Beneficios de Andar en Bicicleta en Chile: Salud, Medio Ambiente y Convivencia Vial

En los últimos años, se ha incentivado el uso de la bicicleta por sus beneficios para la salud y el cuidado del medio ambiente, considerando la contaminación producida por otros medios de transporte. El boom de las bicicletas ha llegado para quedarse, y ya es un hecho que se han visto más ciclistas en las calles, ya sea porque es el medio de transporte más seguro en cuanto al Covid-19, por fines deportivos o por la llegada de la primavera.

Además de salud y rapidez, son varios los beneficios medioambientales que trae este cambio de movilidad en los chilenos. Subirse a la bicicleta, disminuye considerablemente el uso de bencina y la emisión de gases tóxicos que emiten otros medios de transporte. “El uso de la bicicleta sigue siendo la medida personal más costoefectiva para combatir el cambio climático, y es el aporte individual más importante que se puede hacer para proteger el medio ambiente.

Además, según cifras de Oxford Store, este año se han vendido un 48% más de bicicletas que en 2019 en el periodo de junio-julio.

Existen diversas razones por las que hoy en día muchas personas eligen movilizarse en bicicleta: el medio ambiente, el ahorro de dinero, llevar una vida más saludable, evitar la congestión vehicular o llegar más rápido. Cualquiera sea el motivo, es un hecho que cada vez son más los ciclistas en el país.

Según CNN Chile, los viajes en bicicleta en Santiago se duplicaron entre 2012 y 2024, pasando de un 4% a un 7,8%, equivalente a 1,5 millones de desplazamientos diarios. Por ello, se están implementando políticas para facilitar el transporte en bicicleta. A inicios de 2025, se comenzó a trabajar en la construcción de la ciclovía urbana más grande de Chile, tratándose de 8 kilómetros desde Plaza Italia hasta Pajaritos.

Si bien el país se habilita para el uso de bicicleta, existe otro problema, y es que la convivencia entre autos y bicicletas no es muy buena. Son muchos los conductores que no respetan a los ciclistas, y también muchos los ciclistas que no cumplen con las normas de tránsito. Aunado a lo anterior, conforme a las cifras de Conaset, durante el año 2024, se registraron en el país 75.653.

La Ley de Convivencia Vial en Chile

Con estos antecedentes, fueron más de cien organizaciones sociales de ciclistas, peatones y familiares de víctimas de siniestros de tránsito las que impulsaron la Ley de Convivencia Vial. El pasado domingo 11 de noviembre entró en vigencia la Ley de Convivencia Vial que pretende regular el comportamiento de vehículos motorizados y no motorizados junto con los peatones.

En este contexto, se dictaron dos reglamentos que entraron en vigencia en 2021: la incorporación de 16 nuevas señales de tránsito al Manual de Señalización de Tránsito y un reglamento de ciclovías y elementos de seguridad de bicicletas.

Según Correa esta ley “ha permitido difundir las ventajas de desplazarse en bici, por lo que podría generar un aumento de ciclistas”, pero además ha mostrado el miedo existente entre los ciclistas por el hecho de circular por las calles. Conforme al representante de MFC, si bien esta nueva normativa ayuda a la convivencia vial, “la solución definitiva es la Educación Vial, que debería comenzar y ser continua desde la etapa escolar”.

Esta norma tiene en su marco una designación para aquellos transportes no motorizados y los cataloga como ciclos, que son vehículos con una o más ruedas manejados por una o más personas. Este tipo de medio de transporte debe circular exclusivamente por ciclovías y en caso de que esta no exista, deberá hacerlo por la calzada derecha de la calle.

Para los vehículos motorizados, si quieren adelantar a un o una ciclista podrán hacerlo tomando una distancia de 1,5 metros para prevenir accidentes, y en caso de que la vía no sea lo suficiente ancha, el o la conductora deberá bajar la velocidad y con suma precaución adelantar.

Nuevas Señales de Tránsito para Bicicletas

Estas nuevas señales de tránsito para ciclistas comenzaron a regir desde el 10 de marzo de 2021, y significan un gran aporte para la convivencia vial y para que los ciclistas puedan transitar más seguros:

  • Desmonte de ciclista: Esta señal se utiliza en pasos de cebra, pasos peatonales semaforizados, u otras vías peatonales que no sea para ciclistas, e indica que debes bajarte de la bicicleta y circular como peatón cuando el flujo peatonal sea intenso.
  • Velocidad máxima: Estas señales se utilizan en las zonas de tránsito calmado, para restringir la velocidad máxima.
  • Preferencia ciclista para cambiar de pista: Estas señales indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere cambiar de pista cruzando una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
  • Preferencia ciclista al virar derecha/izquierda: Indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere de virar pasando por una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
  • Zona 30 y Fin Zona 30: Informan que se está circulando por una vía o abandonando esta, que forma parte de una zona de tránsito calmado, en que la velocidad se ha limitado a 20, 30 o 40 km/h.
  • Ciclocalle: Esta señal se instala en ciclocalles, en las que la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/h.
  • Zona espera especial ciclos: Indican que, en un cruce semaforizado, los ciclistas pueden realizar partidas adelantadas.
  • Zona compartida peatones - ciclos: Esta señal indica que el espacio público es compartido por peatones y ciclistas.

Es importante destacar que estos elementos de seguridad no son exigibles cuando las características de la bicicleta impiden su instalación.

Consejos de seguridad vial para ciclistas

Reglamento de Ciclovías y Elementos de Seguridad

Entre las normas de tránsito para bicicletas, se encuentra este nuevo reglamento, añadido también a la Ley de Tránsito, que establece las características que deben tener las ciclovías, cómo deben desarrollarse los proyectos de creación de estas, y cuáles son las obligaciones de los ciclistas o quienes usan las ciclovías.

De esta forma, los ciclistas, para circular por las vías y ciclovías, deben cumplir con las siguientes normas de tránsito para bicicletas:

  1. Elementos obligatorios de seguridad de la bicicleta en Chile:
    • A lo menos un sistema de frenos.
    • Un foco en la parte delantera color blanco o amarillo, y una luz roja en la parte trasera, las que deberán mantenerse encendidas desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones lo requieran.
    • Huinchas o placas retrorreflectantes de color blanco en la parte delantera y de color rojo en la parte posterior. Y también en las partes laterales, ubicadas en las ruedas.
    • Un aparato sonoro que pueda emitir sonido de intensidad moderada.
  2. Elementos obligatorios de seguridad de los ciclistas:
    • Casco protector que cubra como mínimo la parte superior de la cabeza y que cuente con carcasa exterior, revestimiento para absorber impactos y sistema de retención (correa o elemento que asegura el casco a la cabeza).
    • Vestimenta o algún elemento que incorpore material retrorreflectante. Su ubicación es de libre elección, pero siempre debe estar visible, tanto de frente como por detrás. Esto debe ser portado desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones de visibilidad lo requieran.
  3. Transporte de personas en bicicleta:
    • Las bicicletas solo podrán usarse para llevar la cantidad de personas para la cual fueron diseñadas.
    • Si las características de la bicicleta lo permiten, podrá ser equipada con dispositivos adicionales para trasladar a mayor número de ocupantes. Estos dispositivos no deberán afectar el control y la maniobrabilidad de la bicicleta, ni exponer la integridad física de sus ocupantes.
  4. Transporte de niños en bicicleta en Chile: Los infantes solo podrán ser transportados en dispositivos adicionales que cumplan con las siguientes características:
    • Asientos adicionales: Podrán instalarse atrás o adelante del conductor, pero en ningún caso sobre el manubrio. Además, debe contar con apoyapiés que evite el contacto de las piernas del infante con las ruedas, respaldo que permita apoyar la espalda del infante cuando el asiento instalado esté atrás del conductor, arnés o algún sistema de retención equivalente.
    • Remolques: Deberán contar con elementos retrorreflectantes en ambos costados y en la parte posterior (aquí debe ser de color rojo), una luz roja en la parte posterior, arnés, cinturón o algún sistema de retención equivalente.
    • El dispositivo debe ser acreditado por el MTT: Para ello, se debe presentar una solicitud de acreditación.
  5. Transporte de carga en bicicleta: Se puede transportar carga en bicicletas, siempre y cuando no exista riesgo de caída y no interfiera con la maniobrabilidad. La carga no deberá impedir mantener ambas manos sobre el manubrio, ni el control de la bicicleta.
    • En caso de utilizar un remolque, este deberá contar con las mismas características de los dispositivos para transportar infantes. La carga no puede, en ningún caso, dificultar la visual directa ni el movimiento del ciclista.

Las Bicicletas en la Ley de Tránsito

Además, las nuevas normas de tránsito para bicicletas efectúan ciertas modificaciones en la Ley de Tránsito, quedando establecidas las siguientes reglas:

  • Artículo 222: ¿Pueden las bicicletas transitar por la vereda?
    1. Para la circulación en zonas urbanas, las bicicletas deben transitar por las ciclovías. A falta de estas, deberás transitar por la pista derecha de la calzada, excepto cuando:
      • Adelantes a otro vehículo.
      • El tránsito esté impedido.
      • Exista una pista de uso exclusivo de buses.
      • Debas virar a la izquierda.
    2. Las bicicletas pueden circular excepcionalmente por aceras, adecuando su velocidad a la de los peatones, y respetando en todo momento la preferencia de ellos, cuando no exista una ciclovía y solo en los siguientes casos:
      • Tratándose de ciclistas menores de 14 años o adultos mayores.
      • Tratándose de personas que circulen con niños menores de 7 años.
      • Tratándose de personas con alguna discapacidad, o con movilidad reducida.
      • Cuando las condiciones de la ciclovía o del clima hagan peligroso transitar por ella.

Además, si la circulación por la ciclovía o la calzada se ve imposibilitada, podrás usar la acera, respetando siempre la prioridad del peatón y su velocidad. Si el flujo peatonal es muy alto, deberás bajar de la bicicleta.

  • Al pasar por un cruce peatonal, debes detenerte antes del mismo y atravesarlo a velocidad reducida, respetando la prioridad del peatón. Y si el flujo peatonal es muy alto, debes descender de tu bicicleta y cruzar caminando.
  • Los peatones deben cruzar las ciclovías por los lugares señalizados y no pueden permanecer ni caminar por ellas.
  • Artículo 223: Los deberes de los ciclistas: La ley establece que los deberes de los ciclistas son los siguientes:
    • Conducir atento a las condiciones del tránsito, sin utilizar elementos que dificulten su visión y audición.
    • Conducir con al menos un sistema de frenos.
    • En caso de transportar menores de 7 años, el conductor debe ser mayor de edad.
    • En caso de utilizar un dispositivo de remolque para el transporte de personas, animales o mercancías, el conductor deberá ser mayor de edad.
  • Artículo 224: ¿Dónde puedes estacionar tu bicicleta?

    La Ley establece que las bicicletas deben estacionarse, preferentemente, en los lugares habilitados para ello, dejando espacio para la libre circulación de los peatones.

    Además, se establece que los estacionamientos de bicicletas son únicamente para este tipo de vehículo.

    Por otra parte, está prohibido estacionar, por cualquier medio, las bicicletas en:

    • Zonas reservadas para carga y descarga en la calzada.
    • Estacionamientos para personas con discapacidad.
    • Estacionamientos prohibidos.
    • Paradas de transporte público.
    • Pasos de peatones.

Normas que ya estaban en la Ley de Tránsito

Además, también se encuentran los siguientes artículos, que ya estaban en la Ley de Tránsito, o que fueron modificados:

  • Artículo 130: Los ciclistas no pueden transitar en grupos de más de dos en fondo, excepto en las vías destinadas al uso exclusivo de bicicletas.
  • Artículo 131: Se prohíbe a los ciclistas tomarse de otros vehículos que se encuentren en movimiento en las vías públicas.
  • Artículo 132: Ningún ciclista podrá transportar carga que le impida mantener ambas manos sobre el manubrio y el debido control de la bicicleta.
  • Artículo 138: Toda maniobra de viraje deberá ser previamente señalizada, con una anticipación mínima de 30 metros. La señalización debe ser por medio del brazo izquierdo o derecho, según el sentido del viraje, extendido horizontalmente.

Multas por no respetar las normas de tránsito para bicicletas

Si no respetas las normas que te acabamos de detallar, estarás cometiendo una falta a la Ley de Tránsito, lo que significa que puedes ser multado.

Por infracciones de tránsito como no usar casco, o no respetar a los peatones, arriesgas multas de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $13.853 y $34.633 de acuerdo con el valor de la UTM de septiembre de 2025 ($69.265). Como se trata de faltas calificadas como leves, el monto de tu multa puede ser rebajado si realizas el pago en los primeros días de obtener la infracción o apelando en tu citación con el Juez de Policía Local, entregando tus argumentos para bajar o eliminar la multa. Si no acudes a tu cita, serás considerado culpable.

Con estos cambios en las leyes y las vías para bicicletas, ya puedes circular cada vez más tranquilo si eres ciclista.

Checklist para andar en bicicleta de manera segura

  1. Asegúrate de comprobar su correcto funcionamiento antes de salir de casa, sobre todo en horas próximas al anochecer, ya que es obligatorio su empleo 30 minutos después de la puesta del sol.
  2. Otro elemento que se necesita para andar en bicicleta de manera segura, son bandas reflectoras que se colocan en las ruedas, debajo del asiento y en los pedales.
  3. Para cerrar tu checklist, debes tener un aparato sonoro que emita sonidos de intensidad modera.
  4. Verifica tanto la presión del aire como su estado en general que puede verse afectado por el desgaste cotidiano.
  5. Ten en cuenta que suelen tener una vida útil de entre 3 mil y 10 kilómetros.
  6. Un freno mal ajustado puede generar roces con el disco o el neumático, lo que haría más exigente tu desplazamiento y podría causar errores en su funcionamiento. Da la vuelta a tu bicicleta y gira las ruedas para comprobar que se detienen libremente y sin ninguna fricción, también revisa el estado de las pastillas de freno y la tensión del cableado para mayor seguridad.
  7. Siempre conduce por la ciclovía, pero en caso de no existir, tienes que desplazarte por la calle.

Según el Informe Final de la Encuesta Nacional de Medio Ambiente 2018, el automóvil es el medio de transporte más utilizado en Chile, dejando en sexto lugar a la bicicleta con un 7%. Conforme a un estudio de la cartera Medio Ambiental de Chile, un automóvil produce en promedio 0,4 kg de CO2 por kilómetro, mientras que la bicicleta sólo produce 0,013 kg de CO2 por la misma longitud.

Calculando un recorrido de ida y regreso de 15 km, una bicicleta emite 0 kg de c02, mientras que una 4×4 puede emitir hasta 9kg de c02.

Uno de los países que es pionero y referente en el uso de la bicicleta es Holanda, que tras un fuerte movimiento social que abogaba por la alta tasa de muerte de niños en accidentes automovilísticos a inicio de los 70’s y que se tomaba las calles para que ellos pudiesen jugar. Según consigna La Tercera, dentro de la Región Metropolitana existe una diferencia de hasta 8 veces en el presupuesto municipal per cápita.

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