Normativa para Patinetes Eléctricos en Mallorca: Guía Completa y Actualizada

El uso de patinetes eléctricos ha experimentado un crecimiento significativo en los últimos años, especialmente en ciudades como Palma de Mallorca. Ante esta popularidad, las autoridades han implementado diversas regulaciones para garantizar la seguridad vial y la convivencia cívica. A continuación, se presenta una guía completa y actualizada sobre la normativa vigente para patinetes eléctricos en Mallorca.

Regulación Municipal en Palma de Mallorca

El Ayuntamiento de Palma ha aprobado la nueva Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica, que incluye medidas específicas para regular el uso de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Esta normativa tiene como objetivo combatir el incivismo y promover una ciudad más segura y ordenada.

Normas Específicas para Usuarios de Patinetes Eléctricos

Una de las modificaciones más importantes es la prohibición de circular por aceras, plazas, jardines y otras zonas peatonales. El incumplimiento de esta norma puede conllevar sanciones de hasta 500 euros.

Además, los conductores de patinetes eléctricos deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros.
  • El uso obligatorio de casco y chaleco reflectante homologado para mejorar la visibilidad.
  • Mantenerse de pie sobre el vehículo, con ambos pies apoyados en la plataforma durante todo el trayecto.

Limitaciones de Velocidad y Zonas de Circulación para los VMP

La nueva ordenanza establece restricciones claras sobre las velocidades y los lugares por donde podrán circular los VMP:

  • Pueden circular por calzadas limitadas a 30 km/h.
  • Por calles con límite igual o inferior a 40 km/h.
  • En carriles bici, con un límite de 10 km/h.
  • En carriles entre aparcamiento y acera, con un límite de 15 km/h.

En cualquier caso, la velocidad máxima no podrá superar los 25 km/h. Además, la edad mínima para conducir un patinete se establece en 16 años, o 15 años si se posee el carné de conducir AM.

Requisitos Adicionales para las Empresas de Alquiler de VMP

Las empresas que ofrezcan servicios de alquiler de patinetes eléctricos también deben adaptarse a nuevas exigencias establecidas por la ordenanza. Estas son algunas de las obligaciones que deberán cumplir:

  • Registrar e identificar todos sus vehículos.
  • Contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 800.000 euros.
  • Solicitar una autorización municipal si el grupo de usuarios en circulación supera las tres personas.

Entrada en Vigor y Campaña Informativa

La nueva ordenanza entró en vigor 15 días hábiles después de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). El Ayuntamiento de Palma ha aclarado que no habrá un período de gracia y que la normativa será de aplicación inmediata.

Regularización de Patinetes Eléctricos: Un Desafío para los Usuarios

Desde el 30 de enero de 2026, circular con un patinete eléctrico exige cumplir una serie de requisitos obligatorios. Sin embargo, los usuarios aseguran que les resulta imposible regularizar su situación por los bloqueos en la web de la Dirección General de Tráfico (DGT) y la falta de atención presencial en la isla.

La nueva normativa establece que todos los patinetes eléctricos deben estar inscritos en el registro habilitado por la DGT, contar con una etiqueta identificativa visible y disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil.

El trámite requiere el pago de una tasa, pero una vez abonada, la página web queda bloqueada y no se genera el certificado de inscripción, documento imprescindible para contratar el seguro y adquirir la placa identificativa.

Ante la imposibilidad de hacerlo por vía telemática, algunos usuarios han tratado de solicitar cita previa presencial, pero se han encontrado con otro obstáculo: el sistema indica que no hay citas disponibles en Mallorca y que la oficina más cercana para realizar el trámite se encuentra en Barcelona.

Esta situación deja a los propietarios en un limbo legal, ya que, a partir de la entrada en vigor de la normativa, todos los patinetes deben estar registrados, asegurados y matriculados. Sin embargo, los propios usuarios aseguran que, a día de hoy, nadie puede circular de forma plenamente legal.

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.

Una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo. Además, se entregará el certificado de inscripción digital en pdf con el que podrás adquirir una etiqueta identificativa con el número de inscripción con el formato M XXXX LLL.

En el caso de los VMPs que no estén certificados, pero que pueden circular hasta 22 de enero de 2027, no dispondrán de un número de certificado.

Actualización de la Normativa y su Impacto

El pasado 5 de noviembre de 2020 se publicó en el BOIB nº190 el decreto nº 202017130 sobre la regulación de los Vehículos de movilidad Personal (VMP). Recientemente Palma de Mallorca se ha convertido en una ciudad 30, lo que significa que el 90% de sus calles han pasado a tener un límite de velocidad para todo tipo de vehículos de 30km/h.

Para los amantes de los patinetes eléctricos, a partir de este momento, se amplía casi en su totalidad las calles por las que pueden circulas los VMP. Con esta nueva normativa podrás circular casi por el 100% de la red de calles en Palma ya que al 90% de calles a 30 podrás sumarle toda la red de carriles bici que se extiende por el centro de la ciudad.

La regulación y normativa de circulación de patinetes eléctricos para Palma de Mallorca que nos ocupa en este momento es la que ha salido el pasado día 13 de junio del 2019 y que ha quedado oficializada el el BOIB (Boletín oficial de las Islas Baleares) nº 78, fascículo 143, sec. III, pag. 28563.

El Gobierno ha dado luz verde definitiva a una medida que llevaba meses en el aire y que afectará a millones de usuarios en España. Ahora, Tráfico retoma el proyecto con más fuerza que nunca para poner orden en un sector que ha crecido exponencialmente en los últimos años.

La nueva regulación no solo implica el registro del vehículo, sino que establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para poder circular legalmente. Esta medida da cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025 de 24 de julio, que modificó la legislación sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Proceso de Inscripción Según la Fecha de Adquisición del Patinete

El proceso de inscripción varía significativamente según cuándo se adquirió el vehículo.

  • Patinetes comprados a partir del 22 de enero de 2024: El trámite es relativamente sencillo. Estos dispositivos ya cuentan con una certificación obligatoria que recoge todas las características técnicas del vehículo. Los propietarios solo necesitarán acceder a la sede electrónica de Tráfico y cumplimentar el número de certificado junto con el número de serie del dispositivo.
  • Patinetes adquiridos antes de enero de 2024: Estos usuarios se enfrentan a un proceso más complejo, ya que sus patinetes carecen del certificado obligatorio que ahora exige la normativa. En estos casos, la única vía posible consiste en homologar el vehículo mediante un laboratorio certificado por las autoridades de Tráfico para obtener la documentación técnica necesaria.

Tráfico ha establecido un periodo de transición que se extiende hasta el 22 de enero de 2027. Aunque el Consejo de Ministros ya ha aprobado el real decreto, la plataforma digital donde se realizarán los trámites aún no está operativa. Fuentes de Tráfico aseguran que el sistema estará disponible «en los próximos días», sin especificar una fecha concreta.

La nota de prensa oficial confirma la existencia de sanciones económicas importantes, pero deja una incógnita crucial sin resolver: ¿a partir de qué fecha será obligatorio tener el vehículo registrado y asegurado para evitar las multas?

Lo único confirmado hasta el momento es que los patinetes sin certificado disponen hasta el 22 de enero de 2027 para obtenerlo, pero se desconoce si existirá un periodo de gracia adicional para completar el registro y contratar el seguro.

Operativos de Control y Consecuencias del Incumplimiento

El 29 de mayo de 2026, agentes de la Policía Local de Palma llevaron a cabo un control exhaustivo sobre los patinetes eléctricos que circulaban por el Camí de Jesús. El objetivo era advertir a los usuarios sobre las nuevas obligaciones recogidas en la Ordenanza Cívica de Palma.

Durante la hora y media de control, se paró a una decena de conductores de patinetes. Las infracciones más frecuentes fueron la ausencia de casco homologado y de seguro obligatorio.

La ordenanza también detalla las vías por donde sí pueden circular los VMP: calzadas con límite de velocidad de hasta 30 km/h, calles con límite igual o inferior a 40 km/h, carriles bici a un máximo de 10 km/h, y carriles situados entre aparcamiento y acera a un máximo de 15 km/h. En ningún caso podrán superar los 25 km/h. Además, la edad mínima para conducir un patinete se fija en 16 años, o 15 en caso de tener carné AM.

Las infracciones recogidas en la Sección 1.ª del Capítulo XVII, referidas a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) -como los patinetes eléctricos- se consideran leves y llevan aparejada una multa de 90 euros. En lo relativo a la obligación de disponer de un seguro personal de responsabilidad civil, también se considera una infracción leve, pero con una sanción de 600 euros.

Es importante recalcar que en los primeros días de la puesta en funcionamiento de la nueva ordenanza cívica, los agentes policiales no multarán las posibles infracciones. Se ha establecido un periodo de 15 días.

Infracción Multa
Ausencia de casco homologado 90 euros
Falta de seguro de responsabilidad civil 600 euros

El Origen de la Nueva Normativa

El nuevo marco normativo no ha surgido de la nada. Según explica Nael Falo, portavoz de la plataforma ciudadana Patinetes y Bicis a Raya, fue un accidente lo que encendió la mecha.

Desde entonces, se inició un proceso participativo impulsado por ciudadanos y ciudadanas que defendían una movilidad más segura. La plataforma presentó una veintena de propuestas a las administraciones. Varias de ellas han sido incorporadas a la nueva ordenanza: la obligatoriedad del casco, del seguro de responsabilidad civil, la posibilidad de circular por ciertas vías con límite superior a 40 km/h si se respetan los 25 km/h, y la prohibición expresa de transitar por zonas peatonales, sin excepciones horarias.

No obstante, no todas las peticiones de la plataforma han sido aceptadas. Otra de las principales propuestas que se quedó fuera de la ordenanza fue la identificación de los patinetes, como una matrícula o distintivo.

Alquilar un patinete eléctrico en palma de Mallorca

La consigna de la plataforma es clara: "peatones por aceras, bicis por carriles bici, patinetes por ciclocarriles". Falo advierte de que "el drama que tenemos en Palma es que nos dotamos de normativas, ordenanzas y decretos… pero luego hay que hacerlas cumplir. Si la ordenanza no se aplica, será papel mojado".

Normativa de la DGT para Patinetes Eléctricos

En 2024 la Dirección General de Tráfico (DGT) anunció una nueva normativa para los patinetes eléctricos, que forman parte de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), comercializados desde el 22 de enero de dicho año.

La actualización de la norma, según de la DGT, fue necesaria para “velar por la seguridad vial y la protección al conductor de este tipo de vehículos, así como la del resto de usuarios de la vía, y garantizar que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que se pongan en el mercado tengan unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles”.

Según la normativa, ya en vigor desde hace más de un año, todos los patinetes comercializados deben contar con una placa informativa en la que figure el número de certificado del vehículo y las características del patinete, como su velocidad máxima, marca y modelo, número de serie y año de fabricación.

La propia DGT recoge en su web los fabricantes que ya tienen certificados sus VMP. Recuerda que esta certificación es obligatoria y permite que el patinete eléctrico quede registrado en el sistema de la Dirección General de Tráfico.

La normativa incluye una moratoria para los patinetes adquiridos hasta el pasado 21 de enero de 2024, por lo que podrán circular legalmente hasta el 22 de enero de 2027. Pasada esta fecha, solo podrán hacerlo los VMP dotados de la correspondiente homologación (según el manual oficial de características) y certificación.

Los dueños de estos VMP que quieran adelantarse a 2027 y homologar su patinete eléctrico pueden hacerlo, de forma extraordinaria, acudiendo a un laboratorio autorizado o a un organismo competente y aportando tanto el VMP como la información técnica que se posea del mismo.

Requisitos Técnicos Según la DGT

  • Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo.
  • Sistema de frenado: Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
  • Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deben contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo).

Recuerda que, por norma general, los patinetes eléctricos y el resto de VMP deben estar operados por una sola persona (sin pasajero); que deben circular por los carriles bici, si existen, o por la calzada, y que tienen prohibida la circulación tanto en aceras y zonas peatonales como en travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías; que deben obedecer todas las normas de circulación y que está prohibido el uso de auriculares o de teléfonos móviles mientras se circula en ellos. Tampoco pueden circular en túneles urbanos salvo que la ordenanza municipal lo autorice expresamente.

Aparcamiento de Patinetes Eléctricos en la Vía Pública

Depende de la ordenanza municipal, pero sí es legal aparcar un patinete eléctrico en la vía pública si no obstaculiza el paso de personas ni de vehículos, y se respeta la normativa urbana local. En general, los patinetes no pueden bloquear aceras, accesos peatonales, pasos de cebra o rampas, y algunos ayuntamientos imponen reglas específicas sobre dónde estacionarlos.

Lo más importante a la hora de aparcar el patinete eléctrico en la calle es tener sentido común y plantearte si puede molestar a alguien, igual que puede ocurrir con el aparcamiento de las bicicletas o las motos. Asegura el patinete eléctrico en un soporte fijo como un bicicletero, si existe.

Obligaciones y Sanciones a Partir de 2026

A partir del 2 de enero de 2026 en España, los patinetes eléctricos (VMP) deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio, estar registrados en la DGT (salvo los casos ya mencionados en el texto) y llevar una etiqueta identificativa visible para poder circular legalmente.

Las multas por el incumplimiento de la normativa de patinetes eléctricos variarán desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, según la gravedad de la infracción cometida. Es motivo de sanción, entre otras cuestiones, no figurar en el registro estatal de la DGT, no llevar la identificación del VMP o no tener contratado un seguro a partir de 2026.

Transporte de Patinetes Eléctricos en Transporte Público

La posibilidad de llevar un patinete eléctrico en el tren o en otros medios de transporte públicos en España no está regulada por una ley estatal específica para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), sino que depende de cada operador y de las ordenanzas municipales.

RENFE: desde el 12 de diciembre de 2023 están prohibidos los patinetes eléctricos por motivos de seguridad relacionados con las baterías de litio y el posible riesgo de incendio.

Palma de Mallorca y Barcelona fueron las primeras ciudades españolas en prohibir el acceso de los patinetes eléctricos a los transportes públicos. Barcelona ya adoptó esta decisión de forma indefinida en noviembre de 2022, lo que significa que la prohibición acaba de cumplir un año de vigencia, algo parecido a lo que sucede en Palma de Mallorca.

Normativa en Barcelona

La nueva ordenanza de circulación, peatones y vehículos de Barcelona entró en vigor el 1 de febrero de 2025.

Los patinetes eléctricos deben circular por los carriles bici a una velocidad que no supere los 25 km/h. Los patinetes eléctricos también podrán circular por calles que tengan un límite de velocidad de 30 km/h. En cualquier caso, no podrán sobrepasar los 25 km/h.

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