Desde el 31 de diciembre, ha entrado en vigor un nuevo Real Decreto 1055/2015 que modifica la normativa sobre el transporte de pasajeros en ciclomotores en España. Este cambio normativo, aprobado el pasado 21 de noviembre, elimina la restricción de edad mínima para llevar pasajero en un ciclomotor, permitiendo a los conductores con carnet AM, a partir de los 15 años, transportar acompañantes.
Este cambio en la legislación responde a una infracción por parte de España al no haber traspuesto correctamente la directiva 2006/126 del permiso de conducir.
Detalles de la Modificación
En concreto, se elimina la norma 2.f) y se modifica el apartado 2.a) del artículo 4 del Reglamento General de Conductores. El artículo 4 queda redactado de la siguiente forma:
“El permiso de conducción de la clase AM autoriza a conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlos será de 15 años”.

Recomendaciones de la DGT
A pesar de la eliminación de la norma que prohibía a los menores de 18 años transportar pasajeros, la DGT (Dirección General de Tráfico) recomienda mucha precaución a los menores de edad. Esto se debe a que la conducción no es igual llevando un pasajero, ya que el peso del vehículo aumenta considerablemente.
Igualmente, se aprovecha para recordar la peligrosidad de transportar menores en este tipo de transportes. Al no existir sistemas de retención especializados, los menores van menos protegidos y el riesgo de recibir daños en caso de accidente aumenta considerablemente.
Carnet AM: ¿Qué Permite Conducir?
El carnet AM es con el que muchas personas se inician en la experiencia motera. Este permiso habilita a pilotar:
- Ciclomotores de 2 ó 3 ruedas y cuadriciclos ligeros.
En septiembre de 2010 se cambió la normativa para elevar a 15 años la edad para pilotar estas máquinas lo que, unido a la limitación para llevar pasajeros en ciclomotores, tuvo un impacto negativo en la venta de este tipo de moto.
Otros Permisos de Conducción para Motocicletas
Además del carnet AM, existen otros permisos de conducción para motocicletas, que permiten conducir diferentes tipos de vehículos:
- Motos de hasta 125cc: 11Kw (15cv) y relación potencia/peso no superior a 0,1 Kw/Kg.
- Triciclos de hasta 15kw (20cv).
- Motos de hasta 48 CV: o motos limitadas que en su versión libre no sobrepasen los 96 CV.
- Todo tipo de motocicletas, triciclos y cuadriciclos: Para llevar vehículos de más de dos ruedas, es necesario haber cumplido los 21.
- Motos hasta 125cc, triciclos de motor de 15kW (20cv), vehículos de 3 ruedas y Quads: Debes haber obtenido el carnet de coche al menos hace 3 años.
