El panorama de la movilidad urbana ha experimentado una transformación significativa en los últimos años. Cada vez es más común observar a personas desplazándose en bicicletas o patinetes eléctricos, ya sea por motivos laborales o de ocio. Esta evolución ha impulsado la creación de nuevas ordenanzas municipales y diversas regulaciones sobre el uso y la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Si tienes un patinete eléctrico o estás considerando adquirir uno, es crucial que conozcas todos los detalles de la normativa vigente. Aquí te proporcionamos una guía completa para circular legalmente en Galicia.

Homologación y Certificación
En 2024, la Dirección General de Tráfico (DGT) implementó una nueva normativa para los patinetes eléctricos, que forman parte de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Esta actualización fue necesaria para "velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, así como la del resto de usuarios de la vía, y garantizar que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que se pongan en el mercado tengan unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles”.
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados desde 2024 deben contar con un certificado de homologación. Según la normativa, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación.
La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP. Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.
¿Qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024?
La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.
Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.
Seguro Obligatorio
La última novedad en esta materia ha sido la aprobación de la Ley 5/2025, de 24 de julio, que extiende la obligatoriedad del responsabilidad civil de los Vehículos Personales Ligeros (VPL) para garantizar los posibles daños que puedan causarse a terceros durante su empleo. En julio de 2025 entró en vigor la Ley de Seguros de Automóviles en la que se define lo que es un vehículo personal ligero y que a partir de enero de 2026 ya es obligatorio que los patinetes eléctricos tengan un seguro de responsabilidad civil en España.
La ausencia de seguro obligatorio conllevará la asunción de la responsabilidad civil frente al tercero perjudicado (artículo 11 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor). También surgen las multas administrativas por la carencia del seguro en cuestión, de 601 a 3.005 €.
Un seguro de patinete eléctrico puede oscilar entre los 20 y 100 euros al año aproximadamente. La diferencia reside, como en todos estos casos, en las coberturas que se vayan añadiendo. De este modo y simplemente con bucear un poco en la red, encontraremos seguros por unos 20€ que nos cubrirían la responsabilidad civil y, en según qué caso, también la defensa jurídica. El precio aumenta si añadimos puntos como la indemnización en caso de accidente, la asistencia sanitaria...

Normas de Circulación
Es fundamental conocer las normas de circulación para evitar sanciones y garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía:
- Velocidad: Podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
- Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
- Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo). Los catadióptricos son los reflectantes que debemos llevar en las partes delanteras y traseras de nuestro VML.
- Luces: Luz delantera blanca.
- Casco: Obligatorio en vías interurbanas.
Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos. Tampoco pueden circular en túneles urbanos salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente. En Madrid, por ejemplo, pueden hacerlo si están equipados con iluminación homologada.
En Barcelona, los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h. Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h. En cualquier caso, no podrán sobrepasar los 25 km/h. Que usen de forma obligatoria el casco.
Seguro y matrícula para los patinetes en 2026 ✅ (te lo explico BIEN)
Aparcamiento
Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos.
En definitiva, no existe una prohibición estatal única y dónde puedes aparcar tu patinete eléctrico va a depender de la ordenanza municipal de la localidad donde residas.
¿Cómo aparcar el patinete eléctrico en la calle?
Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos. Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.
Multas y Sanciones
A partir del 2 de enero de 2026 en España, los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.
Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.
Transporte Público
La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.
RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.

tags: #normativa #patinetes #electricos #galicia