Para los propietarios de motocicletas, es fundamental asegurarse de que su vehículo cumple con todas las normativas y requisitos legales para circular sin problemas. Esto implica verificar varios aspectos, desde la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) hasta el pago de impuestos y la obtención de distintivos ambientales.
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en Motocicletas
La Inspección Técnica de Vehículos es un trámite obligatorio para la mayoría de automóviles que circulan por la vía pública, con algunas excepciones. La periodicidad de este análisis varía según el tipo de vehículo y su antigüedad.
Motocicletas, cuadriciclos y quads: los primeros cuatro años están exentos de someterse a esta inspección. Pasado este tiempo, la ITV en moto por primera vez deberá llevarse a cabo, y luego de manera periódica cada dos años, sin variación en función del paso del tiempo.

Si estás planeando realizar la primera ITV a tu moto, lo primero será conocer qué miran en la ITV en moto, es decir, qué es necesario aportar en el centro escogido cuando se acude a la cita.
Elementos que se analizan en la ITV
Ahora que ya sabes cada cuánto se pasa la ITV en motocicletas y cuáles son los documentos que se deben llevar, es importante conocer qué elementos son los que se van a analizar en este tipo de inspección:
- Caballete: es la pieza que permite descansar a la moto en parado.
- Retrovisores: además de en buen estado, tienen que estar colocados tal como vienen de serie.
¿Cómo pasar la ITV a tu moto de 50cc?
¿Qué ocurre si tu moto no pasa la ITV?
Circular con la ITV caducada puede suponer una sanción económica de 200€ y el vehículo sólo podrá ser movido para llevarlo al centro donde se va a llevar a cabo la nueva inspección.
Coste de la ITV para Motocicletas
Al igual que los plazos son diferentes, el coste por pasarla también varía en función del vehículo y es que no tiene el mismo precio la ITV en una motocicleta 125 que la de un ciclomotor. En ese caso, habría que analizar el precio de ITV en moto en función de su cilindrada y la ubicación, pero se puede determinar que el coste a nivel nacional puede encontrarse entre los 15 y los 50 euros aproximadamente.
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
El Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), también conocido como impuesto de circulación, es un tributo municipal obligatorio para todos los vehículos a motor que circulan por las vías públicas. Sin embargo, existen algunas exenciones:
Estarán exentos del impuesto:
- Los vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.
- Los vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, Agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España, que sean súbditos de los respectivos países, externamente identificados y a condición de reciprocidad en su extensión y grado. Asimismo, los vehículos de los Organismos internacionales con sede u oficina en España y de sus funcionarios o miembros con estatuto diplomático.
- Los vehículos respecto de los cuales así se derive de lo dispuesto en Tratados o Convenios Internacionales.
- Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria, o al traslado de los heridos y enfermos.
- Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve plazas, incluida la del conductor.
- Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola.
- Vehículos matriculados a nombre personas discapacitadas que reúnan ciertos requisitos.
Bonificaciones en el IVTM
La antigüedad del vehículo se contará a partir de la fecha de su fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Esta bonificación tiene carácter rogado, por lo que los sujetos pasivos deberán solicitar la aplicación acompañando a la instancia/solicitud fotocopia del Certificado de Características Técnicas y del Permiso de Circulación del vehículo afecto, así cuantos documentos estime oportuno para acreditar su antigüedad, y será aplicable a partir del devengo siguiente a la fecha de la solicitud.
Para acceder a la bonificación, el titular del vehículo no ha de tener deudas tributarias pendientes de pago en periodo ejecutivo con la Hacienda Municipal. No obstante lo anterior, no se considerarán deudas tributarias pendientes, aquellas que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
La bonificación prevista en este apartado tiene carácter rogado y surtirá efecto, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquél en que se solicite, siempre que, previamente, se acredite ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento.
El período impositivo coincide con el año natural, salvo en el caso de primera adquisición de los vehículos.
El importe de la cuota del impuesto será irreducible, cualquIera que sea la fecha en que se inicie la obligación de contribuir. Por excepción, en el año en que se efectúe la primera adquisición, la cuota será prorrateable por trimestres naturales completos, cualquiera que sea el número de días dentro de cada trimestre, devengándose la del trimestre que comprenda la fecha en que tenga lugar y los siguientes hasta finalizar el año.
Distintivos Ambientales
Los distintivos ambientales son clasificaciones que se otorgan a los vehículos en función de sus emisiones contaminantes. Estos distintivos son utilizados para regular el acceso a ciertas zonas de las ciudades y para promover el uso de vehículos más limpios.

Existen cuatro los distintivos ambientales creados en función del impacto medioambiental de los vehículos y los mismos, clasificarán y graduarán el 50% del parque más eficiente:
- Etiqueta 0 emisiones, Azul: Identifica a los vehículos más eficientes.
- Etiqueta Eco: Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).
- Etiqueta C, Verde: Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015.
- Etiqueta B, Amarilla: Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006.
El distintivo debe ir adherido en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él.
Cómo dar de baja una moto
Llega un momento en la vida de todo motorista en el que surge una pregunta, ¿Cómo se da de baja una moto?. También es posible que queramos comprar una moto nueva y no sepamos que hay que hacer con la antigua… Son muchos los motivos por los que dar de baja una moto y aquí te aclaramos todas las dudas que puedas tener al respecto.
Es importante tener en cuenta una serie de aspectos antes de presentarnos en la Jefatura de Tráfico, la primera es que es necesario pedir cita previa.
Documentación necesaria
La documentación a presentar en la Jefatura de Tráfico sirve, sobre todo, para identificarnos a nosotros, a la moto, y demostrar que tenemos la capacidad legal de dar de baja la moto.
- Un documento de identidad que acredite nuestros datos y nuestro domicilio. En caso de personas físicas sería el DNI (también son válidos carnet de conducir, permiso de residencia, pasaporte + NIE). Si la moto es de empresa se necesitará la identificación fiscal y la acreditación e identidad de la persona que firma.
Baja temporal
Otro caso de baja temporal es cuando decidimos vender la moto, en este caso se recomienda darla de baja para ahorrar gastos hasta que encontremos un comprador.
Al solicitar la baja temporal o una prórroga de la misma, el vehículo dado de baja no podrá circular. Este tipo de bajas tiene un carácter temporal, con una duración máxima de un año (en el caso de los vehículos agrícolas no existe esta limitación, teniendo un carácter ilimitado).
Antes de la finalización de la baja, se podrá solicitar una prórroga que tendrá una duración de un año, sin que exista un límite al número de prórrogas que puedas encadenar.
Baja temporal por sustracción
En los casos en los que ha habido sustracción de vehículo, debes poner la denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Éstos nos comunicarán automáticamente la baja temporal por sustracción desde el momento que se formaliza la denuncia. En este caso la baja temporal no tiene la limitación de un año de duración máxima prorrogable.
Casos especiales para dar de baja una moto
Si has tenido la mala suerte de que te han robado la moto lo primero que tienes que hacer es poner la denuncia en la policía o la guardia civil. Por regla general serán ellos los que se encarguen de notificar a la Jefatura de Tráfico de la baja temporal de tu vehículo.
Otra situación que te puede ocurrir es que quieras dar de baja tu moto antigua pero no encuentres los papeles de la moto. Si lo que no tienes es la ITV al día no te preocupes, el requisito para dar de baja una moto es entregar la tarjeta de la ITV, no necesariamente que esté al día.
Es relativamente frecuente que nos encontremos que estamos pagando un impuesto de circulación de una moto antigua que ya no exista como tal, porque la hayamos despiezado.
Dar de alta una moto dada de baja temporalmente
Otro aspecto a tener en cuenta, es que las motos dadas de baja temporalmente se pueden dar de alta nuevamente.
- Pago de la tasa de alta.
- Presentar la documentación en la Jefatura de Tráfico.
- Pasar la ITV. Dependiendo del tiempo que hayamos tenido la moto de baja es posible que no tengamos la ITV al día.