En los últimos años, las calles de Chile han experimentado un aumento significativo en el número de ciclistas, lo que ha resaltado la importancia de conocer y respetar la normativa vigente para garantizar la seguridad vial. La Ley de Tránsito, específicamente la de Convivencia Vial, regula el uso de ciclos, categoría que engloba a bicicletas, monopatines, bicis eléctricas y scooters, entre otros.

Derechos y Deberes de los Ciclistas
Al ser reconocida por la Ley de Convivencia Vial como un vehículo, la bicicleta cuenta con derechos y deberes que cumplir. A continuación, te presentamos algunos de ellos:
Circulación de las Bicicletas
- Circular por la calzada: Cuando no existe ciclovía, los ciclistas deben circular por la calzada, específicamente por la pista derecha y cerca del borde, siguiendo el sentido del tránsito.
- Usar ciclovías: Cuando existe ciclovía, los ciclistas están obligados a usarla y tienen prohibido usar la calzada.
- No usar las aceras: Los ciclistas no pueden usar las aceras para circular, dado que son espacios exclusivos de peatones (solo pueden usarla en casos de emergencia o cuando el ciclista es un niño menor de 7 años acompañado de un adulto).
- Respetar las señales de tránsito: Los ciclistas deben respetar las señalizaciones de tránsito (semáforos, Pare y Ceda el Paso).
- Mantener distancia en adelantamientos: Si se adelanta a un vehículo u otro ciclista, debe guardar distancia lateral de 1,5 m al rebasar o ser rebasado.
Señales a Indicar
- Viraje o cambio de pista: Antes de hacer un giro o cambio de pista, se debe extender el brazo de manera clara y con antelación, para indicar la dirección.
- Giro a la izquierda: Se indica extendiendo el brazo izquierdo de forma horizontal a la altura del hombro, con la palma de la mano hacia abajo.
- Giro a la derecha: Debe señalizarse con el brazo derecho de forma horizontal y a la altura del hombro, con la palma de la mano hacia abajo o doblando el brazo izquierdo hacia arriba en ángulo recto.
- Detención o reducción de velocidad: Se indica la reducción de velocidad o detención, extendiendo el brazo izquierdo hacia abajo en ángulo recto y con la palma de la mano abierta hacia abajo.

Implementos de Protección y de Iluminación
Con respecto a los implementos de protección y de iluminación, la ley indica que los ciclistas deberán poseer casco, luces traseras y delantera, asiento para menores cuando la situación lo exija y chaleco reflectante. Todos los ciclistas y su acompañante deben llevar puesto un casco que proteja la zona superior de la cabeza y se mantenga firme mediante una correa o cinta que se abroche debajo de la barbilla. Utilizar un chaleco, arnés o cinturón de bandolera reflectante durante el siguiente horario: Desde media hora después de la puesta de sol hasta media hora antes de su salida. El uso de este elemento también es obligatorio en condiciones climáticas adversas, como por ejemplo lluvia o niebla.
Este último accesorio será requerido media hora después del atardecer hasta los 30 minutos antes del amanecer. Además, queda prohibido el uso de audífonos y artículos que disminuyan la visión.
La nueva normativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) conocida como “Decreto 102″, que comenzó a regir desde su publicación en el Diario Oficial el 10 de julio del 2021, está dirigido no solo a bicicletas, si no a todos los ciclos, skate, scooter y otros.
Para los reflectantes en cambio, el Decreto trae una modificación importante: deroga (elimina, deja sin efecto) un decreto anterior, identificado como “Decreto 116″, que desde el año 1988 obligaba a los ciclistas el uso de chalecos reflectantes aceptando ahora otras alternativas, como arneses, prendas de vestir, cubre-mochilas, o cualquier reflectante unido al cuerpo con la única exigencia que sea visto tanto por atrás como por delante de la persona que se desplaza en bicicleta. Así que de ahora en adelante Carabineros ya no podrá exigir el uso específico de chalecos.
En buenas cuentas, hoy cualquier luz cumple con la normativa y salva al ciclista de la multa. Además, según sea el caso, deberá incluir un certificado que acredite el cumplimiento de las normas correspondientes.
Deberá cumplir las normas del Comité Europeo de Normalización (EN 1078) : “Helmets for Pedal Cyclists and for Users of Skateboards and Roller Skates” y/o la norma de EE.UU.
Deberán cumplir con las normas del Comité Europeo de Normalización (EN 14344) “Child use and care articles - Child seats for cycles - Safety requirements and test methods”, y/o la norma de EE.UU. (ASTM F1625).
Si eres ciclista, sabrás que el cuidar tanto tu seguridad como la de los otros es clave. Sin embargo, muchos no respetan las reglas y no solo ponen en peligro su integridad, sino que también se exponen a multas.
Recomendaciones para que los ciclistas tengan un viaje seguro
¿Dónde Pueden Circular las Bicicletas?
Las ciclovías son el espacio que deben utilizar los ciclistas. Si bien no hay ciclovías en todos lados, cada vez son más las calles que las incorporan. De no existir ciclovías, los ciclistas pueden circular por las calles, siempre por el lado derecho de la pista derecha.

Es importante señalar que los ciclistas tienen prohibido circular por autopistas urbanas y carreteras si es que no hay una ciclovía. En general, las veredas son territorio exclusivo para peatones, pero existen unas cuantas excepciones en las que los ciclistas pueden utilizarlas. La primera es para los ciclistas menores de 14 años y los adultos mayores.
Por otra parte, en rutas de un sólo sentido, cuando haya una vía de uso exclusivo para buses en el lado derecho, los ciclistas tendrán que pedalear por el lado izquierdo de la calzada.
De acuerdo al Decreto N° 83 de Redes Viales Básicas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), los ciclistas no deben circular por autopistas y/o autovías.
Asimismo, existen otras tres excepciones que establece la normativa de tránsito en torno a la circulación de ciclos por la vereda. “El correcto uso de las ciclovías y el acatamiento a las normativas de tránsito por parte de los ciclistas es sin duda una hoja de ruta que hemos priorizado desde nuestro lado”, sostiene Juan Criado, gerente general de Specialized Chile.
La ley autoriza a llevar a otra persona en la bicicleta siempre y cuando la capacidad de la bici lo permita, y esta se siente en la zona trasera con una pierna a cada lado del asiento.
Las bicicletas deben estacionarse en espacios destinados especialmente para ello.
Multas para Ciclistas en Chile
El incumplir las normativas de tránsito para bicicletas, se considera una falta a la ley del tránsito. Las multas van entre las 0,2 a 0,5 UTM, aproximadamente $13 mil y $34 mil pesos respectivamente. El infraccionado recibirá una citación al Juzgado de Policía Local, donde podrá pagar su multa o presentar sus descargos.
El reconocimiento de la bicicleta como vehículo en las modificaciones de la Ley de Tránsito, implica el acatamiento obligatorio de las normas; por el contrario, el ciclista puede recibir multas por incumplimiento. Entre las infracciones que son sancionadas, se encuentran:
- Señales de tránsito: No respetar las señales de tránsito, como pasar con el semáforo rojo o no acatar el “Pare”, se consideran infracciones graves.
- Vía exclusiva: Utilizar la calzada cuando existe ciclovía habilitada, está prohibido y se sanciona como una infracción menos grave.
- Uso de veredas: Circular por las aceras (excepto si son niños pequeños o por emergencia) se encuentra prohibido y es considerado una infracción leve.
- Equipamiento obligatorio: Si no se usa el casco protector (en buen estado y correctamente abrochado) o no se utilizan las luces reglamentarias ni los elementos reflectantes, se aplican multas que van de leves a menos graves.
- Viaje con acompañante: Cuando la bicicleta no esté equipada para llevar un acompañante, se considera uso indebido y es clasificado como falta leve.
Si no respetas las normas que te acabamos de detallar, estarás cometiendo una falta a la Ley de Tránsito, lo que significa que puedes ser multado.
Por infracciones de tránsito como no usar casco, o no respetar a los peatones, arriesgas multas de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $13.853 y $34.633 de acuerdo con el valor de la UTM de septiembre de 2025 ($69.265). Como se trata de faltas calificadas como leves, el monto de tu multa puede ser rebajado si realizas el pago en los primeros días de obtener la infracción o apelando en tu citación con el Juez de Policía Local, entregando tus argumentos para bajar o eliminar la multa. Si no acudes a tu cita, serás considerado culpable.
Nuevas Señales de Tránsito para Bicicletas en Chile
Estas nuevas señales de tránsito para ciclistas comenzaron a regir desde el 10 de marzo de 2021, y significan un gran aporte para la convivencia vial y para que los ciclistas puedan transitar más seguros:
- Desmonte de ciclista: Esta señal se utiliza en pasos de cebra, pasos peatonales semaforizados, u otras vías peatonales que no sea para ciclistas, e indica que debes bajarte de la bicicleta y circular como peatón cuando el flujo peatonal sea intenso.
- Velocidad máxima: Estas señales se utilizan en las zonas de tránsito calmado, para restringir la velocidad máxima.
- Preferencia ciclista para cambiar de pista: Estas señales indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere cambiar de pista cruzando una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
- Preferencia ciclista al virar derecha/izquierda: Indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere de virar pasando por una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
- Zona 30 y Fin Zona 30: Informan que se está circulando por una vía o abandonando esta, que forma parte de una zona de tránsito calmado, en que la velocidad se ha limitado a 20, 30 o 40 km/h.
- Ciclocalle: Esta señal se instala en ciclocalles, en las que la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/h.
- Zona espera especial ciclos: Indican que, en un cruce semaforizado, los ciclistas pueden realizar partidas adelantadas.
- Zona compartida peatones - ciclos: Esta señal indica que el espacio público es compartido por peatones y ciclistas.
Elementos Obligatorios de Seguridad de la Bicicleta en Chile
De esta forma, los ciclistas, para circular por las vías y ciclovías, deben cumplir con las siguientes normas de tránsito para bicicletas:
- A lo menos un sistema de frenos.
- Un foco en la parte delantera color blanco o amarillo, y una luz roja en la parte trasera, las que deberán mantenerse encendidas desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones lo requieran.
- Huinchas o placas retrorreflectantes de color blanco en la parte delantera y de color rojo en la parte posterior. Y también en las partes laterales, ubicadas en las ruedas.
- Un aparato sonoro que pueda emitir sonido de intensidad moderada.
Es importante destacar que estos elementos de seguridad no son exigibles cuando las características de la bicicleta impiden su instalación.
Tabla Resumen de Infracciones y Multas
| Infracción | Gravedad | Multa (UTM) |
|---|---|---|
| No respetar señales de tránsito | Grave | 0,5 - 1 |
| Usar la calzada existiendo ciclovía | Menos Grave | 0,5 - 1 |
| Circular por la vereda (excepto excepciones) | Leve | 0,2 - 0,5 |
| No usar casco o luces | Menos Grave | 0,5 - 1 |
| Viajar con acompañante sin equipamiento adecuado | Leve | 0,2 - 0,5 |