Normativa de Semáforos para Bicicletas y Ciclomotores en España

Conocer bien las normas y señales de circulación, así como cumplirlas, es fundamental para evitar accidentes. Muchos usuarios eligen la bicicleta como medio de transporte en las vías públicas, y su uso continuo contribuye a prevenir numerosas enfermedades gracias al ejercicio aeróbico que implica.

La nueva modificación del Reglamento de la Circulación, que entró en vigor el 1 de Julio de 2025, trae consigo cambios importantes en la normativa aplicable a bicicletas y ciclomotores, especialmente en lo que respecta a la señalización semafórica. En esta entrada, nos centraremos en los semáforos destinados a estos vehículos y las regulaciones que deben seguir.

Las bicicletas son consideradas como vehículos en el Reglamento General de Circulación (RGC) y, como tal, deben cumplir con el conjunto de obligaciones y reglas establecidas en la normativa vigente, como los demás vehículos que circulan por la ciudad o la carretera, teniendo en cuenta que son usuarios vulnerables, justo después de los peatones.

Cambios en la Redacción del Reglamento de Circulación

En la nueva redacción del Reglamento de la Circulación, que entró en vigor el 1 de Julio de 2025, estos semáforos ya solo están destinados a ciclos. Recordemos que el ciclo engloba las bicicletas, los triciclos, etc. y lógicamente, propulsados por la energía muscular exclusivamente, mediante el uso de pedales.

Recordemos que en las anteriores redacciones del reglamento de la circulación, los semáforos con siluetas de bicicletas no solo iban dirigidos a las propios ciclos, también estaban dirigidos a los ciclomotores, dado que se interpretaba que el ciclomotor venía a ser un híbrido entre una bicicleta y una motocicleta.

Obligaciones y Reglas para Ciclistas

Como norma general, las personas que conducen una bicicleta o la llevan de la mano deben atenerse a lo que establece el Reglamento General de Circulación (R. D. 1428/2003) en su conjunto.

A partir de esta información, explicaremos en palabras claras y de manera exhaustiva lo que establece el Reglamento General de Circulación en torno a la bicicleta.

Uso del Casco

En ciudad es obligatorio para los menores de 16 años; para los adultos es sólo recomendable, aunque está previsto que sea obligatorio cuando llegue la reforma del RGC prevista para 2026.

En las vías interurbanas, hay que utilizar un casco homologado o certificado para ir en bicicleta. Si llevamos un niño en la sillita, éste también tiene que ir con casco.

También exime un certificado médico oficial. Este certificado médico de exención de utilizar casco para ciclistas debe serlo por razones médicas graves y ha de cumplir una serie de requisitos que el Reglamento especifica así: "Este certificado deberá expresar su período de validez y estar firmado por un facultativo colegiado en ejercicio. Hay que llevar consigo el certificado médico de exención, y enseñarlo cuando lo pida el agente de tráfico.

Alumbrado y Reflectantes

Por la noche o en condiciones de poca luz, cuando las condiciones meteorológicas reduzcan la visibilidad, es obligatorio el uso de elementos reflectantes homologados que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.

Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, deberás llevar una prenda reflectante si circulas por vías interurbanas.

En las vías interurbanas, además del alumbrado hay que llevar colocada "alguna prenda reflectante" visible a 150 metros.

Prioridad de Paso y Circulación en Grupo

Al circular en grupo, la prioridad de paso del primer ciclista en un cruce o una rotonda se aplica por extensión también al resto del grupo, como si fuera un solo vehículo.

Un grupo de ciclistas o dos circulando en paralelo no están obligados a romper en fila de a uno cuando un coche adelanta en sentido contrario sino, todo al contrario, ahora es el automovilista quien tiene que ajustar su maniobra a la presencia de ciclistas.

Tasas de Alcoholemia

Sin alcohol. Los ciclistas están obligados, como el resto de conductores, a someterse al test de alcoholemia si lo requiere un agente. Estas son las tasas de alcoholemia permitidas y las multas si las incumples.

Seguro de Responsabilidad Civil

Las bicicletas tradicionales y e-bikes normales no tienen la obligación legal de contratar un seguro de responsabilidad civil para circular en vías públicas en España en 2026, aunque siempre es recomendable tenerlo contratado para estar cubierto en caso de accidente.

Las bicicletas eléctricas con un motor superior a 250 W que puedan superar los 25 km/h con asistencia al pedaleo (que incluyan acelerador) sí que están obligadas desde 2026 (Ley 5/2025) a tener un seguro de responsabilidad civil ya que no se consideran bicicletas y se equiparan con los ciclomotores.

Circulación

Siempre mejor por el carril bici.

Si existe una vía para ciclistas: debemos circular por ella.

Si no hay carril bici u otra vía ciclista, debemos usar el arcén de las carreteras, pero el arcén ha de ser transitable y suficiente para la circulación de bicicletas. El Reglamento General de Circulación prohíbe la circulación de toda clase de vehículos por las aceras y demás zonas peatonales.

En autovía (señalizada como tal), solamente pueden ir ciclistas mayores de 14 años, y siempre por el arcén.

Los VMP deberán circular obligatoriamente por carriles bici, vías ciclistas o lugares específicos destinados para ello. En el caso de las bicicletas, el casco no será obligatorio, ya que actualmente no lo marca así la normativa estatal vigente, aunque sí deberán llevarlo puesto los menores de 16 años que sean transportados en bici.

Cuando circulen por calzada lo harán preferentemente por el carril de la derecha, o por el contiguo al reservado a otros usos y por el centro del carril. Estos vehículos tienen prohibido circular por las aceras, vías o zonas peatonales.

Pasajeros

Pasajeros de hasta 7 años. Sólo puedes llevar niños que no superen esa edad en un asiento adicional homologado.

Otras Recomendaciones

Avisa de que vas a frenar fuerte. Si un ciclista realiza una frenada de emergencia, debe mover el brazo arriba y abajo para alertar a los demás conductores, ya que las bicicletas no tienen luces de freno, como otros vehículos a motor.

Sitúate sobre el cuadro y asegúrate de que puedes apoyar los pies en el suelo. Puedes añadir catadióptricos amarillo auto en los radios de las ruedas.

Un buen mantenimiento puede librarte de algún accidente. Lo principal es fijarnos en la presión de las ruedas, si la presión varía de un día para otro posiblemente es que la cámara tenga una fuga o pinchazo, en ese caso debes sustituirla.

Lo primero que debemos hacer es señalizar con suficiente antelación.

Prohibiciones

Móvil y auriculares.

Saltarse un semáforo. Una práctica relativamente común de algunos ciclistas urbanos.

Circulación en un paso de peatones. No puedes cruzar estos pasos subido en la bicicleta, debes hacerlo a pie.

Señalización Vial

Es decir que en los carriles bici que lleven esta señal ya no pueden circular ciclomotores.

Un carril bici en una calzada con varios carriles (técnicamente se trata de una vía ciclista separada, adosada a la calzada) queda señalizado con el símbolo de una bicicleta sobre la flecha del carril correspondiente.

Una señal circular con borde rojo y la silueta de una bicicleta sobre fondo blanco indica que se prohíbe el acceso a bicicletas y otros ciclos.

Los semáforos para ciclistas (con la silueta de la bicicleta) se refieren no solamente a bicicletas y otros ciclos, sino también a ciclomotores. Una franja en diagonal da el paso libre hacia el lado que indica, derecha o izquierda.

Las marcas viales del paso ciclista no son nuevas. Se trata de una doble fila de cuadrados blancos que atraviesa la calle o carretera. Para señalizar sobre el pavimento una vía ciclista o senda ciclable, se utiliza una plantilla con la silueta de una bicicleta en perspectiva, de color blanco.

Las zonas de exclusión de vehículos en la vía, o sea el cebreado enmarcado en un borde, no se aplican a los ciclistas y a otros vehículos obligados a circular por el arcén.

Se institucionaliza la bandera roja y bandera verde para cerrar la carretera al tráfico de otros vehículos, por ejemplo en el caso de una marcha ciclista.

Velocidad Máxima Permitida

La velocidad en carriles bici con segregación física queda limitada a 25 km/h, sin perjuicio de que con señalización se puede establecer una limitación a una velocidad menor e independientemente de las limitaciones que por construcción tengan bicicletas y VMP.

En vías ciclistas situadas a la misma cota que la acera (acera-bici), la velocidad máxima será de 20 km/h.

En carriles bici protegidos, la velocidad máxima será de 30 km/h, siendo necesario pasar a circular por la calzada en velocidades superiores.

Definiciones de Vía

  • Vía urbana: Es cualquier calle, plaza, etc.
  • Vía interurbana: Es cualquier carretera, pista, vía verde o camino fuera de la zona delimitada por las señales "Entrada a poblado" y "Fin de población".

La señal redonda azul con la silueta blanca de una bicicleta en medio señala una vía ciclista, obligando a los ciclistas a usar esta vía y prohibiéndola a todos los demás vehículos.

CONSEJOS PARA CICLISTAS 🚴🏻‍♀️ | Seguridad Vial

Tabla Resumen de Obligaciones y Recomendaciones para Ciclistas

Aspecto Obligación/Recomendación
Casco Obligatorio para menores de 16 años en ciudad; recomendable para adultos en ciudad; obligatorio en vías interurbanas
Alumbrado y Reflectantes Obligatorio en condiciones de poca luz y en vías interurbanas
Tasas de Alcoholemia Obligatorio someterse a pruebas si lo requiere un agente
Seguro Recomendable para bicicletas tradicionales; obligatorio para e-bikes de alta potencia
Circulación Preferentemente por carril bici o arcén; prohibido en aceras
Pasajeros Máximo un niño menor de 7 años en asiento homologado

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