Unirse a un club de ciclismo es una excelente manera de fomentar la pasión por este deporte, conocer a otros entusiastas y participar en actividades organizadas. Sin embargo, el proceso de inscripción y los requisitos pueden variar según el club. En este artículo, exploraremos los aspectos clave que debes tener en cuenta al inscribirte en un club de ciclismo.

Estatutos y Objetivos del Club
Es fundamental conocer los estatutos del club al que deseas unirte. Estos documentos establecen las normas, objetivos y principios que rigen la organización. Por ejemplo, el "CICLO CLUB SANTIAGO" se rige por la ley Nº 19.418 y sus estatutos están adecuados a la ley Nº 19.712, Ley del Deporte.
La Organización mencionada tiene por objeto:
- Desarrollar entre sus miembros el fomento y la práctica del deporte, la cultura física y el ciclismo en particular, proyectándolo hacia la familia y al ámbito de las relaciones personales de sus socios.
- Proyectar el deporte y la actividad física hacia la comunidad local, poniendo especial énfasis en el fomento y la práctica del ciclismo por las vías públicas, pistas, parques y espacios rurales.
- Interpretar y expresar los intereses y aspiraciones de sus miembros a través de acciones que tiendan a su formación y superación personal, ya sea en aspectos morales, físicos, intelectuales, artísticos, sociales, deportivos o técnicos.
Para cumplir con estos objetivos, la Organización declara que se basará en los siguientes valores y principios:
- El desarrollo y práctica del ciclismo, principalmente en la modalidad ciclística recreativa de cicloturismo. Se considera que la bicicleta es un medio para la práctica de un deporte, pero también es un instrumento de recreación, turismo, salud, acercamiento a la naturaleza, sociabilidad y amistad.
- El cicloturismo acoge a todos aquellos que disfruten el ciclismo, independientemente de la alta o baja exigencia en su práctica. La inclusión, el compañerismo, el respeto y la amistad entre los socios y socias son valores fundamentales de la Organización para fomentar relaciones positivas dentro de la comunidad, en la ruta y en redes sociales, así como promover una buena interacción con otros usuarios de carreteras y caminos, y demás terceros que interactúen con la Organización.
- Para la Organización, la responsabilidad es esencial para su sustentabilidad, por lo que esta cualidad deberá ejercerse en todos los ámbitos, ya sea en lo social, financiero o ambiental.
Requisitos para Ser Socio
Generalmente, los clubes de ciclismo requieren que los socios cumplan con ciertos requisitos básicos. En el caso del "CICLO CLUB SANTIAGO", puede ser socio toda persona mayor de 18 años que tenga domicilio en el territorio nacional sin limitación alguna de sexo, ideología, nacionalidad, origen o condición.
Sin perjuicio de lo anterior, será requisito que el socio esté en condiciones de salud, físicas y deportivas que permitan la práctica del ciclismo en forma segura para sí mismo y para el resto de los ciclistas, según lo determinen los presentes Estatutos, el Directorio y el Reglamento Interno de la Organización.
Los socios se dividen en categorías:
- Socio Pleno: Socio al día en sus cuotas sociales, con derecho a participar en todas las actividades y asambleas con voz y voto.
- Socio Honorario: Socio con cuarenta años de antigüedad y participación activa en la directiva, exento de cuotas sociales.
Proceso de Admisión
La calidad de socio se adquiere por suscripción del acta de constitución o por aceptación del Directorio de la solicitud de ingreso. La persona que desee integrarse a la Organización deberá suscribir la solicitud de ingreso correspondiente, en conjunto con la declaración de responsabilidad, la cual tendrá el carácter de obligatoria para todos los efectos legales.
El Directorio deberá pronunciarse sobre la solicitud de ingreso en la primera sesión que se celebre después de presentada la solicitud. El Directorio no podrá fundar su aceptación o rechazo de una solicitud de ingreso en causales de orden político, social o religioso.
Asimismo, se deja presente que para adquirir la calidad de socio es obligatorio aceptar por escrito los Estatutos de la Organización, en el formulario correspondiente.
Derechos y Obligaciones de los Socios
Ser socio de un club de ciclismo implica tanto derechos como obligaciones. Es importante conocerlos para participar activamente y contribuir al buen funcionamiento de la organización.
Obligaciones
- Ejercer los cargos para los cuales sean elegidos o designados, y desempeñar las tareas que se les encomiende.
- Asistir a las reuniones a las que fueren reglamentariamente convocados.
- Cumplir oportunamente con sus obligaciones pecuniarias para con la Organización.
- Cumplir con las disposiciones de estos Estatutos, de los reglamentos internos y de las demás normas de la Organización.
- Acatar los acuerdos de las Asambleas y del Directorio, adoptados en conformidad a la Ley y a los Estatutos.
Derechos
- Participar en las Asambleas que se lleven a efecto con derecho a voz y voto. El voto será unipersonal e indelegable.
- Elegir los cargos directivos y representativos de la Organización, así como poder postular para dichos cargos, cumpliendo con los requisitos necesarios. El ejercicio de cualquier cargo al interior de esta Organización no podrá estar sujeto a remuneración alguna, salvo que los Estatutos lo permitan expresamente.
- Presentar al Directorio cualquier idea, proyecto o proposición para que sea estudiada, evaluada o resuelta por éste, el que decidirá su rechazo o inclusión en la tabla de una Asamblea para su votación. Con todo, las ideas, proyectos o proposiciones que cuenten, a lo menos, con el patrocinio del 30% de los socios y que sean presentadas con una anticipación de 15 días a la fecha de celebración de una Asamblea, siempre deberán ser incluidos por el Directorio en la tabla respectiva, y en todo caso, sometidos a la consideración de dicha Asamblea para su aprobación o rechazo.
- Tener acceso a los libros de actas, de contabilidad de la Organización y de registro de afiliados.
- Proponer censura en contra de uno o más de los directores de la Organización o miembros de los órganos internos, con un quórum mínimo de dos tercios de los socios plenos y honorarios, cuando dichos directores o miembros de los órganos internos impidieren de manera ilegítima, ya sea directa o indirectamente, a uno o más de los socios de la Organización del ejercicio de cualquiera de los derechos establecidos en este artículo. La proposición de censura deberá ser presentada con una anticipación de 15 días a la fecha de celebración de una Asamblea, y deberá ser incluida por el Directorio en la tabla respectiva para su consideración en dicha Asamblea, la que votará su aprobación o rechazo. En caso de aprobación, el director censurado, tendrá un plazo de 15 días para apelar de la resolución ante la Asamblea, la cual deberá resolverse en Asamblea extraordinaria. En caso de ser rechazada la apelación y aprobada definitivamente la proposición de censura contra del director o miembro del órgano interno correspondiente, este cesará en su cargo, y en la misma Asamblea deberá elegirse a un nuevo director para llenar la vacante producida, conforme a las reglas de estos Estatutos.
- Ser escuchado previamente a la adopción de medidas disciplinarias, y ser informado de las decisiones que adopte el Directorio en este respecto.
La calidad de socio se pierde:
- Por renuncia escrita presentada al Directorio. La renuncia a la calidad de socio de la Organización constituye un acto libre y voluntario y no puede quedar supeditado a la aceptación de ningún órgano de la Institución;
- Por muerte;
- Por pérdida de alguna de las condiciones legales o reglamentarias habilitantes para ser miembro de la Organización; y
- Por expulsión, basada en las siguientes causales:
- El incumplimiento de sus obligaciones pecuniarias, durante 90 días;
- Causar grave daño a los intereses de la Organización;
- Haber sufrido tres suspensiones de derechos;
- Haberse arrogado el socio la representación de la Organización con el objeto de obtener beneficios personales o por causas que irroguen daño a la Organización. Dentro de lo anterior, y sin que la enumeración tenga carácter taxativo, se considerarán como infracciones el mal uso de la imagen o de los canales de comunicaciones oficiales del club, así como el hacer publicidad con imágenes oficiales del Ciclo Club Santiago de marcas que sean la competencia de los Sponsors oficiales de la Organización;
- Contravenir los principios morales, éticos y deportivos que forman parte de los fundamentos y valores de esta Organización, y
- Tratándose de miembros del Directorio o de otros órganos internos, haber comprometido gravemente la integridad social o económica de la Organización. La expulsión la decretará el Directorio por acuerdo unánime fundado en faltas graves, previo informe de la Comisión de Ética según lo estipulado en el Título XIII de estos Estatutos.
Patrimonio del Club
El patrimonio de la Organización dispondrá de las rentas que produzcan los bienes que posea y además, de las cuotas ordinarias, extraordinarias, y de incorporación que aporten sus socios, así como también de las donaciones, herencias, legados, erogaciones y subvenciones que obtenga de personas naturales o jurídicas, de las municipalidades o del Estado y demás bienes que adquiera a cualquier título, tales como: ingresos provenientes de Sponsors, beneficios, rifas, fiestas sociales y otros de naturaleza similar. Se deja constancia de que los ingresos generados por Sponsors solo podrán ser utilizados para inversiones en activos.
Los gastos ordinarios y permanentes de la operación solo serán financiados con los ingresos de las cuotas sociales. Las actividades especiales (paseos especiales, eventos extraordinarios, etc.) se financiarán con los aportes de los participantes.
La cuota ordinaria mensual será determinada por la Asamblea Ordinaria del año correspondiente, en base a la propuesta del Directorio
Las cuotas extraordinarias serán aprobadas en Asamblea Extraordinaria, en base a la propuesta del Directorio, por las tres cuartas partes de los miembros presentes y se destinarán a financiar los proyectos o actividades previamente determinados.
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Reglamento de Brevets Randonneurs Mondiaux (BRM)
Algunos clubes de ciclismo organizan eventos de larga distancia conocidos como "brevets". Estos eventos están regulados por normativas específicas. A continuación, se resumen algunos aspectos clave del reglamento de Brevets Randonneurs Mondiaux (BRM):
- Autoridad: Solo el Audax Club Parisien (ACP) tiene autoridad de sanción a nivel mundial para estos eventos.
- Participación: Abierto a cualquier ciclista aficionado, independientemente de sus afiliaciones.
- Inscripción: Cada participante debe completar un formulario de inscripción y pagar una tarifa.
- Autosuficiencia: Cada participante debe ser autosuficiente; no se permiten vehículos de apoyo.
- Iluminación: Para la conducción nocturna, se requiere iluminación delantera y trasera.
- Puntos de Control: Los ciclistas deben detenerse en cada punto de control para sellar su tarjeta brevet.
- Límites de Tiempo: Existen límites de tiempo generales para cada brevet según la distancia.
A continuación, se muestra una tabla con los límites de tiempo generales para cada brevet según la distancia:
| Distancia | Tiempo Límite |
|---|---|
| 200km | 13:30 |
| 300km | 20:00 |
| 400km | 27:00 |
| 600km | 40:00 |
| 1000km | 75:00 |

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