Normativa sobre la circulación de ciclistas en columna de dos

El número de ciclistas ha aumentado exponencialmente en los últimos años, debiendo la normativa de circulación para ellos ajustarse a la demanda. La bicicleta es un vehículo, como lo es un coche, una moto o una furgoneta, y como tal, debe regirse a las normas de la Dirección General de Tráfico.

Es muy común encontrarnos con grupos de ciclistas que salen a pedalear juntos. En esos casos, se sigue la misma norma anterior: pueden ir en paralelo en filas de dos personas, siempre que se orillen a la derecha y sean tramos con alta visibilidad.

Una de las 20 normas que la Dirección General de Tráfico detalla que todo ciclista debe conocer es la de la circulación en paralelo. Los ciclistas tienen permitido circular en filas de dos en carretera, orillándose todo lo posible a la derecha de la vía. En una carretera con poca visibilidad, así como en zonas de curvas, el ciclista debe ir en hilera y en esos casos no puede circular en paralelo, ya que aumenta el riesgo de accidente. Tampoco podrán ir en paralelo en zonas en las que se produzcan embotellamientos o retenciones de tráfico.

Apartados que crean una confusión entre los usuarios, muchas veces potenciada por esa lacra conocida como LEYENDA URBANA. Por ejemplo: ¿Podemos circular en paralelo? La respuesta unánime va a ser un gran SÍ. Pero cuando leemos el Artículo que regula este punto la cosa no esta tan clara.

Artículo 36.2 del Reglamento General de Circulación

“2. Se prohíbe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso”.

Cuándo puedes circular en paralelo y cuándo no

De lo se concluye que:

  • Puedes circular en paralelo, pero orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía.
  • Si es un tramo sin visibilidad, NO puedes circular en paralelo.
  • Si produces aglomeraciones de tráfico, NO puedes circular en paralelo.

Si el arcén es suficiente y transitable para que se pueda mantener la fila de a dos en sus límites, pues se discurrirá por el arcén, pero si es estrecho y solo cabe una fila de ciclistas, irá por el arcén la fila del interior y por la calzada la fila exterior, ajustándose a la derecha de la calzada.

Tras la recepción por nuestra parte de varios testimonios, hemos llegado a la conclusión de que algunos mandos que forman a los nuevos Guardias Civiles están interpretando que sólo se puede circular en paralelo dentro de los estrictos límites del arcén, enseñando así a los alumnos.

Se analizaron distintos supuestos, y se convino cómo deben de situarse ante ellos los ciclistas. Se dejó claro el criterio tras un detallado análisis, y se concluyó con que sólo se sancionará a ciclistas que circulen en grupos que no respeten la columna de a dos por circular ocupando la vía en pelotón, o que pudiendo “sobradamente” ir por un arcén ancho perfectamente pavimentado, invadan la calzada.

Si el arcén es insuficiente, pero cabe bien una de las filas, podrá la otra fila ocupar la calzada ajustándose a la derecha, y si no hay arcén, se podrá ocupar la calzada ajustados a la derecha y en fila de a dos.

6 recomendaciones para ir más cómodo en bicicleta

Si hay algo que a los conductores y motoristas les da por saco de los ciclistas es que circulemos en paralelo por la carretera, invadiendo la carretera y no ciñéndonos al arcén. Para cualquier conductor que no tenga experiencia en cómo se debe montar en bici en grupo o no sepa qué dice el Reglamento General de Circulación al respecto, es muy fácil hablar mal sobre nosotros.

Lo primero que hay que dejar bien claro es que circular en paralelo es completamente legal. Los ciclistas pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad (Art 36.2 RGC). Asimismo, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada.

A ver, el hecho de que legalmente sea posible, no es en sí una razón para hacerlo. Ni mucho menos. Un grupo de ciclistas que vaya circulando en filas de a dos siempre será más fácil de ver para cualquier conductor. El hecho de aumentar nuestra visibilidad en la carretera, reduce la probabilidad de ser embestidos desde atrás.

Si un grupo de ciclistas circula por una carretera con tráfico en fila de a uno, siempre estará el típico conductor tentado de adelantar demasiado pegado al ciclista, con el riesgo de accidente que supone para el que va encima de la bici. Ahora imaginemos que los ciclistas van montando en paralelo. La cosa cambia.

Por ejemplo, si sales con tu grupeta de 10 amigos a dar pedales en fila de a uno, aunque cada uno vaya completamente a rueda del de delante, no ocuparéis menos de 20 metros de longitud en la carretera. ¿A que cuesta hablar en el coche con alguien que tienes en el asiento de atrás con las ventanillas abiertas? No parece que sea muy divertido estar horas en un coche sin poder mediar palabra con tus acompañantes, ¿a que no?

Por todo lo que hemos argumentado, es muy importante que a los ciclistas se les considere igual que a cualquier otro usuario de la carretera. Cuando hay un coche detrás de un grupo en fila de a uno es complicado adelantar. Pero yendo en paralelo, los ciclistas que están situados a cola de pelotón pueden dar la típica voz al resto de “coooocheeeeee”. Eso alerta al resto de la grupeta, que rápidamente se pondrán en fila de a uno en cuanto vean que se dan las condiciones adecuadas para que el coche adelante.

Aunque no hay un permiso para bicicletas, sí hay muchas normas que conocer y respetar para circular en bici con seguridad. La mayoría son reglas generales que se aplican en todo tipo de vías, pero algunas son específicas para circular por calles, por carreteras y por autovías. Como el resto de conductores, los ciclistas deben conocer y respetar las normas de circulación.

Mientras conducimos una bici está totalmente prohibido usar el teléfono móvil. También están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. El ciclista puede advertir una frenada brusca moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos.

Sí, la tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas.

Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. Además de la incorporación a la circulación, en bici también es obligatorio señalizar otras maniobras, como los giros, los cambios de sentido y de carril.

El casco protector es obligatorio solo para los menores de 16 años. En contra de lo que muchos ciclistas piensan, las bicis no tienen prioridad en los pasos de peatones (no confundirlos con los pasos para ciclistas).

En ciudad, las bicicletas deben circular lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados. Y si van en grupo, podrán circular en columna de a dos como máximo. En carretera, es obligatorio para todos los ciclistas un casco de protección homologado, con tres excepciones: en subidas prolongadas, por razones médicas o con calor extremo.

En carretera, los ciclistas deben utilizar el arcén de su derecha, si existe, para circular. Los ciclistas tienen permitido circular en filas de dos en carretera, orillándose todo lo posible a la derecha de la vía.

En ciertas ocasiones se suele pensar que para moverse en bicicleta simplemente hay que subirse a ella y empezar a pedalear. Sin embargo, al igual que en el resto de vehículos y dado que la circulación se realiza por las vías públicas, es preciso cumplir con algunas normas de tráfico específicas. No sólo es importante disponer del equipo adecuado para desplazarse con seguridad en bici, sino que también es preceptivo estar informado sobre cuál es la normativa al respecto.

¿Cuáles son las normas de tráfico en ciudad?

En el caso de que no existan carriles bici, la Dirección General de Tráfico (DGT) aconseja circular lo más próximo posible a la derecha de la vía. Si se va en grupo, lo máximo que está permitido es circular en columna de dos ciclistas, aunque cuando hay demasiado tráfico o existen problemas de visibilidad, es preferible hacerlo de uno en uno.

Siempre que una bicicleta vaya por un carril bici, un paso para ciclistas o un arcén correctamente señalizado, tendrá prioridad en relación al resto de vehículos de motor. Del mismo modo, el resto de usuarios deben estar pendientes cuando vayan a girar a la derecha o a la izquierda, ya que tienen la obligación de respetar a las bicicletas si se encuentran cerca o cuando circulando en grupo, la primera ya haya iniciado el cruce o haya entrado en una glorieta.

Al igual que los coches, las normas de tráfico también exigen a los ciclistas ceder el paso en los pasos de peatones, así como también al girar para entrar en otra vía y haya personas cruzando, aunque no esté señalizada su preferencia.

Las bicicletas tienen que respetar la preferencia de paso que se determine tanto por los agentes de la autoridad como por los semáforos o las señales de STOP o ceda el paso.

¿Cómo deben circular las bicicletas en carretera?

Para evitar posibles riesgos de accidentes, lo más aconsejable es elegir las vías para ciclistas para realizar una ruta o un desplazamiento por una vía interurbana. Dado que esto no siempre es posible, los ciclistas deben ocupar el arcén de la derecha, aunque si no es transitable, deben circular por la parte imprescindible de esta parte de la calzada.

La DGT establece que las bicis únicamente pueden abandonar el arcén cuando se trate de descensos prolongados con curva y siempre que las condiciones de seguridad sean favorables.

En carretera puede surgir la necesidad de adelantar a otros vehículos, para lo cual es necesario advertirlo antes y dejar una distancia lateral mínima de 1,50 metros.

Las normas de tráfico prohíben la circulación de bicicletas por autopistas y autovías, aunque es posible que los ciclistas mayores de 14 años puedan hacerlo por los arcenes de las autovías, siempre que no exista ninguna señal que lo impida por razones de seguridad vial.

¿Qué velocidad puede alcanzar un ciclista?

La velocidad máxima a la que pueden ir las bicicletas está fijada en 45 km/h. Sin embargo, siempre están obligadas a respetar las señales que indiquen una limitación inferior. Por otro lado, no les aplica la normativa que establece que no se puede circular a una velocidad inferior al 50% del límite marcado.

¿Los ciclistas pueden perder puntos en el carnet de conducir?

Las personas que se mueven en bicicleta y que poseen una licencia para conducir otros vehículos, no pierden ningún punto por las infracciones que puedan cometer pedaleando. Esto se explica porque los ciclistas no necesitan ningún carnet de conducir y el que pudieran tener de cualquier tipo es completamente independiente.

Salvo algunas excepciones, los ciclistas pueden circular por autovías (sólo por el arcén), en paralelo por carretera (si hay buena visibilidad) y, además, tienen preferencia en una rotonda si circulan en pelotón y el primero ya ha iniciado el cruce.

Cada vez son más los ciclistas que practican deporte en la carretera y conviven a diario con los conductores de vehículos a motor, desde motos y turismos hasta camiones y autobuses. Para mejorar la convivencia y evitar tragedias, la DGT y la Guardia Civil les recuerda a estos últimos (los conductores) algunas normas básicas que deben conocer para no poner en peligro a los ciclistas, que son el eslabón más débil en la cadena de tráfico.

Ciclistas en paralelo

La primera de estas normas básicas, y una de las que más confunde a los conductores, es que los ciclistas pueden circular en paralelo por la carretera. El artículo 36 del Reglamento General de Circulación (RGC) dice exactamente que "las bicicletas podrán circular en posición paralela, en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico". Es decir, que sólo están obligados a colocarse en hilera o fila india (de uno en uno) en tramos de escasa visibilidad o cuando formen aglomeraciones de tráfico.

Técnicamente, si hay arcén y es practicable, los ciclistas deben circular por él, aunque raramente hay carreteras convencionales con un arcén suficiente, transitable y continuado, tres requisitos indispensables para que sea una opción segura. Lo normal en muchas carreteras secundarias es que un ciclista circule por el arcén y el otro vaya por la calzada. En cambio, si el arcén no es practicable para ninguno, o simplemente no existe, los ciclistas pueden circular en paralelo por la calzada, orillándose lo más posible al extremo derecho de la vía.

La DGT también recuerda a los ciclistas que ocupar la calzada cuando es posible circular por el arcén está sancionado con 200 euros de multa, aunque raramente son sancionados debido al mal estado de los arcenes. Circular en grupos sin orden también está castigado con 100 euros de multa, aunque la Guardia Civil y la DGT prefieren pedir tolerancia y respeto a los conductores para proteger al más débil.

"No es un ciclista. Además, circular en grupo permite que sean más visibles para el resto de conductores y sean considerados como un solo vehículo.

Ciclistas por autovía

Otra norma que desconocen muchos conductores de vehículos a motor es que los ciclistas pueden circular por las autovías, aunque sólo por el arcén y siempre que sean mayores de 14 años y no exista prohibición expresa.

Concretamente, el artículo 38 del RGC sobre circulación en autopistas, autovías y otras vías dice lo siguiente: "Los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente. Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo".

Ciclistas en rotondas

La tercera norma que desconocen muchos conductores está relacionada con la prioridad de paso de los ciclistas en rotondas o glorietas cuando circulan en grupo. Lo dice el artículo 64 del RGC sobre 'Normas generales y prioridad de paso de ciclistas': "Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta".

Según explican la DGT y la Guardia Civil, cuando los ciclistas circulan en grupo lo hacen como una unidad y todos ellos tienen prioridad de paso sobre los demás vehículos, siempre que el primero haya entrado ya en la glorieta. En este caso, el conjunto de ciclistas debe ser tratado como un solo vehículo y no como múltiples vehículos a la vez.

Todos los automóviles (los que estén dentro de la glorieta y los que vayan a incorporarse a ella) deben aminorar la marcha y detenerse, si fuera necesario, hasta que pase el último corredor del pelotón. "En definitiva, es como si el conjunto del grupo de ciclistas formara un solo vehículo imaginario, cuya parte delantera fuera el primer cicloturista y la trasera el último", confirma la DGT.

Cómo adelantar a ciclistas

La última norma, y la más importante, que deben conocer todos los conductores está relacionada con la forma de adelantar a un ciclista o grupo de ellos. Son muchos los conductores de vehículos de motor que se mantienen firmes a la protesta de que los ciclistas no circulan de manera correcta cuando comparten la vía pública. Igualmente, si un conductor va en su coche y tiene un par de bicicletas delante deberá respetar su espacio en la vía. Respetar esta medida es importante puesto que de no respetarlo, atentamos contra la seguridad vial de los ciclistas. Hay que tener en cuenta que estas persona son vulnerables y sería recomendable que tambien estuviesen bien protegidas, con un seguro que cubriese tanto los daños al ciclista como lo daños a la bicicleta.

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