Si tienes un patinete eléctrico o estás pensando en adquirir uno, es crucial que estés al tanto de las nuevas regulaciones que han entrado en vigor en España. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado una serie de medidas para garantizar la seguridad vial y la protección de todos los usuarios, incluyendo a los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y al resto de la ciudadanía.

¿Qué son los Vehículos de Movilidad Personal (VMP)?
Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.
Seguro Obligatorio para Patinetes Eléctricos
A partir del 2 de enero de 2026, los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio para poder circular legalmente en España. Esta medida, aprobada a finales de julio, ya es oficial y marcará un antes y un después en la movilidad urbana en España.
Plazos y Sanciones
Como hemos señalado al principio, la norma fue aprobada y publicada en el BOE el 25 de julio de 2025. A partir de esa fecha comenzó a contar un plazo de seis meses durante el cual los usuarios pueden contratar el seguro sin riesgo de sanción. Pasado ese plazo, circular sin seguro con tu patinete eléctrico será motivo de multa, con importes de hasta 1.000 euros, en función de la gravedad del caso. Se trata de una sanción equivalente a un tercio de la prevista para coches y motos.
¿Cómo Contratar el Seguro?
El proceso es sencillo: puedes acudir a cualquier aseguradora, aportar los datos del titular y del patinete, y tendrás tu póliza en cuestión de minutos.
Registro de VMP en la DGT
Además del seguro obligatorio, el Gobierno deberá crear un registro público de VMP, y antes del 2 de enero de 2026 tu patinete deberá estar oficialmente inscrito. Muy importante: a partir del 2 de enero de 2026 en España, los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.
Dos Tipos de VMP
El Ministerio recuerda que actualmente circulan dos tipos de vehículos de movilidad personal por las vías urbanas, las únicas en las que está permitido su uso. Por un lado están los que tienen un certificado de circulación, que cumplen los requisitos del Manual de Características de los VMP, que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas así como de seguridad tanto para el que lo lleva como para la del resto de usuarios de la vía.
Desde el 22 de enero de 2024 solo se puede comercializar este tipo de VMP y en la web de DGT el ciudadano puede consultar las marcas y modelos certificados.
Para la inscripción de este tipo de vehículos en el registro, además de los datos del titular se deberá consignar el número de certificado y el serie, que constan en la placa de marcaje y la ficha técnica de características, y abonar la tasa administrativa correspondiente. Una vez solicitada la inscripción, la DGT expedirá el certificado de inscripción digital.
Por otro lado, los VMP que no tienen el certificado de circulación porque no cumplen los requisitos, se les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque carezcan de este permiso, pero también tienen que ser inscritos en el registro y obtener el seguro obligatorio. Para estos patinetes, además de una serie de datos personales del titular, solo se deberá adjuntar factura o ficha técnica o fotografía del mismo. Su identificación tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular, según el Ministerio. De esta forma, estos patinetes han conseguido una moratoria de un año para usarse.
Identificación Visible
Para los dos tipos, una vez obtenido el certificado de inscripción, en el que constará la información del titular y el número único identificativo, se podrá adquirir la etiqueta identificativa que se deberá colocar en el porta-identificador destinado a tal efecto en el vehículo. En el caso del VMP no certificados, se debe colocar en lugar visible.
La inscripción también podrá llevarse a través de agentes de seguros en el momento de ir a contratar el mismo o gestores administrativos que ya realizan trámites electrónicos con la Administración.
Normas de Circulación y Seguridad
Antes de circular es importante conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura. Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP (entre ellos, los patinetes eléctricos).
- Prohibiciones: Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Está prohibido que los patinetes eléctricos circulen por aceras.
- Velocidad: Podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
- Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
- Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).
- Uso del casco: En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.
Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos.
Tampoco pueden circular en túneles urbanos salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente. En Madrid, por ejemplo, pueden hacerlo si están equipados con iluminación homologada.
Seguro y matrícula para los patinetes en 2026 ✅ (te lo explico BIEN)
Aparcamiento de Patinetes Eléctricos
Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos. En definitiva, no existe una prohibición estatal única y dónde puedes aparcar tu patinete eléctrico va a depender de la ordenanza municipal de la localidad donde residas.
Consejos para Aparcar en la Calle
Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos. Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.
Sanciones por Incumplimiento
Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.
Transporte Público y Patinetes Eléctricos
La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.
RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.
Mantenimiento del Patinete Eléctrico
El patinete eléctrico necesita de un mantenimiento periódico con sus correspondientes revisiones. No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire en los neumáticos o signos de desgaste, ni cuando hay sonidos al girar u otros síntomas anormales. También hay vigilar el estado y la presión de las ruedas si son con cámara de aire. En su limpieza use un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realice la carga durante la noche, por si se recalienta y se incendia.

Resumen de la Normativa para Patinetes Eléctricos
Aquí tienes un resumen de los puntos clave de la nueva normativa:
| Aspecto | Detalles | Fecha de entrada en vigor |
|---|---|---|
| Seguro Obligatorio | Responsabilidad Civil | 2 de enero de 2026 |
| Registro en la DGT | Inscripción del VMP | 2 de enero de 2026 |
| Certificado de Circulación | Obligatorio para nuevos VMP | Desde el 22 de enero de 2024 |
| Etiqueta Identificativa | Número único asignado | Una vez inscrito en la DGT |
| Moratoria para VMP sin Certificado | Pueden circular hasta | 22 de enero de 2027 |
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