En los últimos años, los patinetes eléctricos se han consolidado como una alternativa de movilidad habitual en las ciudades. Económicos, prácticos y ecológicos, estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) han inundado las calles, incluyendo las de Las Palmas de Gran Canaria. Sin embargo, su uso también ha generado preocupaciones en términos de seguridad vial y convivencia en los espacios públicos. Ante esta situación, las regulaciones han evolucionado constantemente para garantizar un uso seguro y ordenado de este tipo de transporte. Por ello, a continuación, te explicamos la normativa para evitar sanciones y circular con responsabilidad.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria presentó una campaña para concienciar a la ciudadanía sobre las normas y recomendaciones de uso de los VMP en la capital. La presentación estuvo a cargo de las concejalías de Seguridad y Movilidad del Consistorio a través de la Policía Local y Sagulpa. El objetivo es promover las buenas prácticas en el uso de estos vehículos y fomentar la óptima convivencia de todos los modos de desplazamiento en la vía pública.
Si eres usuario de un patinete eléctrico, te interesa saber cuál es la normativa aplicable actualmente y las novedades que se avecinan.
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Normativa General en España
La normativa de los patinetes eléctricos no es muy conocida, a pesar de que en los últimos años se han convertido en uno de los modos de transporte más utilizados en las principales ciudades del mundo. Sin embargo, y aunque a lo largo de mucho tiempo han circulado por las calles sin seguir ningún tipo de ley, el Real Decreto 970/2020 regulariza la situación al modificar el Reglamento General de Circulación para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Este tipo de vehículos continúa logrando adeptos por toda España, por lo que las autoridades han tenido que ponerse manos a la obra para actualizar los códigos para tipificarlos.
A continuación, veremos los puntos más importantes a tener en cuenta:
- Prohibido circular en aceras, zonas peatonales, pasos de travesías, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano.
- Deben tener un certificado de circulación que esté disponible en código QR y que acredite que cumple con los requisitos mínimos.
- La velocidad deberá estar limitada a 25 km/h, puesto que de lo contrario serán considerados vehículos a motor y tendrán que cumplir las normas correspondientes.
- Por ahora no se contempla obligatoriamente el uso del casco, la matriculación, la edad mínima o el seguro de responsabilidad civil, si bien algunos ayuntamientos sí lo exigen.
¿Qué es un VMP? Según el Reglamento General de Vehículos, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son aquellos de uno o más ruedas, diseñados para una única plaza y propulsados por motores eléctricos que alcanzan una velocidad entre 6 y 25 km/h. Además, la DGT recuerda que estos vehículos no pueden circular por aceras, zonas peatonales, travesías, autopistas, autovías, vías interurbanas ni túneles. Solo pueden usarse en calzadas autorizadas por la ordenanza municipal, en el caso de que no exista, por cualquier calzada urbana. Están sujetos a las mismas tasas de alcohol y prohibición de drogas que el resto de conductores.
También avisa que es obligatorio que el VMP disponga de sistema de frenado, dispositivo de advertencia acústica (timbre) y luces y dispositivos reflectantes tanto traseros como delanteros. El uso del casco es recomendable aunque la ordenanza municipal no lo contemple como obligatorio y el seguro de responsabilidad civil.
A la hora de adquirir un VMP, ten en cuenta que los VMP comercializados a partir de 22 de enero de 2024 deberán estar certificados para su uso. Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir de dicha fecha, solamente lo podrán hacer los VMP que cuenten con la certificación", señala la DGT.

Ordenanzas Municipales en Canarias
A partir de las bases del RD 970/2020, cada municipio tiene sus propias ordenanzas que los usuarios de la vía deben cumplir. A continuación, se detallan las normativas específicas de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife:
Normativa en Las Palmas de Gran Canaria
De acuerdo con la Resolución del concejal de Gobierno del Área de Movilidad, Promoción Económica y Ciudad de Mar, la reglamentación establece lo siguiente:
- Se respetará el reglamento vigente en materia de Tráfico, en lo relativo a señalización así como a la señalización de maniobras, especialmente lo relativo a pasos de peatones en todo tipo de vías, incluido en los propios carriles bici, donde al cruzar un peatón por el paso determinado para ello, tiene prioridad este último.
- Está prohibida la circulación de toda clase de vehículos por las aceras y demás zonas peatonales (salvo los citados itinerarios ciclistas señalizados en zona peatonal).
- Los conductores de VMP o de vehículos similares están obligados a someterse a las pruebas de detección de tasas de alcohol y de presencia de drogas.
- Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación.
- Se establece la edad mínima para el uso de VMP en 16 años.
- Se prohíbe expresamente circular dos personas en un VMP, así como transportar mercancías.
- Se prohíbe la circulación nocturna sin alumbrado, ni prendas o elementos reflectantes.
- A estos vehículos les es de aplicación el régimen de infracciones previsto en las normas sobre paradas y estacionamientos recogido en los artículos 90 y siguientes del Reglamento General de Circulación, y de la Ordenanza municipal de Tráfico.
- La velocidad en cada vía autorizada se establece según la Ordenanza municipal de Tráfico, no pudiendo superar los 25 km/h, en ningún caso.
- Se recomienda el uso del casco en todo momento.
Normativa en Santa Cruz de Tenerife
Según el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, las 7 reglas del patinete eléctrico para circular por dicho municipio son las siguientes:
- Solo una persona por patinete eléctrico.
- Velocidad máxima de 25 km/h.
- Prohibido usar móvil o auriculares.
- Prohibido usar el patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol o las drogas.
- Casco obligatorio para menores de 16 años.
- Luces o prendas reflectantes obligatorias de noche.
- Prohibido circular por aceras o zonas peatonales.
Además, está prohibido estacionar estos vehículos atándolos o utilizando árboles, farolas, papeleras, semáforos, bancos o marquesinas, entre otros elementos de mobiliario urbano, o junto a la línea de fachadas de los edificios. En tal caso, la sanción será de 100 €.

Sanciones por Incumplimiento
El uso del patinete se ha consolidado como una alternativa de movilidad habitual en las ciudades, pero no respetar la normativa puede acarrear graves sanciones. Algunas de las multas por incumplir la normativa de los patinetes eléctricos son las siguientes:
- Circular bajo los efectos del alcohol: entre 500 y 1000 €, dependiendo de la tasa; además, el VMP será inmovilizado.
- Conducir bajo los efectos de las drogas: 1000 €. Asimismo, el VMP quedará inmovilizado.
- Utilizar el móvil: 200 €.
- Usar cascos o auriculares: 200 €.
- No emplear el casco y otros elementos de protección: se remite a la ordenanza municipal pertinente. Generalmente, la sanción es de 200 €.
- Circular más de una persona encima del patinete eléctrico: 100 €.
- Conducción nocturna sin alumbrado, ni prendas o elementos reflectantes: 200 €.
Por supuesto, si la infracción es cometida por un menor, los padres o tutores legales serán los responsables.
Por otra parte, si circulan aparatos que a priori ofrezcan prestaciones a un patinete eléctrico pero no cumplen los requisitos legales o que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas, no podrán circular.
Equipamiento Obligatorio y Recomendaciones
La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que estos vehículos no pueden circular por aceras, zonas peatonales, travesías, autopistas, autovías, vías interurbanas ni túneles. Solo pueden usarse en calzadas autorizadas por la ordenanza municipal, en el caso de que no exista, por cualquier calzada urbana. Están sujetos a las mismas tasas de alcohol y prohibición de drogas que el resto de conductores.
También avisa que es obligatorio que el VMP disponga de sistema de frenado, dispositivo de advertencia acústica (timbre) y luces y dispositivos reflectantes tanto traseros como delanteros. El uso del casco es recomendable aunque la ordenanza municipal no lo contemple como obligatorio y el seguro de responsabilidad civil.
¿Qué características deben cumplir?
- No pueden circular a más de 25 km/h, velocidad a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo, y dispondrán de un sistema de antimanipulación.
- También tienen que tener un indicador de información visible de la velocidad y del nivel de batería.
- Todos deben contar con dos frenos independientes y los de más de dos ruedas, también con un freno de estacionamiento.
- Están equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo).
- La luz de freno debe estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
Los VMP de menos de tres ruedas tienen que llevar una pata de cabra lateral o un caballete central. De esta forma se evita que queden caídos en medio de las calles. Además, se establece un diámetro mínimo para las ruedas, que serán rugosas.

Normativa en 2025: Cambios y Novedades
Si eres usuario de un patinete eléctrico, te interesa saber cuál es la normativa aplicable en 2025.
- Uno de los cambios más importantes en la normativa para patinetes eléctricos en 2025 es la obligación, en algunas provincias, de contar con un seguro de movilidad personal. Este cubre daños a terceros en caso de accidente, ofreciendo mayor protección tanto para el conductor como para peatones y otros vehículos.
- La velocidad máxima permitida para los patinetes eléctricos se mantiene en 25 km/h en la mayoría de los casos. No obstante, algunos municipios pueden reducir este límite en zonas específicas de alta afluencia de peatones. Además, se refuerzan los controles sobre la potencia máxima permitida, evitando modificaciones que incrementen la velocidad o la capacidad del motor.
- Uso obligatorio de casco y recomendación de otros elementos de seguridad, como guantes, rodilleras y coderas. Esta medida busca reducir el número de lesiones graves en caso de accidente.
- Las nuevas normativas establecen con mayor claridad dónde pueden y no pueden circular los patinetes eléctricos. Se prohíbe su uso en aceras y zonas peatonales, permitiendo únicamente la circulación en carriles bici, ciclovías y calles con límite de velocidad reducido.
- Las empresas que ofrecen servicios de alquiler de patinetes eléctricos también deberán adaptarse a las nuevas normativas. Se exigirá que todos sus vehículos cuenten con seguros de movilidad personal, dispositivos de geolocalización y sistemas de bloqueo remoto para evitar el uso indebido.
- Sanciones más estrictas para el incumplimiento de las normas. Circular sin casco, exceder la velocidad permitida o no contar con un seguro de movilidad personal pueden ser motivo de sanciones económicas que oscilan entre los 100 y 1.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Recomendaciones Finales
Desde Atlántico Legal, se recomienda circular con seguridad y precaución cuando uses un patinete eléctrico. No olvides tener en cuenta la nueva normativa del patinete eléctrico en Las Palmas. En caso de accidente o si necesitas asistencia legal, no dudes en contactar con un abogado experto que te asesorará sobre los pasos a seguir.
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