Las calles no son exclusivas para vehículos motorizados. Cada día es más común ver a personas utilizando medios de transporte alternativos como las bicicletas. Para evitar conflictos y reducir accidentes, es crucial conocer y aplicar las normas de convivencia vial.
El adelantamiento es una de las maniobras de tránsito más peligrosas, pero muchas veces es necesaria, ya sea en ciudad o carretera, por ello es importante saber cuáles son las normativas para adelantar con seguridad, evitando así accidentes y multas. No es lo mismo adelantar en una calle que en una autopista o carretera, también si es que queremos sobrepasar un auto o una bicicleta.
Hoy les contamos todo lo que necesitan sobre el adelantamiento, siendo de gran importancia dentro de la educación vial.

¿Qué es el Adelantamiento?
La Ley del tránsito chilena define dos tipos de formas de pasar a un vehículo que circula por nuestra misma pista. La más común es la de sobrepasar, en la que cambiamos a una pista que va por el mismo sentido, es decir sin traspasar el eje de la calzada, para luego regresar a nuestra pista.
El adelantamiento, es cuando traspasamos ese eje para pasar a otro vehículo. Si bien se trata de maniobras levemente diferentes, la mayoría conoce a las dos como adelantamiento, por lo que vamos a usar dicho término.
Dónde está permitido o prohibido adelantar
En ambas maniobras es necesario que la línea que divide las pistas, ya sea el mismo sentido o en sentido contrario sean discontinuas, si estás son continuas está prohibido adelantar o sobrepasar. En caso de doble línea, si la que está a nuestra izquierda es discontinua se puede adelantar por más que la segunda sea continua, ya que nos regimos por la más cercana.
Tampoco puedes adelantar en una curva, subida pronunciada, cerca o sobre un paso peatonal, o a menos de 200 metros de un puente, túnel, cruce ferroviario o similar. No se puede adelantar o sobrepasar a otros vehículos si hay un letrero que así lo indica.
No está de más decir que está prohibido adelantar por la berma en autopistas o carreteras, o en caso de calles o avenidas, sobrepasando la calzada. Para sobrepasar a otro vehículo siempre se debe utilizar la pista izquierda, ya sea sea en calles, avenidas, autopistas o carreteras. Solo puedes adelantar por la derecha si es que estás circulando por una vía que tiene 3 ó más pistas en el mismo sentido, o si el vehículo que quieres sobrepasar está por realizar un viraje hacía la izquierda.
Cómo Adelantar o Sobrepasar de Forma Segura
Al ser una maniobra que presenta varios riesgos de seguridad, es necesario aprender cómo adelantar o sobrepasar sin poner en peligro nuestra integridad y la del resto de los vehículos.
- Lo primero es señalizar indicando al resto de los autos que deseas cambiar de pista
- Mira atentamente por los espejos para asegurarte que tienes el suficiente espacio para moverte de carril sin limitar la distancia de frenado de los vehículos que vienen por ella
- Mira hacía adelante para asegurarte que no estás cerca de algún obstáculo que obligue a frenar o disminuir la velocidad en la pista que vas a utilizar para adelantar, ya sea que esta se acabe o estés cerca de algún disco pare, ceda el paso o semáforo entre otros
- Asegúrate que otros autos que van por tu misma pista no estén intentando realizar la misma maniobra para adelantarte o sobrepasarte
- Una vez que cambiaste de pista, ten cuidado de no quedar demasiado cerca en sentido lateral del auto que acabas de adelantar.
- Si bien es necesario aumentar la velocidad al adelantar o sobrepasar, no debes hacerlo a una velocidad mayor a la permitida en dicha vía.
- Repite el mismo proceso una vez que adelantaste o sobrepasaste al auto que te antecedía antes de volver al carril por lo que circulabas anteriormente.
- En el caso de adelantamiento, en el que vas a traspasar el eje de la calzada pasando brevemente a una pista con tránsito en sentido contrario, hay que asegurarse que tienes el espacio para volver prontamente a tu carril, ya que de lo contrario podrías terminar chocando.
Cómo Adelantar a Ciclistas: Priorizando la Integridad
Para adelantar a una persona ciclista debes priorizar su integridad: la ley exige mantener una separación lateral mínima de 1,5 m y realizar la maniobra solo cuando existan condiciones objetivamente seguras. Esto implica evaluar antes: visibilidad, estado del pavimento, presencia de curvas, cambios de rasante, demarcaciones y tránsito en sentido contrario.
Planifica y señaliza: aplica la secuencia espejos → señalizador → maniobra. Respeto operativo: no uses la bocina salvo para evitar un siniestro; evita ráfagas de luz que encandilen; nunca invadas ciclovías.
En síntesis: separa, desacelera y cambia de pista con antelación. La maniobra correcta protege a quien va en ciclo -usuario vulnerable- y reduce drásticamente el riesgo de alcance o encierro.
La Ley de Convivencia Vial específica cómo los autos pueden sobrepasar a las bicicletas que circulan por el lado derecho del carril derecho, o si es que la pista derecha sea solo para buses, por el costado izquierdo del carril izquierdo.
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Normas de Tránsito para Bicicletas: La Ley de Convivencia Vial
Con estos antecedentes, fueron más de cien organizaciones sociales de ciclistas, peatones y familiares de víctimas de siniestros de tránsito las que impulsaron la Ley de Convivencia Vial. En este contexto, se dictaron dos reglamentos que entraron en vigencia en 2021: la incorporación de 16 nuevas señales de tránsito al Manual de Señalización de Tránsito y un reglamento de ciclovías y elementos de seguridad de bicicletas.
Entre las normas de tránsito para bicicletas, se encuentra este nuevo reglamento, añadido también a la Ley de Tránsito, que establece las características que deben tener las ciclovías, cómo deben desarrollarse los proyectos de creación de estas, y cuáles son las obligaciones de los ciclistas o quienes usan las ciclovías. De esta forma, los ciclistas, para circular por las vías y ciclovías, deben cumplir con las siguientes normas de tránsito para bicicletas:
1. Elementos obligatorios de seguridad de la bicicleta en Chile
- A lo menos un sistema de frenos.
- Un foco en la parte delantera color blanco o amarillo, y una luz roja en la parte trasera, las que deberán mantenerse encendidas desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones lo requieran.
- Huinchas o placas retrorreflectantes de color blanco en la parte delantera y de color rojo en la parte posterior. Y también en las partes laterales, ubicadas en las ruedas.
- Un aparato sonoro que pueda emitir sonido de intensidad moderada.
Es importante destacar que estos elementos de seguridad no son exigibles cuando las características de la bicicleta impiden su instalación.
2. Elementos obligatorios de seguridad de los ciclistas
- Casco protector que cubra como mínimo la parte superior de la cabeza y que cuente con carcasa exterior, revestimiento para absorber impactos y sistema de retención (correa o elemento que asegura el casco a la cabeza).
- Vestimenta o algún elemento que incorpore material retrorreflectante. Su ubicación es de libre elección, pero siempre debe estar visible, tanto de frente como por detrás. Esto debe ser portado desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones de visibilidad lo requieran.

3. Transporte de personas en bicicleta
Las bicicletas solo podrán usarse para llevar la cantidad de personas para la cual fueron diseñadas. Si las características de la bicicleta lo permiten, podrá ser equipada con dispositivos adicionales para trasladar a mayor número de ocupantes. Estos dispositivos no deberán afectar el control y la maniobrabilidad de la bicicleta, ni exponer la integridad física de sus ocupantes.
4. Transporte de niños en bicicleta en Chile
Los infantes solo podrán ser transportados en dispositivos adicionales que cumplan con las siguientes características:
- Asientos adicionales: Podrán instalarse atrás o adelante del conductor, pero en ningún caso sobre el manubrio. Además, debe contar con apoyapiés que evite el contacto de las piernas del infante con las ruedas, respaldo que permita apoyar la espalda del infante cuando el asiento instalado esté atrás del conductor, arnés o algún sistema de retención equivalente.
- Remolques: Deberán contar con elementos retrorreflectantes en ambos costados y en la parte posterior (aquí debe ser de color rojo), una luz roja en la parte posterior, arnés, cinturón o algún sistema de retención equivalente.
El dispositivo debe ser acreditado por el MTT: Para ello, se debe presentar una solicitud de acreditación.
5. Transporte de carga en bicicleta
Se puede transportar carga en bicicletas, siempre y cuando no exista riesgo de caída y no interfiera con la maniobrabilidad. La carga no deberá impedir mantener ambas manos sobre el manubrio, ni el control de la bicicleta.
En caso de utilizar un remolque, este deberá contar con las mismas características de los dispositivos para transportar infantes. La carga no puede, en ningún caso, dificultar la visual directa ni el movimiento del ciclista.
6. Las bicicletas en la Ley de Tránsito
Además, las nuevas normas de tránsito para bicicletas efectúan ciertas modificaciones en la Ley de Tránsito, quedando establecidas las siguientes reglas:
Artículo 222: ¿Pueden las bicicletas transitar por la vereda?
- Para la circulación en zonas urbanas, las bicicletas deben transitar por las ciclovías. A falta de estas, deberás transitar por la pista derecha de la calzada, excepto cuando:
- Adelantes a otro vehículo.
- El tránsito esté impedido.
- Exista una pista de uso exclusivo de buses.
- Debas virar a la izquierda.
- Las bicicletas pueden circular excepcionalmente por aceras, adecuando su velocidad a la de los peatones, y respetando en todo momento la preferencia de ellos, cuando no exista una ciclovía y solo en los siguientes casos:
- Tratándose de ciclistas menores de 14 años o adultos mayores.
- Tratándose de personas que circulen con niños menores de 7 años.
- Tratándose de personas con alguna discapacidad, o con movilidad reducida.
- Cuando las condiciones de la ciclovía o del clima hagan peligroso transitar por ella.
Además, si la circulación por la ciclovía o la calzada se ve imposibilitada, podrás usar la acera, respetando siempre la prioridad del peatón y su velocidad. Si el flujo peatonal es muy alto, deberás bajar de la bicicleta.
Al pasar por un cruce peatonal, debes detenerse antes del mismo y atravesarlo a velocidad reducida, respetando la prioridad del peatón. Y si el flujo peatonal es muy alto, debes descender de tu bicicleta y cruzar caminando.
Los peatones deben cruzar las ciclovías por los lugares señalizados y no pueden permanecer ni caminar por ellas.
Artículo 223: Los deberes de los ciclistas
La ley establece que los deberes de los ciclistas son los siguientes:
- Conducir atento a las condiciones del tránsito, sin utilizar elementos que dificulten su visión y audición.
- Conducir con al menos un sistema de frenos.
- En caso de transportar menores de 7 años, el conductor debe ser mayor de edad.
- En caso de utilizar un dispositivo de remolque para el transporte de personas, animales o mercancías, el conductor deberá ser mayor de edad.
Artículo 224: ¿Dónde puedes estacionar tu bicicleta?
La Ley establece que las bicicletas deben estacionarse, preferentemente, en los lugares habilitados para ello, dejando espacio para la libre circulación de los peatones.
Además, se establece que los estacionamientos de bicicletas son únicamente para este tipo de vehículo.
Por otra parte, está prohibido estacionar, por cualquier medio, las bicicletas en:
- Zonas reservadas para carga y descarga en la calzada.
- Estacionamientos para personas con discapacidad.
- Estacionamientos prohibidos.
- Paradas de transporte público.
- Pasos de peatones.
Normas que ya estaban en la Ley de Tránsito
Además, también se encuentran los siguientes artículos, que ya estaban en la Ley de Tránsito, o que fueron modificados:
- Artículo 130: Los ciclistas no pueden transitar en grupos de más de dos en fondo, excepto en las vías destinadas al uso exclusivo de bicicletas.
- Artículo 131: Se prohíbe a los ciclistas tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas.
- Artículo 132: Ningún ciclista podrá transportar carga que le impida mantener ambas manos sobre el manubrio y el debido control de la bicicleta.
- Artículo 138: Toda maniobra de viraje deberá ser previamente señalizada, con una anticipación mínima de 30 metros. La señalización debe ser por medio del brazo izquierdo o derecho, según el sentido del viraje, extendido horizontalmente.

Multas por no respetar las normas de tránsito para bicicletas
Si no respetas las normas que te acabamos de detallar, estarás cometiendo una falta a la Ley de Tránsito, lo que significa que puedes ser multado.
Por infracciones de tránsito como no usar casco, o no respetar a los peatones, arriesgas multas de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $13.853 y $34.633 de acuerdo con el valor de la UTM de septiembre de 2025 ($69.265). Como se trata de faltas calificadas como leves, el monto de tu multa puede ser rebajado si realizas el pago en los primeros días de obtener la infracción o apelando en tu citación con el Juez de Policía Local, entregando tus argumentos para bajar o eliminar la multa. Si no acudes a tu cita, serás considerado culpable.
Con estos cambios en las leyes y las vías para bicicletas, ya puedes circular cada vez más tranquilo si eres ciclista.
Consejos Adicionales para Automovilistas
Para arreglar el caos y peleas que se producían entre vehículos y bicicletas, además de buscar reducir el número de accidentes en que los ciclistas se involucraban cada año, se presentó la llamada Ley de Convivencia Vial.
Si las reglas básicas de esta ley se respetaran de manera correcta, sería posible convivir y tener un trayecto seguro en cualquiera que sea el medio de transporte. Pero como no siempre se cumple, a continuación, te entregamos consejos básicos de convivencia entre vehículos y ciclistas
Para que tomen en cuenta los automovilistas:
- Cuando circules detrás de un ciclista, mantén una distancia de aproximada 5 metros, así tendrás espacio suficiente para reaccionar ante una emergencia.
- Deja un espacio de al menos 1,5 metros entre tu auto y la bicicleta que circula por tu lado derecho. La misma distancia se aplica si es que deseas adelantar a un ciclista.
- Respeta las zonas de tránsito calmado, calles en donde la velocidad máxima oscila entre los 20 y 40 kilómetros por hora con la idea de hacerlas más seguras para ciclistas y automovilistas en zonas residenciales.
- Antes de abrir la puerta del vehículo, revisa que no se aproxime un ciclista
- Siempre mantente alerta de los espejos laterales para no tener un percance con un ciclista a la hora de cambiar de pista o dar vuelta.
- Las motocicletas son consideradas un vehículo y por ende tienen los mismos deberes que un automovilista y de ninguna forma pueden utilizar las ciclovías.
Responsabilidades de los Ciclistas
También los ciclistas tienen responsabilidades que cumplir:
- Siempre circula por el lado derecho de la calle.
- Si existe una pista solo buses, el ciclista deberá circular por el borde izquierdo de la pista izquierda.
- Si vas en grupos de más de dos, circulen en fila, uno tras otro.
- Siempre usa casco, sin importar que tan larga o corta sea la distancia y si hay o no mucho tránsito a tu alrededor.
- Usa ropa con colores contrastantes, así será más fácil que lo automovilistas te vean.
- Instala una luz delantera de color blanco y una roja reflejante en la parte posterior.
- Desplázate a una velocidad moderada, siempre respetando las señales de tránsito.
- No circules por la vereda. Se puede hacer salvo en casos contados bien especificados.
- Respeta los cruces peatonales, semáforos y otras señales de tránsito.
- Al adelantar deben respetar las mismas reglas que se imponen a los vehículos motorizados.
- Quien lleva un pasajero menor de edad en su bicicleta, debe tener más de 18 años.
- En caso de estacionar su bicicleta, esta no debe bloquear el paso de peatones por las veredas.
- Si el ciclista lleva carga, esta debe llevarse de tal manera que no complique la estabilidad de la bicicleta y permita al conductor el uso de ambas manos.
- Si la ciclovía indica cuál es su dirección o, esta es bidireccional, deben moverse según el sentido que se impone para el tránsito a través de esta.
- Estar atento en todo momento al tránsito, evitando distracciones como audífonos y el uso de teléfonos móviles mientras se esté en movimiento.
- Conducir sin la influencia del alcohol o alguna droga.
¿Qué pasa con las bicicletas eléctricas?
Todo vehículo motorizado que tenga un dos o más ruedas y sea capaz de alcanzar velocidades de 20 o más kilómetros por hora, debe seguir el reglamento impuesto para automóviles y motocicletas.