¿Cuántos ciclistas pueden ir en pelotón? Normativa y seguridad vial en España

Las bicicletas son consideradas como vehículos en el Reglamento General de Circulación (RGC) y como tal, deben cumplir con el conjunto de obligaciones y reglas establecidas en la normativa vigente, como los demás vehículos que circulan por la ciudad o la carretera, teniendo en cuenta que son usuarios vulnerables, justo después de los peatones. Es crucial que tanto ciclistas como conductores conozcan y respeten las normas de circulación para garantizar la seguridad de todos en la carretera.

Tras los últimos accidentes en los que se han visto implicados ciclistas, éstos pero también los conductores, andan soliviantados. Que la convivencia entre conductores y ciclistas no es fácil, ya lo sabemos. En este sentido, surgen mitos, dudas, y asunciones erróneas.

¿Está permitido que los ciclistas formen pelotones en carretera fuera de una prueba deportiva? La gran duda para ciclistas y conductores, y la razón por la que tanto unos, como otros, pudieran imaginar que está permitida la formación de pelotones, la encontramos en dos apartados del Reglamento General de Circulación en el que se habla de la agrupación de ciclistas y de circular en posición paralela.

Recordemos que en el pasado ha habido numerosos cambios en el Reglamento derivados de la cultura ciclista existente en España, de la mejora de las infraestructuras y de los cambios que ha sufrido el tráfico en todos estos años. De manera que normas, como la obligación de circular en hilera para los ciclistas, o la prohibición de acceder a las autovías, sufrieron cambios importantes con cada iteración del Reglamento General de Circulación.

¿Qué dice la normativa española sobre los pelotones de ciclistas?

Los cambios sufridos en Reglamento General de Circulación antaño, que a menudo eran necesarios, no han ayudado a aclarar algunos conceptos y han generado dudas tanto en ciclistas, como en conductores. No, los pelotones propiamente dichos no están permitidos. El Reglamento General de Circulación permite que las bicicletas circulen en carretera en columna de a dos.

En cualquier caso, esta práctica solo está permitida en unas condiciones sumamente importantes, que los ciclistas circulen orillándose todo lo posible al extremo de la vía, y que se recoloquen en hilera, y rompan la formación de columna de a dos, en tramos sin visibilidad, o cuando se formen aglomeraciones de tráfico.

Esto es lo que dice el Artículo 36.2 del Reglamento General de Circulación:

2. Se prohíbe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso.

También es importante recordar que en tramos con curvas, y cuando haya razones de seguridad que lo aconsejen, los ciclistas pueden abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten. En cualquier caso, en condiciones normales, y si existiera arcén, deberán utilizarlo y orillarse al extremo derecho de la vía.

Importante: los ciclistas no pueden formar pelotones, pero sí circular en columna de a dos en situaciones muy concretas, en las que no se entorpezca el tráfico.

¿Pueden agruparse los ciclistas?

Ya sabemos que un grupo de ciclistas no puede circular en paralelo, salvo en columnas de a dos, y en situaciones muy concretas. ¿Pero cuántos ciclistas pueden circular juntos? El Reglamento General de Circulación no específica cuántos ciclistas pueden agruparse para circular una carretera, pero sí permite que estos se junten sin necesidad de mantener la distancia de seguridad que se aplica a otros vehículos, pero sí la suficiente para evitar alcances entre ellos.

Esto es lo que dice el Artículo 54.1 del Reglamento General de Circulación:

No obstante, se permitirá a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener tal separación, extremando en esta ocasión la atención, a fin de evitar alcances entre ellos (artículo 20.2 del texto articulado).

Con lo cual, la respuesta a la pregunta que nos planteábamos es sencilla. No, los ciclistas no pueden circular formando pelotones. Pero los ciclistas sí pueden circular en grupo, y en fila de a dos, pero siempre en unas condiciones concretas.

Cuando pedaleamos por carretera debemos ser conscientes que estas son compartidas con vehículos, lo que hace imprescindible que los ciclistas conozcamos nuestros derechos y deberes para garantizar su seguridad. El ciclismo de carretera, practicado por muchos, conlleva ciertos peligros al convivir con vehículos pesados y más rápidos que el nuestro.

Como ciclista, siempre se debe circular con precaución y siguiendo unas normas, pero también como “vehículo frágil” que somos, el resto de vehículos de la calzada deben seguir unas obligaciones marcadas por la DGT.

Desde 2021, el código de circulación ciclista de la Dirección General de Tráfico establece que un vehículo a motor, antes de adelantar a un ciclista, deberá reducir la velocidad en 20 km/h respecto a la máxima permitida en la vía. Esto es algo relativamente nuevo como obligación. Antes de 2021, la normativa establecía que en adelantamientos se recomendaba reducir la velocidad y adaptarla a la maniobra del adelantamiento en sí.

La norma de separarse al menos 1,5 metros en el adelantamiento a ciclistas no ha cambiado. Según la DGT, es de obligación dejar una distancia de 1,5 metros, pero se recomienda dejar más (incluso hasta 2 metros) para aumentar la seguridad en situaciones excepcionales.

Según explicó el director general de Tráfico, Pere Navarro, una de las prioridades inmediatas de las autoridades es establecer reglas básicas para los “colectivos vulnerables” como peatones, motoristas, ciclistas y, cada vez más, patinetes y VMP (vehículos de movilidad personal).

Además, se permite adelantar a ciclistas incluso en tramos con línea continua, siempre que la visibilidad sea adecuada y no haya peligro. No difiere mucho de las reglas generales que ya conocemos.

Aquí hay algunas normas importantes que los ciclistas deben seguir:

  • Uso obligatorio del casco: Es obligatorio llevar casco homologado en vías interurbanas (carreteras) para todos los ciclistas, sin excepciones.
  • Circular por el arcén o el carril derecho: Los ciclistas deben circular por el arcén derecho siempre que sea transitable y seguro.
  • Circulación en grupo: Está permitido circular en fila de dos en carretera, pero debes volver a una sola fila si la situación lo requiere, como en carreteras estrechas o con visibilidad reducida.
  • Los pelotones tienen prioridad de paso en cruces, siempre que ya hayan iniciado el cruce.
  • Iluminación y elementos reflectantes: Si circulas de noche, en túneles o con condiciones de poca visibilidad, debes usar una luz delantera blanca y trasera roja. También, deberás usar un chaleco reflectante, es obligatorio, en vías interurbanas entre la puesta y la salida del sol.

En líneas generales, los cambios en las normativas para ciclistas en carretera de la DGT van en la línea de endurecer las medidas, estableciendo mayores restricciones y sanciones. Así que es de suma importancia conocer el reglamento ya que el incumplimiento de las normas de tráfico también puede acarrear multas.

Circular con seguridad es prioritario, y no sólo la seguridad del ciclista, sino de todos aquellos que compartimos la calzada. Sé respetuoso ante todo y ves bien equipado sobre todo en situaciones con poca visibilidad.

Normas de circulación para ciclistas

tags: #cuantos #ciclistas #pueden #ir #en #peloton