Los patinetes eléctricos se encuentran en un momento de transición legal en España. A pesar de que la Dirección General de Tráfico (DGT) está trabajando en una nueva normativa para regular estos vehículos de movilidad personal (VMP), su uso actual se rige por las ordenanzas municipales de cada ciudad, basadas en la instrucción 16.V-124.
Esta situación genera incertidumbre entre los usuarios y fabricantes, quienes deben adaptarse a las regulaciones cambiantes para garantizar el cumplimiento de la ley.

Clasificación de los Patinetes Eléctricos
Pero hasta la llegada de este reglamento, tenemos una serie de categorías de vehículos establecidas. En primer lugar los de Tipo A, que serían aquellos patinetes que no alcanzan los 20 km/h. Aquí entran aquellos clasificados como juguetes que no pueden exceder los 6 km/h. En segundo lugar están los de Tipo B, estos son los patinetes eléctricos más comunes y que mejor coinciden con la definición de VMP que establecerá la DGT. Son aquellos cuya velocidad no excede los 30km/h como los Segways o el Xiaomi Mi M365, el modelo más vendido. Finalmente están los englobados dentro de la categoría Tipo C, que englobaría otros vehículos más potentes y podrán requerir tener contratado un seguro y matriculación.
Con el nuevo reglamento, los VMP quedan definidos como aquellos vehículos entre 6 y 25 km/h. Esto implica que los patinetes que se clasificaban como tipo B pero van a 30 km/h dejarán de ser considerados como VMP y podrían ser exigidos también de una reglamentación adicional.
Limitaciones de Velocidad y Normativa Actual
Siguiendo la clasificación que ya mantienen ciudades como Madrid o Barcelona, la velocidad máxima de los VMP se acotará a 25 km/h y no podrán usarse por las aceras. Es una norma que no afectará a la mayoría de usuarios, pero sí a aquellos patinetes que tengan más potencia y alcancen velocidades superiores.
Con el nuevo reglamento, los VMP quedan definidos como aquellos vehículos entre 6 y 25 km/h. Esto implica que los patinetes que se clasificaban como tipo B pero van a 30 km/h dejarán de ser considerados como VMP y podrían ser exigidos también de una reglamentación adicional.
En Madrid, la edad mínima de circulación con patinetes es de 15 años. Todos los VMU (A, B y C) pueden circular por ciclocalles, carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de zonas 30. Mientras que en Barcelona, la velocidad está limitada a 20 km/h para los vehículos de tipo B y C1 en aquellas calles con plataforma única donde también está permitida la circulación de vehículos.
Actualmente existen numerosos modelos que permiten velocidades superiores a los 25 km/h. Algunos de los patinetes eléctricos que se venden en España ofrecen motores que superan los 500W, permitiendo velocidades que fácilmente podrían alcanzar los 40 o 45 km/h. Pero ante la nueva normativa, estos patinetes dejarán de estar considerados como VMP y podrían requerir permisos y homologaciones especiales. Es importante señalar que pese a que suele nombrarse los 250W como un límite, la normativa de la DGT únicamente se basará en la velocidad máxima para realizar la distinción.
A los conductores de los VMP se les aplican todas las obligaciones que tráfico establece como el uso del teléfono móvil, el uso de auriculares o circular con más personas de las establecidas. Sobre el uso del casco, en el caso de las VMP y a falta de la llegada final del reglamento, su uso está sujeto a lo dictaminado según las correspondientes Ordenanzas municipales.
En julio de 2025 entró en vigor la Ley de Seguros de Automóviles en la que se define lo que es un vehículo personal ligero y que a partir de enero de 2026 ya es obligatorio que los patinetes eléctricos tengan un seguro de responsabilidad civil en España.
Muy importante: a partir del 2 de enero de 2026 en España,los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.
¿Dónde se puede y no se puede circular?
En este nuevo paquete de medidas se prohíbe el uso y circulación del patinete eléctrico en autovías y autopistas, túneles urbanos, travesías, vías interurbanas, zonas peatonales y aceras. Lo que no se ha aclarado es si podrán seguir circulando por los carriles bici o si será exclusivamente en la calzada. También todo apunta a que estará prohibido el estacionamiento en aceras de estos vehículos.
Los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h. Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h. En cualquier caso, no podrán sobrepasar los 25 km/h.
Adaptación de los Fabricantes a la Normativa
Esto es lo que planean los distintos fabricantes para adaptar sus patinetes eléctricos más potentes ante la nueva legislación que prepara la DGT. Aquí repasamos los modelos más potentes de las distintas marcas de patinetes eléctricos, qué modelos quedarían fuera de la normativa y qué decisiones han tomado los fabricantes para que sigan siendo considerados como VMP.
Con el Xiaomi Mi Scooter Pro, el fabricante chino aumentó la potencia bruta del vehículo pasando de los 250W nominales a los 300W del modelo Pro. Sin embargo la velocidad máxima sigue establecida en 25 km/h, una delimitación por ley configurada de fábrica por la marca. ¿En qué mejora entonces? Principalmente en la aceleración, pues el arranque es notablemente superior y la potencia superior ayuda en situaciones tan cotidianas como las cuestas.
El fabricante valenciano dispone de varios modelos con más de 250W, pero se encuentran delimitados por ley a 25 km/h. Es el caso del Outsider Evolution Phoenix, ahora el nuevo Bongo Serie A. Diferente es el caso del potente Outsider DemiGod Makalu, un patinete con una potencia de 1.600W que incorpora sillín y manillar regulable. Este patinete pensado tanto para ciudad como para terrenos off-road sí promete una velocidad máxima de 45 km/h. Para ello cuenta con un kit de homologación. La compañía explica que ha pasado a ser un ciclomotor eléctrico y se incluyen unos espejos retrovisores, portamatriculas, deflectores, velocímetro y soporte para luces. De esta forma este modelo podrá circular por carretera. En cuanto al antiguo Demigod, ese ya no se vende, porque no cumplía la normativa. Se trataba de un patinete que llegaba a 35 km/h y tenía sillín.
Dualtron es otra de las marcas que dispone de patinetes eléctricos de gran potencia. Con su modelo Dualtron Spider V2 ofrece una potencia nominal de 1200W y está construido en una aleación de aluminio, pero por diseño su velocidad está limitada a 25 km/h. Si bien, la compañía explica que bajo pedido del cliente y para uso exclusivamente privado, es posible alcanzar los 60km/h. Un uso enfocado en competiciones y circuitos cerrados, donde sí es posible utilizarlos.
Todos los patinetes del fabricante chino están adaptados a la nueva instrucción, salvo el G-booster que se adaptará a la nueva instrucción el 15 de enero con la llegada del nuevo stock. En el Kugoo G-Booster, capaz de alcanzar los 55 km/h, se incorpora una llave de encendido y la compañía explica que "se avisa al cliente para confirmar el consentimiento, además se les proporcionará un manual para limitarlos por software y se les avisa que si no se limitan deberán matricular el vehículo una vez la normativa se haga vigente". En el caso de otros modelos como el S1 Pro, S2, S2 Mini, M2 Pro o ES2, los patinetes eléctricos tienen su velocidad máxima limitada a los 25 km/h. "Unos modelos son más fáciles de limitar, y otros requieren de pequeñas modificaciones, como es el caso del G-booster. Pero desde hace un mes estamos cambiando todo nuestros modelos para que se adapten a la nueva normativa", explican desde Kugoo.
El Ninebot KickScooter ES2 de Segway ofrece una velocidad máxima de 25 km/h, pero la compañía permite actualizarlo con una batería adicional opcional para ampliar esta velocidad a los 30km/h. Sin embargo, Segway informa que hay que "tener en cuenta que las normas y regulaciones para el uso de los productos de Segway en las vías públicas difieren para cada país".
El fabricante E-TWOW limita sus patinetes por ley a 25 km/h y ofrece un certificado de seguimiento de la normativa que puede descargarse a través de su página web. La marca informa que todos sus patinetes se entregan a los clientes con una velocidad máxima y un peso máximo de 10,9 kg, aunque desde la marca nos explican que sí siguen apostando por patinetes de hasta 2.000W. ¿Para qué? Principalmente por un tema de potencia relacionado con las cuestas pero también con el peso de los conductores; pues un patinete con más potencia es capaz de mover a personas más pesadas. Según explica E-TWOW, al contrario que otras marcas, sus patinetes tienen limitada su velocidad por hardware y no mediante software.
Los dos fabricantes de coches también se han apuntado a la movilidad eléctrica. Sin embargo, tanto el BMW X2 City con un precio de 2.400 euros como el SEAT eXS Kickscooter, están limitados a una velocidad de 25 km/h para cumplir con la normativa actual y encajar en la futura regulación de los VMP.
El fabricante Smartgyro también dispone de patinetes eléctricos potentes, como el CrossOver X2 con una potencia de 1000W, doble suspensión delantera y ruedas neumáticas All Road de 10". El modelo cuenta con una batería de 13.000 mAh, peso máximo permitido de hasta 120 kg y dispone de focos LED delanteros, traseros e intermitentes. Su velocidad máxima teórica sería de 45 km/h, pero se encuentra limitado por ley a los 25 km/h. La compañía ofrece certificados de circulación de acuerdo a la instrucción 16/V-124 de la DGT, según la cual "no se considera un vehículo a motor y por tanto no necesita de una licencia administrativa para circular ni cabe exigir al usuario un permiso o licencia de conducción". Una certificación por el momento distinta para cada modelo de patinete.
| Fabricante | Modelo | Potencia | Velocidad Máxima (Limitada) | Observaciones |
|---|---|---|---|---|
| Xiaomi | Mi Scooter Pro | 300W | 25 km/h | Mayor aceleración y potencia en cuestas. |
| Smartgyro | CrossOver X2 | 1000W | 25 km/h | Certificados de circulación según DGT. |
| Cecotec | Outsider Evolution Phoenix / Bongo Serie A | >250W | 25 km/h | Limitados por ley. |
| Cecotec | Outsider DemiGod Makalu | 1600W | 45 km/h | Requiere kit de homologación como ciclomotor. |
| Dualtron | Spider V2 | 1200W | 25 km/h | Posibilidad de alcanzar 60 km/h en circuitos privados. |
| Kugoo | G-Booster | - | 25 km/h | Adaptado a la nueva instrucción. |
| Segway | Ninebot KickScooter ES2 | - | 25 km/h | Batería adicional opcional para 30 km/h (sujeto a regulaciones locales). |
| E-TWOW | Varios modelos | Hasta 2000W | 25 km/h | Limitación por hardware, certificado de seguimiento de la normativa. |
| BMW/SEAT | X2 City / eXS Kickscooter | - | 25 km/h | Diseñados para cumplir con la normativa VMP. |
El Vacío Legal y la Sentencia del Tribunal Supremo
Durante años, los patinetes eléctricos trucados y de alta potencia se movían por las ciudades en una especie de limbo legal: demasiado rápidos para ser un VMP, pero sin las exigencias legales de un ciclomotor.
Pero ese vacío acaba de cerrarse gracias a una sentencia dictada en 2025 por el Tribunal Supremo. Esta es tajante al recordar que “la calificación jurídica del vehículo no depende de su denominación comercial ni de su apariencia externa, sino de sus características técnicas objetivas”.
Según la sentencia, el recurso de casación no sirve para reabrir hechos ya probados “cuando los datos técnicos son concluyentes”.
El fundamento legal para esta sentencia está en el Reglamento (UE) 168/2013 sobre homologación y en la normativa española de tráfico. Un VMP debe limitar su velocidad máxima a 25 km/h y tener una potencia coherente con ese límite. Si se supera ese umbral, el vehículo encaja en la categoría L1e-B, equivalente a un ciclomotor.
La sentencia refuerza así la actuación de policías y ayuntamientos y lanza un mensaje difícil de ignorar para los usuarios: trucar un patinete o usar uno de alta potencia no es picaresca, es asumir las mismas obligaciones legales que quien conduce un ciclomotor.
El caso que sentó jurisprudencia
El caso que ha servido para fijar doctrina parte de un control policial en Barcelona en septiembre de 2021 que lleva dando vueltas desde entonces. La Policía Local interceptó a un conductor que circulaba con un Sabway Diablo de 1.900 W, un patinete eléctrico capaz de alcanzar 45 km/h, muy por encima del límite legal de un VMP.
El Juzgado de lo Penal y posteriormente la Audiencia Provincial tuvieron claro que no era un patinete convencional, sino un ciclomotor, y así lo establecieron.
Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.
Certificación y Homologación de Patinetes Eléctricos
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados desde 2024 deben contar con un certificado de homologación, mientras que los vendidos hasta el 21 de enero podrán circular sin él hasta el 1 de enero de 2027. Esto es lo que dice la norma.
En 2024 la Dirección General de Tráfico (DGT) anunció una nueva normativa para los patinetes eléctricos, que forman parte de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), comercializados desde el 22 de enero de dicho año.
Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación.
La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP. Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.
Ahora bien, ¿qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024? La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.
Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.

Requisitos técnicos para la homologación de un patinete eléctrico
- Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
- Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
- Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).
Regulación del Aparcamiento de Patinetes Eléctricos
Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos.
En definitiva, no existe una prohibición estatal única y dónde puedes aparcar tu patinete eléctrico va a depender de la ordenanza municipal de la localidad donde residas.
¿Cómo aparcar el patinete eléctrico en la calle?
Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos.
Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.
El Transporte de Patinetes Eléctricos en Transporte Público
La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.
RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.
Nuevas Ordenanzas y el Uso del Casco
La nueva ordenanza de circulación, peatones y vehículos de Barcelona entró en vigor el 1 de febrero de 2025. Que usen de forma obligatoria el casco.
El Aumento del Uso de Patinetes Eléctricos y la Necesidad de Regulación
En los últimos años se ha disparado el uso de los patinetes eléctricos en nuestras calles. Nunca habíamos tenido un acceso tan asequible a un medio de transporte motorizado como este, obviando las bicicletas.
Y lógicamente este uso se ha disparado también por contar con los impedimentos que normalmente requiere conducir un vehículo a motor, como es tener que obtener una licencia o carnet, pagar un seguro o impuesto de circulación.
Pero como es habitual, cuando no hay una regulación sobre los vehículos, su uso en algunas ocasiones puede llegar a generar un auténtico caos y poner en peligro la vida de las personas. Por esa razón la Dirección General de Tráfico está poniendo orden por fin a través del Ministerio del Interior, con un nuevo paquete de reformas legales que permitirá disfrutar en los próximos años de un modelo de seguridad vial homólogo al de la Unión Europea, que tendrá como objetivo reducir un 50% los fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico.
Unas normas que pondrán fin al caos generado durante los últimos años por las diferentes normas impuestas por los consistorios locales para la circulación de los patinetes eléctricos o también conocidos como vehículos de movilidad personal (VPM).
Deberás tener un certificado de circulación para poder utilizarlos. A la hora de utilizar un patinete eléctrico hoy legalmente no hace falta ningún papeleo, lo mismo que puede ocurrir con una bicicleta, ya que estos vehículos no se registran, y por tanto no tienen un permiso de circulación como tal, y no tributan por ello.
Pero las nuevas normas avanzadas por la DGT y anunciadas por el Ministro del Interior Fernando Grande Marlaska, apuntan a que será obligatorio contar con un certificado de circulación. De momento no se ha detallado nada sobre su funcionamiento y los requisitos para obtenerlo, pero es evidente que algo tendrá que ver con la legalidad de su uso y el registro de su actividad.
También se desconoce si para obtener este certificado será a la vez necesario hacer pruebas similares a las del carnet de conducir, algo que podría limitar el uso y popularidad de estos vehículos.
COMO MATRICULAR un Patinete Eléctrico - TUTORIAL DGT | (2026)
