Tragedia en Ciudad Lineal: Joven Motociclista Pierde la Vida en Accidente

Aunque siempre veamos el lado amable de nuestra querida Ciudad Lineal, en ella sucedieron más de un incidente, crimen, suicidio y accidente. La Ciudad Lineal no era solo el mejor sitio para veranear, allí se vivía y se convivía, lo cual, ocasionaba en más de una ocasión riñas y broncas entre parientes o vecinos.

Ya don Ramón Gómez de la Serna nos vaticinó en su obra “El Chalet de las Rosas» (1923) que la Ciudad Lineal era el lugar perfecto para cometer uno, o varios crímenes sin dejar rastro. En el primer capítulo de la obra el autor nos sumerge en una ciudad fantasma donde se desarrollaría la trama. Ciudad Lineal tenía ese aspecto de cementerio de vivos, de falsa ciudad jardín y de auténtica ciudad panteón que le caracteriza. Todas las casas parecían venderse en vano. Ciudad Lineal estaba ya sumida en la oscuridad, con su tipo de ciudad alborotada. Algunas luces eléctricas muy amarillas, guiaban hacía ella. Era triste como un canalillo, un canalillo de casas que se entiende.

Ciudad Lineal en la actualidad.

Parecían las dos filas de gente que se forma en los caminos para ver pasar la procesión. Los pobres hoteles se perfilaban un poco en la oscuridad como hoteles de gentes arruinadas y de luto, con un enfermo en la cama, metido en el fondo de una oscura habitación, o con un suicida recién suicidado tirado en el jardín, con los brazos en cruz, como crucificado sobre la tierra.[…] iban sin embargo optimistas, locos de contento hacia su chalet, “El chalet de las Rosas”, cómo lo había él llamado por llamarlo de algún modo, y por subrayar aquellas enredaderas de rosas blancas que subían por la fachada. Gozaban el encanto de tener hotel que disfrutar todas aquellas personas, que de no vivir en Ciudad Lineal, tendrían que vivir en un cuarto piso, asomándose por la ventanita de una buhardilla a unos jardines de tejado. El silencio al margen de una gran ciudad no es el silencio del campo, es el silencio en que se agacha y se oculta todo lo malo de la gran ciudad. Todo les envolvía en soledad. El ruido de uno de los últimos tranvías diligencias de la Ciudad Lineal iba rallando la noche. ¡Qué lugar más distinguido es Ciudad Lineal!

Arturo Soria y la Ciudad Lineal. Museo de Historia de Madrid

Un Trágico Accidente en la Carretera de Aragón

Don Lisardo Vilela Rodríguez de 63 años de edad y que residía en la calle Florida número 16, decidió aquella mañana ir a pasar la tarde al campo junto con su esposa doña Pilar García Pedrero de 52 años. Se desplazaron por la carretera de Aragón en un ameno viaje llegando a las cercanías de Guadalajara.

Al llegar el vehículo al punto de la carretera de Aragón donde comenzaba la Ciudad Lineal, don Lisardo giró y enfiló la calle de Arturo Soria. La lluvia comenzó a caer con fuerza, acompañada de fuertes ráfagas de viento y aparato eléctrico. Las señoras se asustaron y don Lisardo pisó el acelerador por aquella oscura y lúgubre avenida llena de baches. El camino se estaba haciendo eterno.

Representación de un accidente de motocicleta.

Todos descendieron al final de la barrancada, y sacaron del interior del destrozado coche al conductor, Sr. Ambos presentaban tremendas heridas en la cabeza, piernas, brazos y vientre. A la esposa del fallecido, doña Pilar, y su prima doña Concepción, como estaban heridas, se las trasladó en otro automóvil a la Casa de Socorro del pueblo de Canillas, donde el médico de servicio, Sr. Sarri, secundado por el ayudante Sr.

Presentaba la esposa del Sr. Vilela heridas múltiples en la cabeza y cara, magullamiento general y conmoción visceral y cerebral; su estado fue calificado de grave. Su prima doña Concepción presentaba heridas con desgarro en ambas piernas y magullamiento y conmoción cerebral, calificándose tamb.

El Asesinato de Don Eduardo Dato y la Moto "Indian"

Aquella tarde del 8 de marzo de 1921 el Presidente del Gobierno, Don Eduardo Dato había sido asesinado cuando regresaba a su casa. La noticia corrió como la pólvora.

Después de algunas averiguaciones se descubrió que el carretero vivía en la calle de Muller nº 30 en las cercanías de Bravo Murillo, y hasta allí se desplazó la benemérita. El carretero aseguró a la guardia civil que estuvo a punto de ser atropellado por tres tipos que ocupaban una moto con sidecar en la calle de Arturo Soria con dirección a la carretera de Hortaleza que llevaba los faros apagados. Después de interrogar a varios vecinos y realizar algunos registros el perímetro quedó acotado.

Una moto 'Indian'.

El mismo Sr. En efecto, en el interior de aquel pabellón que daba a la calle de Arturo Soria se encontró la moto “Indian” color chocolate prácticamente nueva con sidecar. Las primeras acusaciones se dirigieron al propietario de la finca, el Sr. Manuel Pérez Vizcaino, que vivía en la misma, en una casa levantada en uno de los laterales de la parcela.

Don Manuel Pérez Vizcaino dio parte indicando que días atrás, había llegado hasta allí un tipo bajito y regordete con marcado acento catalán que se interesó por arrendar aquella dependencia anexa a su vivienda y que llevaba tiempo vacía. Con intención de que en ella, se alojase una amiga de este por unos días, (aunque algunas publicaciones indican que era para guardar algunos trastos viejos). El Sr.Pérez accedió, indicando de igual forma que desde aquella fecha no volvió a ver a nadie por allí.

La aparición de la motocicleta junto con otros datos que fueron recabados por la guardia civil dio como fruto la captura de los asesinos del Sr. Nos centramos frente al kiosco Árabe, y en sus inmediaciones encontramos rápidamente la finca de los señores Manuel Pérez Vizcaino y Pedro Rodríguez Illanes. En aquella época se trataba de una finca de gran extensión dedicada a la cría de aves, y denominada la Asunción, en honor a doña Asunción Pérez Vizcaino propietaria también del complejo.

Pero quedaba un asunto que no cuadraba, y era porque aquella antigua carnicería tenía el número 77 cuando en realidad se trataba del antiguo número 160 de la calle de Arturo Soria. La solución era muy sencilla, dicha carnicería se encontraba en la manzana 77 de la Ciudad Lineal, y quizás su propietario que tenía varios negocios iguales en la zona, optó por tomar este número por ser más fácil de memorizar. Sirva únicamente como anécdota decir que casi todos los periódicos de la época erraron al indicar que el número de la calle era el 77 y confundieron a los lectores y curiosos de turno.

Reglamento Deportivo de la F.R.M.

Aquí un extracto del reglamento deportivo de la F.R.M.:

  1. REGLAMENTO DEPORTIVO DE LA F.R.M.
  2. ANEXOS AL CODIGO
  3. RECONOCIMIENTOS DE AUTORIDAD
  4. INTERPRETACIÓN DEL REGLAMENTO
  5. MODIFICACIONES O ADICIONES AL CODIGO
  6. Competiciones prohibidas
  7. Aplazamiento o anulación de una Competición
  8. Circuitos, pistas y recorridos
  9. CALENDARIO
  10. CARGOS OFICIALES
  11. Cargos Oficiales indispensables
  12. Director de Competición
  13. Secretario de la Competición
  14. Juez de salida y Juez de llegada
  15. Cronometradores
  16. Comisario Técnico
  17. JURADO
  18. Composición del jurado
  19. Presidente del Jurado
  20. Deberes del Presidente del jurado
  21. Atribuciones del Jurado y del Arbitro
  22. Procedimiento en las reuniones del Jurado
  23. Suspensión de una competición
  24. Publicación de las decisiones del Jurado
  25. Actas de las reuniones del Jurado
  26. PARTICIPANTES
  27. Participantes de una competición
  28. Aceptación de los resultados y su publicación
  29. Edad de los pilotos y de los pasajeros
  30. Responsabilidad del Participante
  31. Publicidad sobre los pilotos y las Motocicletas
  32. LICENCIAS
  33. Licencias
  34. Obtención de la licencia
  35. Licencia de piloto y pasajero
  36. Concesión de licencia de piloto y pasajero
  37. Licencia de constructor o importador
  38. Licencia de concursante
  39. Licencia de Escudería Motociclista
  40. Presentación de las licencias
  41. Denegación o retirada de la licencia
  42. ORGANIZACIÓN DE COMPETICIONES
  43. Autorizaciones legales
  44. Reglamento Particular
  45. Modificaciones del Reglamento Particular
  46. Programa Oficial
  47. Control Médico
  48. Verificaciones preliminares
  49. Seguridad
  50. Primeros auxilios
  51. Precauciones contra incendios
  52. SEGUROS
  53. Seguros de Responsabilidad Civil
  54. Seguros de Accidentes
  55. Responsabilidad por daños materiales
  56. INSCRIPCIONES Y BOLETINES
  57. Boletines de Inscripción
  58. Cierre de inscripciones
  59. Inscripciones rechazadas
  60. No participación en una Competición
  61. DURANTE LA COMPETICIÓN
  62. Señalización Oficial
  63. Motocicletas peligrosas
  64. Cambio de piloto, pasajero o motocicleta
  65. Reparaciones, ajustes y aprovisionamiento
  66. Franqueo de la línea de control
  67. Suspensión de una competición
  68. DESPUÉS DE LA COMPETICIÓN
  69. Verificación final
  70. Modificaciones de la clasificación y de los premios
  71. Pérdida del derecho a una recompensa
  72. Clausura de una competición
  73. INFRACCIONES Y PENALIZACIONES
  74. Infracciones en el curso de una competición
  75. Sanciones en el curso de una competición
  76. Publicación de una sanción
  77. Autoridades competentes
  78. Derecho a presentar una reclamación
  79. Procedimiento y plazo para reclamar
  80. Arbitraje de una reclamación
  81. Fallo de una reclamación
  82. Recurso de Apelación.

Establecen conforme al presente Código y forman parte de él. Complementaria establecida y aprobada por la F.R.M. En caso de desacuerdo, la Junta Directiva de la F.R.M. no sea autorizada por la F.R.M., está prohibida. La F.R.M. Resultados. La F.R.M. Finalizada. La F.R.M. Llegada o puede confiarlas a otra persona oficialmente designada al efecto. equipamiento de acuerdo con los reglamentos de la F.R.M. Cuando sea nombrado por la F.R.M. Normas del Código, a los reglamentos de la F.R.M. únicamente en relación con la aplicación del Código de la F.R.M. de la competición. ante la F.R.M. y el organismo que les haya nombrado. competición, en la que no tiene ninguna función ejecutiva, excepto el arbitro. programa, en tanto en cuanto se respeten las disposiciones previstas (ver Art. 100.4). tienen derecho a tomar decisiones en los casos excepcionales previstos en el Art. 50.5. apelación ulterior. las disposiciones vigentes (ver Arts. presidente del jurado. Debe enviarse a la F.R.M. F.R.M. F.R.M. presentando a la F.R.M. admitida la publicidad sobre los pilotos y las motocicletas. forma establecida, a la F.R.M. La licencia de piloto es el documento expedido por la F.R.M. no autorizadas (ver Art. La F.R.M. del Código y los detalles relativos a la competición de que se trate. En todas las competiciones celebradas en la F.R.M. R.P. Los R.P. No puede introducirse modificación alguna al R.P. aprobado por la F.R.M. de la competición, y su caso deberá ser notificado a la F.R.M. oficiales, público, etc. El organizador de una competición debe contratar a través de la F.R.M. causa de accidentes en el curso de la competición o durante los entrenamientos. anual de la F.R.M. Ni la F.R.M. cualquier tipo de daño que pudiera sobrevenir por incendio, robo, deterioro, accidente, etc. independientemente del derecho de inscripción. deporte de base. la competición, deberá ser remitida a la F.R.M. antes de las 12 h. Respetando siempre las normas de cada disciplina, la F.R.M. Los organizadores deben enviar a la F.R.M.

Multa: Es la penalización en metálico que debe ser pagada a la F.R.M. de 15 días a partir de la fecha de la notificación. bajo el control de la F.R.M. meses si no se incoa Expediente Disciplinario. La F.R.M. Las partes citadas no tienen ningún derecho a recurrir contra la F.R.M. La violación o inobservancia de las normas de la F.R.M. se detallan y además sea acompañada de un depósito que fijará anualmente la F.R.M. además sea acompañada de un depósito que fijará anualmente la F.R.M. por dos participantes. Las apelaciones ante la F.R.M. reclamación. transcurso de una competición. competición, a reserva de apelación en alzada contra este fallo. La F.R.M. Toda petición de recurso ante la F.R.M. autor y acompañada de un depósito que fijará la F.R.M. El derecho de recurso ante la F.R.M.

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