El uso de motos eléctricas ha experimentado un auge significativo en Chile, impulsado por la búsqueda de alternativas de transporte más eficientes y ecológicas. Sin embargo, es crucial conocer los requisitos legales para circular con estos vehículos. Bajo el lema “EsMoto”, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ha lanzado una campaña para crear conciencia sobre la responsabilidad al conducir motos de baja cilindrada (menor o igual a 50 cc) o eléctricas con potencia superior a los 250 watts.
Según datos del Servicio Nacional de Aduanas, el ingreso de este tipo de vehículos ha aumentado considerablemente en los últimos tres años, con un crecimiento del 595% en las motos de cilindrada igual o menor a 50 cc.
La ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt, destacó la importancia de informar a los usuarios sobre la documentación necesaria para conducir estas motos, con el fin de garantizar la seguridad vial y prevenir accidentes. A su vez, la secretaria de Estado recalcó que “es importante que los vendedores de estas motos entreguen información clara respecto a la documentación que necesitan las personas para poder conducirlas: vale decir, licencia Clase C, permiso de circulación y que la moto haya sido homologada debidamente”.
La Secretaria Ejecutiva de la Conaset, Johanna Vollrath, añadió que se está educando a los conductores sobre la importancia de informarse sobre los requisitos necesarios para transitar con estas motos, incluyendo la licencia de conducir clase C y la placa patente del vehículo.
En lo que va del año, se han realizado 5.959 controles a motos particulares, lo que implica un 90% de aumento respecto de todo el año 2020. Además, durante este periodo se han cursado 2.159 infracciones y se han retirado 345 vehículos de este tipo por no portar la documentación necesaria, lo que se traduce en un incremento de 89% y 1.542%, respectivamente, comparado con 2020.
Las autoridades también precisaron que conducir un vehículo motorizado sin permiso de circulación, SOAP, Placa Patente Única, y/o revisión técnica o certificado de homologación, contempla una infracción grave que va entre 1 y 1,5 UTM, es decir, entre $52.000 y $78.000, aproximadamente.
El uso de este tipo de transporte, que ya es tendencia en nuestro país, deja grandes interrogantes por resolver en materias de regulación y seguridad. En general, quienes optan por scooters eléctricos u otros vehículos alternativos, lo hacen para evitar la congestión vehicular, el pago de patente, los permisos de circulación, disminuir la contaminación, entre otros.
Ver y convivir con usuarios de estos medios eléctricos es cada vez más común, y hoy ya son una tendencia en el rubro del transporte urbano. Desde una importadora de scooters situada en la avenida Francisco Bilbao, que prefirió no identificarse, aseguran haber experimentado un importante aumento de ventas en los dos últimos años, respecto a los casi siete que llevan en el mercado. Por su parte, desde la tienda “La Ciclovía”, mencionan que las ventas también se han proyectado en comparación con años anteriores, principalmente por lo que trajo consigo la pandemia del coronavirus. Afirman que muchas personas han preferido esta opción debido “al temor de estar en contacto físico con desconocidos, por ejemplo, en micros o metro, por lo que optan por vehículos de uso personal que estén al alcance de sus bolsillos, y no sea necesariamente un auto u moto”.
¿Qué documentos necesita una moto eléctrica en Bogotá y Colombia?
Requisitos Específicos para Motos Eléctricas
Si estás considerando adquirir o ya posees una moto eléctrica, es fundamental que conozcas los requisitos específicos para circular legalmente en Chile:
- Licencia de Conducir Clase C: Obligatoria para motos eléctricas con una potencia superior a 0,25 watts.
- Patente: Necesaria para identificar el vehículo.
- Permiso de Circulación: Debe renovarse anualmente.
- SOAP: Seguro Obligatorio de Accidentes Personales.
- Revisión Técnica: Para asegurar que el vehículo cumple con los estándares de seguridad.
Para conocer el tipo de licencia también dependerá de si tu motor mosquito es eléctrico o utiliza gasolina. En el primer caso, siempre y cuando su potencia no supere los 0.25 watts, puedes conducir sin licencia ni patente. Si el motor usa bencina u otro tipo de gasolina, no importa la cilindrada, necesitas sacar patente, permiso de circulación, SOAP y Revisión Técnica, además de contar con una licencia de conducir clase C.
¿Cómo obtener el Permiso de Circulación 2025 para tu Moto Eléctrica?
Todas aquellas motocicletas que circulan por vías públicas tienen el deber de obtener año a año su permiso de circulación y 2025 no es la excepción.
Para obtener el Permiso de Circulación 2025, necesitarás:
- Permiso de Circulación del año pasado.
- Revisión técnica y de gases al día.
- No contar con ninguna multa sin pagar.
Si no cuentas con toda esta documentación y exigencias, no podrás sacar tu Permiso de Circulación 2025.
El monto Permiso de Circulación 2025 de una moto depende de su avalúo fiscal, el cual entrega el Servicio de Impuestos Internos vía Internet.
El Permiso de Circulación 2025 de autos y motocicletas tiene como fecha límite el 31 de marzo. La primera cuota se cancela antes del 31 de marzo, mientras que la segunda tiene como fecha de pago el 31 de agosto.
Los SOAP de las motos, son muchísimo más caros que los de automóviles e incluso algunos vehículos comerciales. A mayor riesgo para la compañía, mayor costo del seguro. Este 2025, los precios están alrededor de los $40 mil pesos.
El Permiso de Circulación 2025, ya sea de auto o moto, se saca en cualquier Municipalidad a lo largo del país. La gran mayoría de las municipalidades cuenta con sistemas de pago online. Si deseas cambiarte a otra, debes pedir el traslada a la comuna donde quieres cancelar este 2025. Si dicha municipalidad lo permite, podrás hacerlo por Internet.
Si tu motocicleta es nueva y se trata de la primera vez que sacar el Permiso de Circulación, puedes hacerlo en cualquier comuna del país.
Por circular sin Permiso de Circulación al día, se se te multará con una suma que va entre las 1 y 1,5 UTM, $61.950 y $92.950 aproximadamente según el valor de la UTM en Enero de 2025.
Si llevas años sin pagar tu Permiso de Circulación, puedes regularizarlo y así obtener el correspondiente al año 2025. Lo máximo que pueden cobrarte es lo correspondiente a los permisos de los últimos 3 años, ya que las deudas por el Permiso de Circulación prescriben pasado ese tiempo, por lo que si, por ejemplo, debes 5 ó 10 años, solo tendrás que pagar por 3. Además, debes pagar las multas de tránsito pendientes y el SOAP correspondiente a 2023.
¿Puedo pagar el permiso de motos en cuotas?
Sí, puedes pagar el Permiso de Circulación de tu moto en cuotas. La primera cuota vence el 31 de marzo; mientras que la segunda cuota se paga antes del 31 de agosto del mismo año en curso.
Si es que no pagaste dentro del primer plazo la primera cuota, ya no podrás optar al pago parcelado y, además, deberás pagar intereses por mora y eventualmente, una multa Grave que va entre 1 y 1,5 UTM. Es decir, entre $67.429 y $101.143, según el valor de la UTM en enero de 2025.
¿Cuáles son los requisitos para pagar el permiso de circulación de motos?
Los requisitos para el pago del Permiso de Circulación para motos son:
- Tener el SOAP para motos vigente
- Permiso de Circulación de tu moto anterior pagado, idealmente en la misma comuna.
- Revisión Técnica de la moto al día.
- No tener multas ni situaciones pendientes de pago vinculadas a la moto.
Si pagas el primer permiso de circulación de tu moto, debes tener los siguientes documentos:
- La factura vehicular.
- El certificado de homologación.
Como te mencionamos al principio, puedes pagar el Permiso de Circulación en cualquier municipalidad de Chile. Decimos que idealmente en la comuna donde se pagó antes, porque si no, tendrás que solicitar el traslado del permiso de la moto hacia la comuna donde quieres pagarlo.
A la vez, algunas municipalidades de Chile permiten pagar el Permiso de Circulación para motos vía internet.
Regulación de Scooters Eléctricos
En los últimos años, las calles y veredas se han llenado de bicicletas y scooters eléctricos, los cuales están en un área gris de la ley, ya que las personas no saben si se consideran vehículos motorizados que requieren una licencia de conducir clase C.
¿Es necesaria una licencia de conducir para usar una bicicleta eléctrica?
La respuesta se ajusta a las características de cada modelo de bicicleta a motor, ya todo depende de la potencia de este y la velocidad que pueden alcanzar.
¿Qué tipo de bicicletas eléctricas requieren licencia de conducir y patente?
La nueva Ley de Convivencia Vial, establece dos tipos de vehículos: Los motorizados y los ciclos. Los primeros engloban a los automóviles y motos, etc., mientras que los segundo considera a bicicletas, skates, patines y scooters, incluyendo los con motor siempre y cuando cumplan ciertas condiciones.
Una bicimoto con motor de 49 cc y cuya velocidad máxima al ser impulsada exclusivamente con su motor no sea de más de 25 kilómetros por hora, está sujeta a las mismas reglas que regulan a las bicicletas. Es decir, puedes usarla en una ciclovía y no no necesitas licencia de conducir. Si incumples alguna de las normativas exclusivas para bicicletas u otros ciclos, pueden sacarte una multa.
Un scooter o bicicleta con motor, es considerado un ciclo siempre y cuando su velocidad máxima no sea superior a los 25 kilómetros por hora y, la potencia del motor sea igual o inferior a los 250W.
Tipos de licencia de conducir según el scooter o bicimoto a manejar
Si una bicicleta eléctrica supera los límites legales, no importa si venía con motor o este se añadió después, es considerada como un vehículo motorizado y, por ende requiere no solo de una licencia de conducir clase C, sino que también deberá llevar una placa patente, contratar el SOAP para motos y pagar anualmente el permiso de circulación.
Todo depende de si tu moto utiliza gasolina o es eléctrica. En el primer caso y por más que su motor sea de 49 cc, necesitas una licencia clase C, patente, permiso de circulación, revisión técnica y SOAP. En cambio y si su motor es eléctrico, se le considera un ciclo, por lo que no requieres licencia u otro tipo de documentos.
Así pues, para conducir una moto eléctrica cuyo motor tenga una potencia superior a los 0,25 watts, necesitas obligatoriamente una licencia de conducir clase C, además de patente, permiso de circulación, SOAP y Revisión Técnica.
Asimismo, las bicicletas con motor que entren dentro del concepto de motorizado, no podrán circular por las ciclovías, solo por las calles en los mismos espacios que usan autos y motos, además de regirse por las mismas reglas. Si la bicicleta apaga su motor y solo se impulsa por pedaleo, puede usar ciclovías.
La velocidad máxima no considera la que se alcanza cuando la persona pedalea, por lo que una bicicleta eléctrica cuyo motor se desactive una vez llegada a esa velocidad y, sea el mismo individuo el que la pueda superar pedaleando, sigue siendo considerada un ciclo y por ende no requiere patente, SOAP o licencia de conducir.
¿Los scooters eléctricos pueden circular por la vereda?
Los scooters eléctricos entraron con fuerza en el último tiempo y, no son pocos los accidentes que involucran a peatones golpeados por estos vehículos con motor que circulan por las aceras.
Pero ¿Los scooters eléctricos pueden ir por la vereda? La ley los considera como ciclos, por lo que deben circular por las ciclovías o, de no existir, por la calle con las mismas indicaciones que se aplican a las bicicletas.
La Ley de Convivencia Vial, hace algunas excepciones que permiten a los ciclos andar por la vereda y que se relacionan con quien los conduce. Estas son:
- Niños menores de 14 años
- Adultos mayores
- Adulto que acompaña a un niño menor de 7 años
- Personas discapacitadas
Otra excepción es si, por el clima o malas condiciones de la calle o ciclovía, se hace peligroso andar por ellas.
Extravío del C.H.I. antes de obtener el Permiso de Circulación
En caso de extravío del C.H.I. (original y sus 3 copias), se debe proceder a la emisión de un nuevo C.H.I. Para ello, se requiere:
- Constancia de carabineros de Chile de la pérdida del C.H.I. (original y sus 3 copias) y debe indicar: MARCA, MODELO, NÚMERO DE CHASIS, NUMERO DE MOTOR, AÑO, COLOR Y P.P.U.
- Declaración jurada* ante notario y realizada por la persona que se indica en el Certificado de Anotaciones Vigentes, informando la fecha de extravío del C.H.I. y debe indicar: MARCA, MODELO, NUMERO DE CHASIS, NUMERO DE MOTOR, AÑO, COLOR Y P.P.U. (si corresponde).
Tabla Resumen de Requisitos
| Tipo de Moto Eléctrica | Licencia | Patente | Permiso de Circulación | SOAP | Revisión Técnica |
|---|---|---|---|---|---|
| Potencia ≤ 0,25 kW y Velocidad ≤ 25 km/h | No requiere | No requiere | No requiere | No requiere | No requiere |
| Potencia > 0,25 kW o Velocidad > 25 km/h | Clase C | Requerida | Requerido | Requerido | Requerida |
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