Normativa de Patinetes Eléctricos en España: Guía Completa para Circular con Seguridad

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) han transformado la forma de desplazarnos por la ciudad, ofreciendo una alternativa ágil para trayectos cortos. Sin embargo, su rápido auge ha hecho necesaria una regulación clara para garantizar la seguridad de todas las personas. En este artículo explicaremos a fondo la normativa para el patinete eléctrico, las reglas de circulación y los cambios legislativos más recientes. La regulación de estos vehículos está en constante evolución. A medida que ganan popularidad, las autoridades adaptan las leyes para integrar su uso en la convivencia urbana.

¿Qué son los VMP?

Son vehículos de una o más ruedas, con una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.

Normativa General y Municipal

La legislación del patinete eléctrico en nuestro país parte de un marco común establecido por la Dirección General de Tráfico (DGT). Este organismo define qué es un VMP y las condiciones técnicas básicas. Cumplir con la normativa del patinete eléctrico a nivel estatal es el primer paso, pero no el único.

APRENDE A CIRCULAR con PATINETE eléctrico y evita ERRORES FATALES

Aquí reside la mayor complejidad: la normativa del patinete eléctrico es una competencia compartida. Por ello, aunque utilices servicios de movilidad eléctrica compartidos o tengas tu propio vehículo, siempre debes consultar la ordenanza de tu ciudad.

La base normativa estatal es común, pero los municipios pueden regular aspectos clave en su ámbito: por ejemplo, por qué carriles o calles pueden circular, dónde se puede aparcar, limitaciones en carriles bici, etc. En los ayuntamientos en que no hay Ordenanza específica VMP, rige esa normativa nacional y, por tanto, podemos circular por TODAS las calzadas urbanas.

Ejemplos de Regulaciones Municipales

  • Sevilla: Se mantiene la prohibición de circulación por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos. Se mantiene la edad mínima para circular en 15 años.
  • Barcelona: Los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h. Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h. En cualquier caso, no podrán sobrepasar los 25 km/h.
  • Vitoria-Gasteiz: Puedes circular por cualquier calzada urbana y por cualquier vía ciclista. No puedes circular por aceras ni espacios peatonales ni si eres menor de 15 años. El casco es obligatorio, pero no necesitas ningún requisito más para circular.

Edad Mínima y Equipamiento Obligatorio

La edad mínima para conducir un patinete eléctrico en España es de 16 años, según la DGT. Aunque hay determinadas provincias que pueden tener sus propias ordenanzas municipales. Por ejemplo en Guadalajara y en Albacete se ha fijado la edad mínima en 15 años, por lo que te recomendamos que ante cualquier duda consultes siempre las ordenanzas municipales.

En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. Recuerda que el uso del casco puede reducir hasta en un 85% el riesgo de lesiones graves en la cabeza en caso de accidente!

Certificado de Circulación y Homologación

Recientemente, la nueva normativa del patinete eléctrico ha introducido un cambio sustancial: la obligatoriedad del certificado de circulación. Esta medida busca armonizar la normativa patinete eléctrico para evitar la venta de aparatos trucados o inseguros.

Desde enero del 2024, solo pueden venderse patinetes eléctricos certificados por la DGT (placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete (velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación). Pero ¿Qué ocurre con los patinetes vendidos antes del 22 de enero de 2024? La nueva normativa incluye que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.

Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.

Requisitos Técnicos para Circular Legalmente

Para que tu patinete eléctrico pueda circular legalmente por las vías públicas, debe cumplir una serie de requisitos técnicos:

  • Certificado de circulación: Los modelos comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deben contar con certificación (certificado de circulación emitido tras ensayos por laboratorio autorizado de la DGT). Deben tener una placa marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de un modo claramente visible.
  • Velocidad máxima: La velocidad máxima permitida para un patinete eléctrico es de 25 km/h. Superar este límite se considera una infracción grave.
  • Luces: Tu patinete debe estar equipado con luces delanteras y traseras para asegurar la visibilidad, especialmente durante la noche o en condiciones de baja luminosidad. Catadióptrico frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o amarillo) y traseros (rojo).
  • Sistema de frenado: Asegúrate de que esté en buen estado, ya que debe ser eficaz para garantizar la seguridad. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
  • Tamaño y peso del vehículo: Altura máxima de 1400 mm, anchura máxima de 750 mm y una longitud máxima de 2000 mm.
  • Potencia nominal del motor: No debe superar los 1000 W para los vehículos sin autoequilibrado y los 2500 W para aquellos que lo tienen.

Realizar modificaciones técnicas en el patinete, alterando las características de fabricación del vehículo, ya sea la altura, velocidad máxima o potencia, hará que el VMP deje de cumplir con los requisitos marcados y, por tanto, no será legal su circulación.

Seguro Obligatorio

Sí, a partir del 2026, será obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para los patinetes eléctricos en España. Pero, debemos de tener en cuenta que, aunque la obligatoriedad del seguro entrará en vigor en 2026, algunas ciudades podrían implementar regulaciones específicas antes de esa fecha, por lo tanto, te recomendamos estar atento y atenta a las disposiciones locales. En julio de 2025 entró en vigor la Ley de Seguros de Automóviles en la que se define lo que es un vehículo personal ligero y que a partir de enero de 2026 ya es obligatorio que los patinetes eléctricos tengan un seguro de responsabilidad civil en España.

Dónde Puedes y No Puedes Circular

Circular por las zonas habilitadas: los patinetes eléctricos tienen prohibido circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesías, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Solo puedes circular por vías urbanas, no por vías interurbanas. Puedes circular por cualquier calzada urbana y vías ciclistas (ver matizaciones sobre vías ciclistas).

La normativa impide a los patinetes eléctricos circular por:

  • Aceras y zonas peatonales.
  • Vías interurbanas.
  • Travesías.
  • Autopistas.
  • Autovías.
  • Túneles urbanos.

En caso de saltarse estas prohibiciones, el conductor del patinete eléctrico puede ser sancionado con cuantiosas multas, ya que transitar con patinete eléctrico por zonas prohibidas puede costar hasta 200 euros.

Estacionamiento de Patinetes Eléctricos

Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos.

Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos. Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.

Prohibiciones y Sanciones

Se mantiene la prohibición de conducir utilizando auriculares, sistemas de audio, teléfonos móviles o cualquier dispositivo de comunicación. Queda prohibido estacionar en aceras y zonas peatonales, así como anclarlos a elementos del mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas.

Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.

Ejemplos de Sanciones en Sevilla

  • Leves: Estacionar en aceras, zonas peatonales, así como anclarlos a mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas.
  • Graves: Circular sin cumplir la edad mínima de 15 años, no utilizar el casco de protección obligatorio abrochado o chaleco reflectante, y circular por vías ciclistas con un patinete cuya potencia exceda de 250 W.
  • Muy Graves: Circular con un patinete manipulado o alterando las características técnicas o en los elementos regulados por el Manual de Características Técnicas.

Transporte Público y Patinetes Eléctricos

La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.

RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.

Conductas Peligrosas y Denuncias

Si has sufrido algún tipo de acoso en calzada o una conducta que ha puesto en peligro tu integridad, puedes considerarte una víctima de violencia vial. Es importante denunciar estos comportamientos peligrosos. Tu acción contribuirá en la lucha para erradicar estas conductas que, incluso, podrían ser delitos contra la seguridad vial (vía penal), para que no le ocurra a otras personas (o de nuevo contra ti).

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