Es un hecho que cada día hay más automovilistas en las calles y no solo eso, sino también motociclistas, ciclistas y peatones. Una convivencia vial que puede volverse complicada y peligrosa a ratos, exponiéndonos a situaciones de riesgo, que podrían terminar en accidentes de tránsito. Cualquiera que se haya visto implicado en un accidente de tráfico lo sabe: aunque sea leve, provoca un gran dolor de cabeza: el susto de la colisión, retrasos en citas o compromisos, discutir con otro conductor, buscar una reparación... En los casos más graves, todo es mucho peor.
Para reducir este daño y garantizar una movilidad segura, primero hay que entender sus causas, y, al detectar la raíz de los problemas, buscar soluciones para mejorar la seguridad vial. Esta nota detallará estos puntos, pero es posible decir que los problemas involucran, entre otras cosas, educación, inspección y muchísima tecnología.
Los siniestros viales son eventos lamentables que ocasionan daños materiales, lesiones y muertes en el peor de los casos. De ahí, que resulte importante conocer las distintas multas y sanciones a las que se exponen los conductores en caso de verse envuelto en un accidente de tránsito.

Estadísticas de Accidentes de Tránsito en Chile
Las víctimas fatales en Chile ascendieron a 1.745 en 2022, cifra que tuvo un aumento del 3,4% respecto a los fallecidos informados el año 2021, según la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito. La pérdida de vidas es el aspecto más dramático de este problema. Pero también hay un costo social (lesiones, discapacidad) e incluso un costo financiero.
Retirar vehículos (y, eventualmente las víctimas), la hospitalización, la pérdida de producción debido al tiempo de inactividad (o pérdida permanente, en casos de muerte o discapacidad), la reparación de vehículos, los daños a la carga: todo esto perjudica a la economía. En 2022 los siniestros de tránsito costaron al país el 2,21% de su PIB, lo que equivalen a más de US$6.627 millones de dólares.
En Chile la mitad de los siniestros ocurren en rutas, con mayor peso en las rutas nacionales. Durante el año 2022 se registraron 86.050 siniestros de tránsito.
Causas que Provocan Más Muertes
La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito indica las siguientes causas principales:
- Alcohol en conductor (7636 muertes)
- Atropello a peatón (12%)
- Deficiencias viales (506 muertes)
- Desobediencia a señalización (6162 muertes)
- Drogas y/o fatiga en conductor (926 muertes)
- Fallas mecánicas (1042 muertes)
- Imprudencia del conductor (24619 muertes)
- Imprudencia del pasajero (178 muertes)
- Imprudencia del peatón (1302 muertes)
- Pérdida control vehículo (3586 muertes)
- Velocidad imprudente (3134 muertes)
Los factores más importantes de accidentes están relacionados con la falta de atención o negligencia del conductor, tanto en automóviles como en motos, camiones y micros.

Factores Contribuyentes a los Accidentes
Es común escuchar de boca de los expertos que los accidentes no tienen una causa, tienen varias. Los accidentes son siempre el resultado de al menos tres factores concomitantes: exceso de velocidad, vehículo en mal estado, falta de atención.
Estado del Vehículo y la Vía
¿El estado del vehículo hace alguna diferencia? Sin duda. Por este motivo, los expertos abogan desde hace muchos años por la realización de la inspección técnica vehicular.
¿Es relevante el estado de conservación de las rutas y caminos? Por supuesto, las acciones gubernamentales deben estar atentas a esto, y también a la gestión de la seguridad vial y a la rapidez y eficiencia en la respuesta a los accidentes. Sin embargo, lo más importante es el comportamiento del conductor.
Sabiendo que la forma de conducir coches, motos y vehículos comerciales marca una gran diferencia, resulta más fácil definir el enfoque principal de las políticas públicas.
DEBERES DE LOS MOTOCICLISTAS
El Papel de la Prevención: Educación Vial y Supervisión
Una de las líneas de actuación más relevantes para la seguridad vial es la educación vial. En la escuela es fundamental, sobre todo porque una proporción importante de los accidentes de peatones involucran a niños y adolescentes. Es importante la creación de programas dirigidos a estudiantes y docentes de educación primaria y secundaria.
Pero es necesario ir más allá y abarcar a todos los públicos, incluidos los adultos, que al fin y al cabo son o los conductores o los peatones responsables de los niños y adolescentes. Por ello existen campañas de sensibilización y mejor formación de los conductores, especialmente a la hora de obtener o renovar la Licencia de Conducir.
En las campañas es necesario resaltar que tanto los peatones como los conductores tienen responsabilidades:
- Peatones: Necesitan utilizar cruces y pasos para peatones siempre que estos estén disponibles. Deberán mirar a ambos lados de la calle antes de cruzar y respetar los semáforos, si los hubiera.
- Conductores: Deben prestar atención a la señalización, los límites de velocidad, las normas para adelantar y cambiar de carril, y también a la distancia con otros vehículos, especialmente los que van adelante.
Puede que sea impopular, pero funciona. Varios estudios muestran que aumentar la vigilancia del tráfico reduce el número de accidentes. Esto se puede lograr mediante una legislación más estricta. La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito es el organismo encargado de investigar y analizar los actos y hechos vinculados al entramado vial, su entorno, estructuras, y los usuarios de la vía pública. Su principal tarea radica en la generación de información que contribuya a la toma de decisiones para disminuir la siniestralidad vial en Chile. Unas leyes más severas casi siempre implican castigos más amplios o más severos.
Multas más elevadas, como las impuestas por conducir en estado de ebriedad, también tienden a contribuir a un tráfico más seguro, al igual que la implementación de inspecciones por radar.
Tecnología Automotriz y Seguridad
Además de la educación y la inspección del tráfico, otro pilar crucial es la tecnología automotriz. Este es un factor sumamente valorado por la principal institución de pruebas independiente de nuestra región, el Programa de Evaluación de Autos Nuevos para América Latina y el Caribe (Latin NCAP): cuantas más características de seguridad ofrecen los autos, mejor aparecen en el ranking.
Con los avances recientes, la tecnología es capaz de actuar directamente sobre algunas de las principales causas de accidentes y muertes por accidentes, como la falta de atención. Bosch destaca en este ámbito: es protagonista en el desarrollo y suministro de los principales sistemas que ayudan a evitar colisiones y, si se producen, reducir su gravedad. Varios de ellos son considerados tan importantes por las autoridades públicas que ya se han convertido en elementos obligatorios.
Se ha demostrado que las tecnologías de seguridad de los vehículos son eficaces para reducir los accidentes y mitigar sus consecuencias. Y ofrecer tecnología para toda la vida está en el ADN de Bosch.
Tecnologías de Seguridad Clave
- ABS (Sistema de Frenos Antibloqueo): El ABS limita este riesgo al evitar que las ruedas se bloqueen, incluso cuando el conductor acciona los frenos con fuerza, reduciendo la distancia de frenado y manteniendo la capacidad de conducción del vehículo durante el frenado. En Argentina el ABS es obligatorio en los automóviles nuevos desde 2014.
- Sistema Airbag: Su función principal es reducir la gravedad de los accidentes, ya que infla una bolsa de aire para absorber la energía producida en las colisiones. En Argentina, es obligatorio desde 2014. Sin embargo, Latin NCAP recomienda “doble airbags laterales para el cuerpo y doble airbags laterales para protección de la cabeza”.
- ESP (Programa Electrónico de Estabilidad, o control de estabilidad): Desarrollado por Bosch en 1995, reduce hasta un 80% los accidentes por derrape. Al detectar una situación crítica, el sistema evita que el coche pierda el control: frena y/o acelera (independientemente de la acción del conductor) para volver a detener el vehículo. Desde 2022 todos los vehículos nuevos que se comercialicen en Argentina deberán contar obligatoriamente con control de estabilidad (ESP) y ensayo de impacto lateral.
- AEB (frenado automático de emergencia): Este es un dispositivo que puede tener un gran efecto en la prevención de colisiones traseras y atropellos. Compuesto por radares y/o cámaras, el sistema alerta al conductor cuando identifica un coche, peatón o ciclista por delante. Si el conductor no actúa, el dispositivo aplica el freno automáticamente. Los estudios de Bosch indican que si todos los vehículos estuvieran equipados con AEB, se evitarían el 72% de las colisiones por alcance.
- LKA (Asistencia de mantenimiento de carril): Esta tecnología es especialmente útil para detener una de las principales causas de accidentes mortales: la falta de atención, provocada por situaciones como mirar el celular y escribir mientras se conduce. El dispositivo, también llamado LKS, emite una alerta sonora si el vehículo cambia de carril sin dar una flecha y, si el conductor no actúa, la ruta se ajusta automáticamente.
- Sensor de punto ciego: Es un complemento a la tecnología anterior. Los radares o sensores ultrasónicos instalados en el parachoques trasero, cuando detectan vehículos que se acercan por el lateral, encienden una luz en el espejo retrovisor. Si el conductor aún da la señal, el sistema activa una alerta audible.
Sanciones en Accidentes de Tránsito
Le preguntamos al respecto a Francisco Ríos, Juez de Policía Local de Lampa y Director del Instituto de Jueces de Policía Local y esto fue lo que nos señaló:
¿Qué multas podrían aplicar en un accidente de tránsito?
En un mismo accidente, puede concurrir una o varias conductas transgresoras de la Ley de Tránsito 18.290. En mi experiencia, las principales causas de los accidentes del tránsito, -léanse como tal colisión entre vehículos o choques-, y que sean de competencia de los Juzgados de Policía Local (JPL), son las siguientes:
- Conductor “no atento a las condiciones del tránsito imperantes del momento, sin mantener el control de su vehículo”. Si su transgresión es la causa principal del accidente que produjo daños y/o lesiones, la infracción será calificada de grave y la multa irá entre 1 a 1,5 UTM. Si no es así, será calificada de leve y la multa será entre 0,2 y 0,5 UTM.
- Conductor “no mantiene una distancia razonable y prudente respecto a los vehículos que le anteceden”. Si su transgresión es la causa principal del accidente que produjo daños y/o lesiones, la infracción será calificada de grave y la multa irá entre 1 a 1,5 UTM. Si no es así, será calificada de leve y LA multa irá entre 0,2 y 0,5 UTM.
- “Conducir a una velocidad no razonable y prudente, o a mayor velocidad que la permitida”. Si su transgresión, cuando no se midió la velocidad a la que iba el conductor, es la causa principal del accidente que produjo daños y/o lesiones, la infracción será calificada de grave y la multa irá entre 1 a 1,5 UTM.
Hoy el exceso de velocidad es considerado una infracción gravísima. Sebastian Beltran Gaete Ahora bien, si la velocidad fue constatada con algún equipo electrónico de registro, la multa variará. De esta manera, se calificará de menos grave, transgredir hasta 10 km/h el límite máximo permitido (entre 0,5 a 1 UTM). De 11 a 20 km/h, será calificada de grave (entre 1 a 1,5 UTM). En tanto, que si sobrepasa los 21 a 60 km/h, será calificada de gravísima (entre 1,5 a 3 UTM). En los dos últimos casos, además, se sancionará con la suspensión de la licencia entre 5 a 45 días. Ahora bien, sobre 60 km/h, es un delito simple y de competencia del Ministerio Público.
- Conductor que “no se detiene en una Luz Roja o ante la señal PARE”, o “conducir sin haber obtenido licencia de conductor”, son conductas calificadas de gravísimas por la ley e implican una multa de 1,5 a 3 UTM y la suspensión de la licencia de conducir entre 5 a 45 días.
- Conducir “bajo los efectos del alcohol”, para que sea de competencia de los JPL, se entiende que el conductor manejaba en “condiciones físicas y psíquicas deficientes”, que es cuando la cantidad de gramos de alcohol por litro de sangre es igual o inferior a 0,3 gramos.
Lo increíble es que la ley no contempla multa para este caso, por lo que hay dos vías de resolver: absolver al conductor, o asimilar su conducta al artículo 202, que permite, cuando no está comprendida entre las calificadas de menos grave, graves o gravísimas, ser calificada de leve y poner una multa entre 0,2 a 0,5 UTM. Si la dosificación de alcohol en la sangre supera los 0,3 gramos, será de competencia del Ministerio Público.

¿Si en un accidente de tránsito, concurren varias conductas infraccionales por parte del conductor, que ameritan varias multas e incluso de diferente monto, éstas se suman?
No necesariamente. La Ley 18.290 establece la siguiente figura: “Si una persona, en un mismo hecho, fuera responsable de dos o más infracciones, se aplicará la multa que corresponda a la infracción de mayor grado, cualquiera que sea el número de ellas”.
Así las cosas, si concurre una multa grave (conducir sin las luces encendidas reglamentarias, por ejemplo), con una gravísima (conducía sin haber obtenido licencia de conducir), se aplica la multa contemplada a la infracción de mayor grado, sin sumarlas, y la multa variará entre 1,5 a 3 UTM y a la suspensión de su licencia entre 5 a 45 días.
Ahora bien, si el conductor es reincidente, lo cual se sabe al revisar su Hoja de Antecedentes de Conductor, ahí sí se le podría sumar y cobrar el doble o el triple: Así lo establece el artículo 204 de la Ley de Tránsito: “A los reincidentes de infracciones gravísimas o graves, cometidas en los últimos dos o tres años, se les impondrá el doble de la multa establecida para cada infracción, la que se elevará al triple en caso de incurrirse nuevamente en dicha conducta. Lo anterior, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor que corresponda”.
Más allá de ello, vale decir también que el juez está facultado legalmente para moderar los montos que contempla la ley: “En casos calificados, por resolución fundada, el juez podrá imponer una multa de monto inferior a las señaladas, atendidas las condiciones en que se cometió el hecho denunciado o la capacidad económica del infractor”.
¿Qué sanciones se arriesgan en un accidente de tránsito?
Son de variada índole si la competencia es de los JPL. Por ejemplo, y como ya detallé más arriba, si del accidente de tránsito se derivan daños y/o lesiones leves, puede el responsable ser condenado a una sanción de multa.
Caso Judicial: Indemnización Aumentada por Accidente
La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago emitió recientemente un fallo crucial que aumentó significativamente la indemnización total que la Compañía de Servicios para la Locomoción Colectiva Líder S.A.
El trágico accidente ocurrió el 23 de septiembre de 2015, alrededor de las 14:00 horas, en Camino a Melipilla, a la altura de calle Húsares de la Muerte, comuna de Maipú. El informe técnico pericial N° 775-A-2015 de la SIAT de Carabineros de Chile, no objetado por la demandada, concluyó que la causa basal del accidente fue una maniobra indebida de sobrepaso por la izquierda realizada por el conductor del bus, sin respetar el entorno envolvente de seguridad lateral.
Las lesiones sufridas fueron calificadas como politraumatismo y TEC complicado, de carácter grave, que, según el Servicio Médico Legal, sanaron con secuelas funcionales severas.
A pesar de que el tribunal concluyó que la responsabilidad recaía en el conductor del bus, se consideró que la víctima se expuso imprudentemente al daño al circular sin la indumentaria de seguridad (casco) y con exceso de peso, lo que contribuyó a su desestabilización.
La empresa demandada interpuso un recurso de apelación, solicitando la revocación total o la reducción de la indemnización a una suma no superior a $10.000.000.
Detalle de la Indemnización
- Daño Emergente: El monto fijado originalmente por el 8° Juzgado Civil era de $91.290.697. La Corte lo aumentó a $138.340.606.
- Lucro Cesante: El 8° Juzgado Civil había rechazado esta indemnización por falta de prueba cierta. La Corte revocó este punto y otorgó $12.065.000 por lucro cesante.
- Daño Moral: Se confirmó la indemnización de $70.000.000 concedida en la sentencia apelada, reconociendo el sufrimiento de la cónyuge e hijos, quienes presentaron diagnósticos psicológicos (Trastorno Depresivo Mayor Leve/Moderado) derivados del estado de su padre y las consecuencias personales, familiares y económicas del hecho ilícito (Daño Reflejo).