Uno de los medios de transporte cada vez más frecuentes en la vía pública es la bicicleta, por lo que es importante conocer la normativa vigente correspondiente, que comprende tanto derechos como obligaciones y sanciones por incumplimiento. ¿Sabes lo que dice la Ley de Tránsito sobre los ciclistas en Chile? A continuación, te presentamos toda la información que necesitas tener, para que cada viaje, ya sea en auto o en bicicleta, sea una experiencia segura y responsable.

DEBERES DE LOS CICLISTAS
Derechos y Deberes de los Ciclistas
Al ser reconocida por la Ley de Convivencia de Modos o Ley de Convivencia Vial como un vehículo, la bicicleta cuenta con derechos y deberes que cumplir. La Ley de Tránsito en Chile, particularmente con las modificaciones introducidas por la Ley de Convivencia Vial (Ley N.º 21.088), establece diversos derechos y deberes para los ciclistas como: uso obligatorio de casco, luces delanteras y traseras, elementos reflectantes, sistema de frenos, bocina.
Circulación de las Bicicletas
En la normativa vinculada a los ciclistas, se encuentra todo lo referido al correcto modo de circulación de las bicicletas. Conoce los principales aspectos:
- Usar ciclovías: Cuando existe ciclovía, los ciclistas están obligados a usarla y tienen prohibido usar la calzada.
- Circular por la calzada: Cuando no existe ciclovía, los ciclistas deben circular por la calzada, específicamente por la pista derecha y cerca del borde, siguiendo el sentido del tránsito.
- No usar las aceras: Los ciclistas no pueden usar las aceras para circular, dado que son espacios exclusivos de peatones (solo pueden usarla en casos de emergencia o cuando el ciclista es un niño menor de 7 años acompañado de un adulto). El reglamento general en Chile establece que NO se puede circular en bicicleta por la vereda (acera) en zonas urbanas, ya que las bicicletas son consideradas vehículos y deben transitar por la vía que les corresponde.
- Respetar las señales de tránsito: Los ciclistas deben respetar las señalizaciones de tránsito (semáforos, Pare y Ceda el Paso). No respetar las señales de tránsito, como pasar con el semáforo rojo o no acatar el “Pare”, se consideran infracciones graves.
- Mantener distancia en adelantamientos: Si se adelanta a un vehículo u otro ciclista, debe guardar distancia lateral de 1,5 m al rebasar o ser rebasado.
Seguridad para el Ciclista
La Ley de Tránsito establece determinadas disposiciones obligatorias referidas a la vestimenta que debe utilizar el ciclista y su equipo en la bicicleta.

Señales Manuales
Algunas de las señales a indicar, son:
- Viraje o cambio de pista: Antes de hacer un giro o cambio de pista, se debe extender el brazo de manera clara y con antelación, para indicar la dirección.
- Giro a la izquierda: Se indica extendiendo el brazo izquierdo de forma horizontal a la altura del hombro, con la palma de la mano hacia abajo.
- Giro a la derecha: Debe señalizarse con el brazo derecho de forma horizontal y a la altura del hombro, con la palma de la mano hacia abajo o doblando el brazo izquierdo hacia arriba en ángulo recto.
- Detención o reducción de velocidad: Se indica la reducción de velocidad o detención, extendiendo el brazo izquierdo hacia abajo en ángulo recto y con la palma de la mano abierta hacia abajo.
Multas para Ciclistas en Chile
El reconocimiento de la bicicleta como vehículo en las modificaciones de la Ley de Tránsito, implica el acatamiento obligatorio de las normas; por el contrario, el ciclista puede recibir multas por incumplimiento. Entre las infracciones que son sancionadas, se encuentran:
- Equipamiento obligatorio: Si no se usa el casco protector (en buen estado y correctamente abrochado) o no se utilizan las luces reglamentarias ni los elementos reflectantes, se aplican multas que van de leves a menos graves. El no uso de casco y luces se consideran una faltas menos graves y las multas van entre 0,5 y 1 UTM.
- Vía exclusiva: Utilizar la calzada cuando existe ciclovía habilitada, está prohibido y se sanciona como una infracción menos grave.
- Uso de veredas: Circular por las aceras (excepto si son niños pequeños o por emergencia) se encuentra prohibido y es considerado una infracción leve.
- Viaje con acompañante: Cuando la bicicleta no esté equipada para llevar un acompañante, se considera uso indebido y es clasificado como falta leve.
A continuación, se presenta un resumen de las multas:
| Infracción | Gravedad | Multa (UTM) |
|---|---|---|
| No respetar señales de tránsito | Grave | Variable (depende de la infracción) |
| Utilizar la calzada existiendo ciclovía | Menos grave | 0,5 - 1 |
| No usar casco o luces | Menos grave | 0,5 - 1 |
| Circular por la acera (excepto excepciones) | Leve | Variable |
| Viajar con acompañante sin equipamiento adecuado | Leve | Variable |