Normativa para Patinetes Eléctricos en Burgos: Guía Completa

El incremento en el precio de los combustibles ha motivado a muchos burgaleses a optar por alternativas de transporte más sostenibles y económicas, como bicicletas y patinetes eléctricos. En Burgos, el número de usuarios de estos vehículos ha crecido considerablemente en los últimos años.

Consejos para Circular de Forma Segura en Patinete Eléctrico en Burgos

Para garantizar la seguridad al moverse por la ciudad en patinete, es fundamental seguir una serie de recomendaciones:

  • Buscar el itinerario más seguro: Evitar las grandes arterias con mucho tráfico.
  • No circular por las aceras: Esta prohibido.
  • Cuidado con los cruces: Reducir la velocidad y asegurarse de que no viene ningún vehículo.
  • Mejorar la visibilidad: Utilizar reflectantes y luces, especialmente de noche.
  • Respeto a las normas y sentido común: Seguir las normas de la Ordenanza de Movilidad.
  • Circular por el centro de la calzada: Para ser más visible y evitar peligros.
  • Evitar las rotondas: Son especialmente peligrosas para los usuarios de VMP.

Además, es crucial recordar que no existe la seguridad total, incluso en las vías ciclistas. Siempre hay que extremar la precaución ante situaciones de riesgo.

Normativa de Circulación para Patinetes Eléctricos

La Ordenanza de Movilidad de Burgos equipara los patinetes eléctricos a las bicicletas, permitiéndoles circular por las mismas vías y zonas. Es esencial seguir las normas de circulación establecidas.

Visibilidad y Uso del Casco

La recomendación para los usuarios de vehículos de movilidad personal es la misma que para los ciclistas: deben ser visibles. Aunque la normativa estatal tiene lagunas sobre la obligatoriedad del uso del casco, se recomienda llevarlo como medida de seguridad.

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.

Nueva Normativa de la DGT para Patinetes Eléctricos

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha lanzado una nueva normativa de circulación para los vehículos de movilidad personal (VMP), que incluye patinetes eléctricos, segways y bicicletas eléctricas. Esta normativa, que entró en vigor el 2 de enero de 2021, establece las siguientes reglas:

  • No se puede circular por las aceras.
  • Está prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
  • Las señales y el reglamento de tráfico son los mismos que para coches y motos.
  • Los conductores están sujetos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial y la prohibición de conducir con presencia de drogas.
  • No se pueden llevar auriculares puestos ni usar el móvil mientras se conduce.
  • Es obligatorio que el patinete cuente con alumbrado y es aconsejable vestir una prenda reflectante al circular de noche.
  • La edad mínima para circular en vía pública con un patinete eléctrico es de 16 años.

La obligatoriedad del casco queda abierta a lo que considere cada municipio en sus ordenanzas.

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Seguro para Patinetes Eléctricos: ¿Es Obligatorio?

Actualmente, el seguro para patinetes eléctricos no es obligatorio a nivel nacional, pero algunas ciudades están considerando su obligatoriedad. Este seguro cubre los daños a terceros en caso de accidente, como atropellos a peatones.

Sanciones por Incumplir la Normativa

El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones económicas significativas:

  • Ir dos personas en un patinete: hasta 100€.
  • Conducir bajo los efectos de drogas o alcohol: entre 500€ y 1000€.
  • Usar móvil o auriculares mientras se conduce: 200€.
  • Circular por aceras o zonas peatonales, o conducir de noche sin alumbrado: 200€.

Cambios Legales en 2026

A partir de 2026, los patinetes eléctricos estarán integrados en un sistema de control más estricto. La nueva norma establece tres trámites imprescindibles para circular: inscripción en el registro de la DGT, número identificativo visible y seguro de responsabilidad civil.

Los VMP comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deberán estar certificados para su uso. Los que se vendieron antes de esa fecha podrán circular hasta el 22 de enero de 2027, aunque no dispongan de certificado. A partir de esa fecha, solo podrán circular los VMP homologados.

El seguro obligatorio se convertirá en el elemento central para cubrir daños a terceros. Las multas por incumplimiento irán desde los 200 hasta los 1.000 euros.

A partir del 2 de enero de 2026, la normativa establece que los VMP deben disponer obligatoriamente de un seguro de responsabilidad civil.

Tabla Resumen de la Normativa para Patinetes Eléctricos en Burgos

Aspecto Normativa
Circulación Prohibido en aceras, autopistas, autovías y túneles urbanos. Permitido en carriles bici y calzadas.
Velocidad Máxima Entre 6 y 25 km/h.
Edad Mínima 16 años.
Casco Obligatorio según la ordenanza municipal.
Seguro No obligatorio actualmente, pero lo será a partir de 2026.
Registro Obligatorio a partir de 2026.
Certificación Obligatoria para VMP comercializados a partir del 22 de enero de 2024.

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