El panorama de la movilidad urbana en Zaragoza ha experimentado cambios significativos con la entrada en vigor de la nueva ordenanza municipal el 11 de septiembre de 2024. Esta normativa introduce importantes regulaciones para los usuarios de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), incluyendo patinetes eléctricos. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta nueva legislación.

Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio
Una de las medidas más destacadas es la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil tanto para bicicletas como para VMP, entre ellos, los patinetes eléctricos. Este seguro debe cubrir los posibles daños a usuarios y a terceros. Según la consejera de Medioambiente y Movilidad, Tatiana Gaudes, la excepción a esta norma son los usuarios de Bizi, ya que este servicio ya incluye un seguro. Gaudes también señaló que muchos seguros de hogar ya incluyen esta cobertura para las personas empadronadas en el domicilio.
Es decir, la obligatoriedad de tener un seguro de responsabilidad civil, una medida particular de Zaragoza. En cuanto al seguro, las condiciones son similares tanto en bicicletas como en VMP (patinetes eléctricos): la Ordenanza dice, literalmente, que “para conducir una bicicleta se dispondrá de la correspondiente garantía de responsabilidad civil mediante un seguro específico para la circulación de estos vehículos que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o en su defecto un seguro de hogar que cubra esta contingencia. El objetivo de esta medida es colaborar en la mejora de la SEGURIDAD VIAL.
Los usuarios de la bicicleta pública, Bizi Zaragoza, no tienen que tener un seguro, puesto que la empresa que lo gestiona, Clear Channel, tiene su propia póliza que cubre los daños que un usuario del servicio pueda causar en un tercero siempre y cuando se esté circulando de manera correcta y sin infringir las normas de circulación. Un seguro de responsabilidad civil, contratado aisladamente, puede suponer entre 50 y 60 euros al año para ofrecer cobertura económica de unos 150.000 euros.
Si tienes contratado un seguro de hogar, la responsabilidad civil suele estar incluida en él, pregúntale a tu aseguradora si tienes alguna duda. Si no lo tienes, en SEGUROBICI, te ofrecen la posibilidad de contratar un seguro de Responsabilidad Civil de forma rápida, sencilla y por tan solo 22,80€ el primer año. Protege tu pasión por el ciclismo y la de los demás.
¿Qué tipo de seguro necesito para mi bicicleta?
Para conducir una bicicleta se dispondrá de la correspondiente garantía de responsabilidad civil mediante un seguro específico para la circulación de estos vehículos que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o en su defecto un seguro de hogar que cubra esta contingencia.
Registro, seguro y multas: las nuevas normas para los patinetes eléctricos - laSexta Noticias
Normas de Circulación
La nueva ordenanza también especifica por dónde pueden circular los patinetes y otros VMP sin incurrir en sanciones. Los patinetes (y demás VMP) pueden circular por carriles bici y, ahora también, en calles con más de un carril y una velocidad máxima de 30 km/h. Al circular por las vías ciclistas, los patinetes eléctricos tienen que adecuar su circulación a la señalización existente.
Si se trata de una zona con prioridad peatonal, hay que ir a una velocidad que no ponga en riesgo a las personas que van a pie. Si se circula por la carretera, por seguridad, los VMP tienen que ocupar la parte central del carril, aunque pueden moverse por el mismo para adaptarse a las condiciones de tráfico y de la vía.
En cuestiones de velocidad, queda establecida que la máxima en los carriles bicis a cota de acera deberá ser de 20 Km/h. Los VMP deberán circular obligatoriamente por carriles bici, vías ciclistas o lugares específicos destinados para ello.
Cuando circulen por calzada lo harán preferentemente por el carril de la derecha, o por el contiguo al reservado a otros usos y por el centro del carril. Estos vehículos tienen prohibido circular por las aceras, vías o zonas peatonales.
Con carácter excepcional las personas menores de 12 años podrán circular en bicicletas por las aceras, zonas peatonales y calles peatonales que no hayan sido declaradas de especial protección para el peatón cuando cumplan los siguientes requisitos: que vayan acompañadas por una persona adulta a pie; que no sobrepasen en ningún caso los 5 km/h; que desmonten del vehículo en caso de alta densidad peatonal; y que circulen y transiten respetando la prioridad de los peatones, con quienes deberán mantener una separación mínima de un metro, y las condiciones de seguridad vial.
Al circular por la calzada las bicicletas circularán, por razones de seguridad vial, ocupando la parte central del carril sin perjuicio de poder usar el resto del carril para adaptarse a las condiciones de tráfico y de la vía. Se permite la circulación de dos ciclistas en paralelo dentro del mismo carril de circulación, salvo que suponga un riesgo para otros ciclistas o usuarios de la vía.
Los ciclos y las bicicletas podrán hacer uso de las líneas adelantadas de espera para vehículos de dos ruedas. En este sentido, y al objeto de permitir un posicionamiento más seguro de las bicicletas en la calzada durante la detención semafórica, estas podrán rebasar a los vehículos detenidos en la calzada siempre y cuando exista espacio suficiente para avanzar entre ellos de forma segura, hasta colocarse en una posición más adelantada, o alcanzar las líneas de detención adelantadas e implantadas a tal efecto.
Los ciclos podrán circular libremente por las zonas verdes, salvo prohibición o limitación expresa, siempre que lo hagan por vías y caminos de anchura de tres o más metros para no interferir el uso peatonal, debiendo mantenerse fuera de los jardines y espacios plantados. Así mismo deberán circular a velocidad moderada sin poder rebasar los 10 km/h de velocidad máxima en las zonas de uso compartido con peatones, evitando causar molestias, y absteniéndose de realizar maniobras que puedan generar riesgos para el resto de los usuarios. A tales efectos se deberá mantener un espacio mínimo de un metro con los peatones, absteniéndose de circular cuando el volumen peatonal no lo permita con seguridad.
En la movilidad ciclista, se incorporan los artículos vigentes de la actual ordenanza, aunque con algunos matices: por ejemplo, en los carriles bici en plataforma única compartida (a cota de acera) la velocidad máxima deberá ser de 20 kilómetros por hora. También se “normalizan” las zonas adelantadas en semáforos para motos y bicis.

Obligaciones y Restricciones Adicionales
- Edad mínima: Para poder conducir un VMP será obligatorio tener 16 años o más. Cabe recordar que la nueva ordenanza de Movilidad prohíbe el uso de patinetes eléctricos a menores de 16 años.
- Casco obligatorio: Desde el 11 de septiembre de 2024, es obligatorio el uso de casco en el caso de los patinetes, sean particulares o de alquiler. Los conductores de VMP deberán hacer uso obligatorio de un casco para bicicleta homologado o de superior protección.
- Documentación: Los ciclistas y usuarios de patinetes deberán portar encima una copia de la póliza de sus seguros en formato físico o digital.
Sanciones
El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones económicas. “Las infracciones a esta ordenanza no contempladas en la normativa sectorial estatal serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 150 euro”, según el texto de la normativa municipal, aprobada durante este verano con los votos a favor de PP y Vox. No es una fecha cualquiera porque desde hoy, todos aquellos usuarios de bicis y patinetes tienen que tener un seguro en Zaragoza para circular. En caso contrario, se exponen a una multa de 150 euros. No es la única sanción a la que se enfrentan porque desde hoy también es obligatorio el casco en el caso de los patinetes, sean particulares o de alquiler.
Reacciones y Críticas
La nueva ordenanza ha generado controversia, especialmente entre los colectivos ciclistas. Con el respaldo de la coordinadora estatal ConBici, las organizaciones Zaragoza Ciclista, Bielas Salvajes y Colectivo Pedalea están en contra de la obligatoriedad de suscribir un seguro de responsabilidad civil para poder circular en bicicleta por el municipio. Una medida que consideran “sin precedentes” y que supone un "ataque injustificado e ilegal a la promoción de la bicicleta, que sólo puede estar motivado por prejuicios y por una visión retrógrada de la movilidad”.
Tabla Resumen de la Nueva Normativa
| Aspecto | Regulación |
|---|---|
| Seguro de Responsabilidad Civil | Obligatorio para bicicletas y VMP (excepto usuarios de Bizi) |
| ¿Los usuarios de Bizi Zaragoza necesitan seguro? | No, puesto que la empresa que lo gestiona, Clear Channel, tiene su propia póliza que cubre los daños que un usuario del servicio pueda causar en un tercero siempre y cuando se esté circulando de manera correcta y sin infringir las normas de circulación. |
| Edad Mínima | 16 años para conducir VMP |
| Casco | Obligatorio para usuarios de patinetes |
| Velocidad Máxima en Carriles Bici (acera) | 20 km/h |
| Sanciones | Hasta 150 euros por incumplimiento |
| ¿Qué pasa si no llevo casco? | Multa de hasta 150 euros |
| ¿Puedo circular por la acera con mi patinete? | No, excepto para niños menores de 12 años acompañados y a baja velocidad. |
En conclusión, la nueva normativa de movilidad en Zaragoza busca regular el uso de bicicletas y patinetes eléctricos, priorizando la seguridad vial y la convivencia entre los diferentes usuarios de la vía pública.
Puedes consultar la ordenanza completa en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza: Movilidad ciclista y patinetes eléctricos (VMP). Nueva Ordenanza de Movilidad de Zaragoza.