Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
- Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).
- Casco: En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.
- Alcohol y drogas: Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 € en función de la tasa de alcohol o de 1.000 € si se trata de drogas.
Aparcamiento de Patinetes Eléctricos
Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos.
En definitiva, no existe una prohibición estatal única y dónde puedes aparcar tu patinete eléctrico va a depender de la ordenanza municipal de la localidad donde residas.
Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos. Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.
Transporte Público y Patinetes Eléctricos
La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.
RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.
Mantenimiento del Patinete Eléctrico
Cinco consejos para cuidar tu patinete eléctrico
El patinete eléctrico necesita de un mantenimiento periódico con sus correspondientes revisiones. No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire en los neumáticos o signos de desgaste, ni cuando hay sonidos al girar u otros síntomas anormales. También hay vigilar el estado y la presión de las ruedas si son con cámara de aire. En su limpieza use un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realice la carga durante la noche, por si se recalienta y se incendia.
Real Decreto 52/2026
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 52/2026 del 28 de enero, que establece el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros. Este es un paso fundamental para implementar la obligación de asegurar vehículos de movilidad personal (VMP), comúnmente conocidos como patinetes eléctricos. Esta medida responde a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en circulación para incluir a los VMP.
Con más de cuatro millones de usuarios de VMP en España, los propietarios -o sus tutores legales en caso de menores- tendrán que inscribirse. La normativa clasifica los VMP en dos categorías. Primero, aquellos con certificado de circulación, que deben incorporar una placa de marcaje de fábrica única y legible. A partir del 22 de enero de 2024, solo estos modelos se podrán comercializar. Para inscribirlos, será necesario aportar datos del titular, número de certificado y de serie, y abonar la tasa correspondiente. Estos también deberán inscribirse y contar con seguro.
La inscripción requiere documentación básica como factura, ficha técnica o fotografía del vehículo. Todos los VMP, certificados o no, deberán llevar una etiqueta identificativa con el número único asignado. Son VMP que no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y, por tanto, no tienen placa de marcaje de fábrica. Dicha etiqueta deberá colocarse en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo una vez que disponga de ella.