¿Los Patinetes Eléctricos Necesitan SOAT? La Nueva Normativa en España

A partir de 2026, tener un patinete eléctrico ya no es solo cuestión de cargar la batería y salir a la calle. Si hay algo que realmente marca la diferencia en 2026 es que el patinete deja de pasar desapercibido. Eso cambia bastante las cosas. El patinete ya no es solo un vehículo que cumpla unas características, sino que pasa a estar asociado oficialmente a una persona.

Desde 2026, los patinetes eléctricos deben estar certificados, inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, llevar etiqueta identificativa y contar con seguro obligatorio. Además, los modelos anteriores a 2024 tienen moratoria hasta 2027. No todos los usuarios, eso sí, están en la misma situación.

En este artículo, exploraremos en detalle las nuevas regulaciones y lo que necesitas saber para cumplir con la ley y circular de forma segura.

Registro, seguro y multas: las nuevas normas para los patinetes eléctricos - laSexta Noticias

Certificación y Registro Obligatorio

Antes de pensar en seguros o en registros, hay una pregunta básica: ¿tu patinete está autorizado para circular? Desde el 22 de enero de 2024, todos los patinetes eléctricos que se comercializan en España deben contar con un certificado de circulación conforme al manual técnico aprobado por la DGT. Ese certificado garantiza que el vehículo cumple los requisitos exigidos en materia de seguridad, potencia, velocidad y equipamiento.

¿Y qué ocurre con los que se compraron antes de esa fecha? Para ellos, la normativa establece una moratoria hasta el 1 de enero de 2027 para que puedan seguir circulando aunque no dispongan de certificado. Eso sí, el margen tiene fecha de caducidad. A partir de 2027, solo podrán circular los VMP que cuenten con la certificación correspondiente.

Queda constancia de quién es su titular, de qué modelo se trata y de si tiene en vigor el seguro obligatorio. El trámite puede hacerse de forma telemática, a través de la sede electrónica de la DGT, aportando la documentación del titular y la ficha técnica del vehículo, además de abonar la tasa correspondiente.

Una vez inscrito, el sistema asigna un número de identificación propio. Ese número debe colocarse en una etiqueta oficial situada en la parte trasera, bajo la luz posterior y en el soporte previsto para ello. Conviene no confundir este registro con la matriculación tradicional de un ciclomotor. El sistema creado en 2026 está pensado para los patinetes que encajan en la definición legal de VMP (hasta 25 km/h y dentro de los límites técnicos establecidos).

El Seguro Obligatorio: Un Requisito Indispensable

El seguro deja de ser una recomendación y pasa a convertirse en una obligación legal. En la práctica, esto significa que el vehículo tiene que estar cubierto frente a los daños que pueda causar a terceros. La ausencia de seguro no es un mero trámite pendiente: constituye infracción.

Según la información difundida por la DGT tras la entrada en vigor del nuevo sistema, carecer del seguro obligatorio puede conllevar multas que oscilan aproximadamente entre los 202 y los 610 euros. Más allá de la multa, hay una consecuencia todavía más importante: si se produce un accidente y no existe seguro, el conductor responde personalmente de los daños causados Por eso, es importante tener presente que, en caso de lesiones, las indemnizaciones pueden alcanzar cantidades muy elevadas.

Recuerda, además, que conviene revisar bien las condiciones antes de contratar. La nueva normativa indica que el seguro obligatorio para patinete eléctrico debe ofrecer la responsabilidad civil por daños a terceros hasta 6.450.000 euros por daños personales ocasionados y hasta 1.300.000 euros por los materiales, en el caso de los considerados VPL (<25kg y <25km/h o >25kg y <14km/h).

El seguro obligatorio de responsabilidad civil para patinetes eléctricos, Segway o hoverboard que ofrece Terránea está diseñado para cubrir los daños que puedan causarse a terceros durante la circulación. La cuantía de la cobertura varía en función del tipo de vehículo, ya sea ligero o pesado: alcanza hasta 6.450.000 euros en el caso de los patinetes ligeros y hasta 70 millones de euros para los considerados pesados. Además, estas pólizas incluyen defensa jurídica.

En Terránea puedes comparar y elegir el seguro para patinete eléctrico que más te interese y al mejor precio. Se debe tener, como mínimo, 18 años para ser el tomador del seguro. La matrícula o número de identificación es requisito imprescindible para asegurar un patinete eléctrico.

¿Quién puede asegurar un vehículo de movilidad personal?

Cualquier persona mayor de edad puede contratar un seguro para un vehículo de movilidad personal (VMP), como un patinete eléctrico, segway o hoverboard. Si el usuario del vehículo es menor, sí puedes asegurar el patinete de tu hijo si cumple con la edad mínima establecida por normativa para conducir un patinete eléctrico.

Requisitos Técnicos y de Circulación

Más allá del registro y del seguro, la normativa fija cómo debe ser un patinete eléctrico para poder circular como VMP, porque no se considera como tal a cualquier vehículo con batería:

  • Velocidad máxima de 25 km/h.
  • Potencia limitada.
  • Sistema de frenado seguro. Deben contar con dos frenos independientes y cumplir una desaceleración mínima exigida por la normativa.
  • Iluminación y visibilidad obligatorias. Luz delantera y trasera, luz de freno y catadióptricos blancos en la parte frontal y laterales, y rojos en la parte trasera.
  • Ruedas y estabilidad. Las ruedas deben tener un diámetro mínimo de 203 milímetros (equivalente a ocho pulgadas) y no pueden ser lisas.

Más allá de los requisitos técnicos y administrativos, el uso diario del patinete eléctrico sigue sujeto a unas reglas claras de circulación.

  • Solo puede circular una persona por vehículo: el patinete es un medio de transporte unipersonal.
  • Tampoco se puede circular por aceras ni zonas peatonales.
  • Cuando exista carril bici, debe utilizarse; si no lo hay, la circulación se realiza por la calzada, y siempre dentro de los límites establecidos.

El casco es un punto especialmente relevante. La Ley de Tráfico establece la obligación de utilizar casco de protección para los conductores de VMP, y la DGT lo incluye expresamente dentro de las normas de seguridad aplicables a los patinetes eléctricos. En la práctica, esto significa que el uso del casco no es una recomendación opcional.

El estacionamiento depende en gran medida de la ordenanza municipal. No existe una prohibición estatal única, pero como norma general el patinete no debe obstaculizar el paso peatonal ni bloquear accesos, rampas o pasos de cebra. El acceso a trenes, metros o autobuses no está regulado por una norma estatal única para VMP, sino que depende de cada operador.

Proceso de Homologación

Para circular con un vehículo de movilidad personal (VMP) en España es necesario contar con el certificado de circulación, un documento que acredita que el vehículo cumple los requisitos técnicos y de seguridad exigidos por la normativa vigente. Este certificado incluye las características técnicas, el número de bastidor y la confirmación de que cumple las normas europeas aplicables.

Desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden comercializar VMP certificados. Hasta el 22 de enero de 2027, los patinetes eléctricos no homologados podrán circular y estar asegurados sin problema.

Desde el 22 de enero de 2024, todos los patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal (VMP) que se venden en España están homologados y cuentan con un certificado de circulación emitido por la DGT. La Dirección General de Tráfico mantiene un listado oficial y público con todos los modelos de patinetes eléctricos homologados en España.

El proceso de homologación de un patinete eléctrico debe gestionarlo el fabricante o distribuidor oficial del vehículo. El precio de la homologación de un patinete eléctrico puede variar según el fabricante.

¿Cómo verificar la homologación de tu patinete eléctrico?

Verificar la homologación de tu patinete eléctrico es sencillo. Revisa si tiene una chapa de marcaje de fábrica (metálica, remachada o grabada en el chasis, nunca una pegatina). Si compraste tu patinete eléctrico antes del 22 de enero de 2024, podrás circular con él hasta el 22 de enero de 2027 sin problemas. A partir de esa fecha te arriesgarás a que sea inmovilizado, retirado por las autoridades y a recibir una multa económica.

Registro Transitorio para VMP No Certificados

Sí, pero de forma transitoria. Los VMP no certificados pueden registrarse presentando una declaración responsable o ficha técnica. Sin embargo, este permiso de circulación solo será válido hasta el 22 de enero de 2027.

Tabla Resumen de Obligaciones y Plazos

Obligación Fecha Límite Comentarios
Certificación del VMP A partir del 22 de enero de 2024 (para nuevos modelos) Asegura que el patinete cumple con los requisitos técnicos y de seguridad.
Registro del VMP Obligatorio desde enero de 2026 Debe realizarse en la sede electrónica de la DGT.
Seguro Obligatorio Obligatorio desde enero de 2026 Cubre los daños que el patinete pueda causar a terceros.
Moratoria para VMP no certificados Hasta el 1 de enero de 2027 Permite la circulación de patinetes comprados antes del 22 de enero de 2024 sin certificación.

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