La movilidad urbana ha experimentado una transformación significativa en los últimos años, con un aumento en el uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Ante esta realidad, es crucial conocer y cumplir con la normativa vigente para garantizar la seguridad y la convivencia entre peatones y vehículos en las ciudades.

La Ordenanza de Movilidad de Pamplona ha sido incluida en la primera guía que recopila la normativa sobre patinetes eléctricos y que incluye la de algunas de las principales ciudades españolas, como Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla. La información se completa con la normativa ofrecida por la Dirección General de Tráfico (DGT). La edición la ha llevado a cabo la empresa Norauto, cadena de mantenimiento y equipamiento integral del automóvil. Según explica, la guía se irá actualizando acorde a la normativa existente y actualizaciones de las ordenanzas municipales.
La edición del documento ha venido motivada por el cambio en la movilidad dentro de las ciudades que se ha producido con la llegada del patinete eléctrico y que ha convertido al conductor de estos vehículos en uno más de la vía junto al de coches, camiones, motos y furgonetas, además de otras personas usuarias más vulnerables como peatones o ciclistas.
Regulación de la DGT y Adaptación Municipal
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado instrucciones con medidas básicas sobre el uso de patinetes eléctricos, pero deja a los Ayuntamientos la potestad de legislar su utilización. La DGT establece 3 categorías de Vehículos de Movilidad Personal (VMP): tipo A hasta 20 km/h, tipo B hasta 30 km/h y tipo C hasta 45 km/h. Los tipos A y B no pueden llevar pasajeros.
Normativa Específica en Pamplona
En el caso de Pamplona, es importante tener en cuenta las siguientes regulaciones:
- Edad mínima: La edad mínima para circular con patinete eléctrico es de 14 años.
- Casco: El casco es obligatorio.
- Documentación: Debe llevarse la documentación técnica del VMP.
- Visibilidad: Es importante ver y ser visto.
La Ordenanza de Movilidad de Pamplona, que entró en vigor el año pasado y que apuesta por ‘Pamplona ciudad 30’ también señala que, por calles residenciales, parques y paseos, y por el parque fluvial se puede circular cuando se mantiene el respeto a quienes caminan, a velocidad moderada, y adelantándoles a más de 1,5 metros de distancia. Si no, hay que bajarse del VMP. Los tipos B y C pueden circular por calles limitadas a 30 km/h.

Novedades y Obligaciones a partir de 2026
Desde el Área de Tráfico y Seguridad Vial de la Policía Foral se quiere dar respuesta a las numerosas consultas y dudas que se están recibiendo tras las novedades establecidas para el correcto uso de los Vehículos de Movilidad Personal (MVP) en este año 2026. En los últimos años la movilidad urbana ha sufrido una importante transformación, siendo habituales y numerosos los ciudadanos que optan en sus desplazamientos, dentro de los cascos urbanos por el uso de Vehículos de Movilidad Personal (MVP) teniendo que adaptarse desde este 27 de enero de 2026, a un nuevo escenario legal, donde se prioriza la seguridad técnica y la responsabilidad civil, que pretende garantizar la convivencia entre peatones y resto de vehículos en las ciudades.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha fijado el 2 de enero de 2026 como fecha límite para que los propietarios de patinetes eléctricos que circulen por las vías públicas en España cumplan con tres requisitos fundamentales: contratar un seguro de responsabilidad civil, registrar el vehículo y aportar la correspondiente certificación de homologación. Con estas medidas, España se ajusta a la Directiva 2021/2118 de la Unión Europea, tras su aprobación en 2024.
La obligación de asegurar y registrar los patinetes eléctricos no es una decisión reciente. El acuerdo fue adoptado en 2024 para facilitar la transición de usuarios y servicios municipales, disponiendo de un margen de año y medio para regularizar la documentación de los vehículos de movilidad personal. Algunos ayuntamientos, como el de Córdoba, ya vienen aplicando estas medidas desde 2023. La normativa implica una mayor seguridad jurídica tanto para usuarios como para terceros, según fuentes oficiales de la DGT.
Registro de Vehículos Personales Ligeros
Para ello desde la DGT se ha establecido un Registro de Vehículos Personales Ligeros. En dicho registro todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores) tienen que inscribir su VMP, al que se accede a través de la sede electrónica de la DGT, como paso previo a la contratación del seguro obligatorio, establecido en la Ley 5/2025 de 24 de julio.
Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá colocar en el porta-identificador destinado a tal efecto en el VMP, una vez que disponga de ella. Esta medida busca facilitar la identificación del vehículo en caso de accidente o infracción, equiparando su control al de otros vehículos a motor.
Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio
Un nuevo requisito para estos vehículos (patinetes eléctricos) es la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil. Aunque inicialmente se centró en vehículos de mayor peso, la normativa actual exige que los usuarios cuenten con cobertura para cubrir posibles daños a terceros. Todos los conductores de patinete eléctrico deberán contar con una póliza que cubra los daños a terceros en caso de accidente, tanto si son responsables como si resultan afectados.
Homologación y Certificación
Los patinetes adquiridos como nuevos a partir de 2024 ya deben incorporar la placa identificativa homologada, que confirma el cumplimiento de los criterios técnicos estipulados por la DGT: velocidad máxima de 25 km/h, peso inferior a 50 kilos, potencia máxima de 1.000 W sin autoequilibrado o 2.500 W con autoequilibrado, y altura de manillar hasta 70 centímetros. Para los patinetes adquiridos antes de 2024, la obligación de certificación se extiende hasta 2027.
Los titulares de patinetes eléctricos que no dispongan de la certificación ni de la placa homologada deberán solicitar una evaluación en alguno de los cuatro laboratorios habilitados por la DGT para tal fin. Este procedimiento puede tramitarse online a través de la web de Tráfico y, actualmente, solo el laboratorio de IDIADA se localiza en España.
COMO MATRICULAR un Patinete Eléctrico - TUTORIAL DGT | (2026)
Sanciones por Incumplimiento
La entrada en vigor de esta normativa implica también nuevas sanciones económicas. Quienes circulen sin el seguro obligatorio podrán enfrentarse a multas que oscilarán entre 200 y 1.000 euros.
Resumen de la Normativa en Pamplona
Para una mejor comprensión, resumimos los puntos clave de la normativa para patinetes eléctricos en Pamplona:
| Aspecto | Regulación |
|---|---|
| Edad mínima | 14 años |
| Casco | Obligatorio |
| Seguro de Responsabilidad Civil | Obligatorio a partir de 2026 |
| Registro | Obligatorio a partir de 2026 |
| Circulación en aceras | Prohibido |
| Velocidad máxima | Depende del tipo de vía (generalmente 30 km/h) |
Otras Consideraciones Importantes
- Consulta las ordenanzas municipales: Es crucial consultar las ordenanzas de movilidad/tráfico de las respectivas autoridades municipales.
- Uso del casco: Aunque la obligatoriedad del uso del casco puede variar según la normativa municipal, desde Policía Foral se recomienda encarecidamente su utilización para circular en VMP. Las lesiones en caso de accidente pueden ser graves o muy graves.
- Prohibido circular por aceras: El uso del patinete está restringido a la calzada; las zonas peatonales, plazas y parques son territorio exclusivo de los viandantes.
Recuerda que la normativa está en constante evolución. Mantente informado para garantizar tu seguridad y evitar sanciones.
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