El Código de Circulación es un instrumento legal fundamental que regula la actividad vial y vehicular en España. Para los motociclistas, el conocimiento y cumplimiento de este código son esenciales para garantizar su seguridad y la de los demás usuarios de la vía.
Durante el verano, los desplazamientos en moto aumentan significativamente. El buen tiempo y la sensación de libertad que brinda la motocicleta son factores que muchos aprovechan para disfrutar de viajes más largos y desplazamientos diarios. Por tanto, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido diversas normativas destinadas a fortalecer la seguridad vial de los motoristas.

Normativa Actual de la DGT para Motocicletas (2024)
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado diversas medidas para fortalecer la seguridad vial de los motoristas. Estas medidas incluyen el uso obligatorio de equipo de protección homologado, controles de velocidad más estrictos y campañas de concienciación.
Equipamiento Obligatorio
Una de las medidas más destacadas que la DGT ha comenzado a aplicar es la obligatoriedad del uso de guantes homologados para todos los motoristas y sus acompañantes. Además, ya no se podrán usar cascos abiertos; es decir, esos cascos que dejan la cara al descubierto, como los de tipo Jet, estarán prohibidos. Se ha intensificado la vigilancia sobre el uso de cascos homologados, asegurándose de que cumplan con los estándares de seguridad necesarios.
El casco es el mejor elemento de protección descubierto hasta ahora. El uso del casco reduce casi un 30% la posibilidad de sufrir lesiones mortales. Diversos estudios indican que las lesiones de cabeza son la principal causa de muerte entre los accidentados de dos ruedas, concretamente el 80% de los fallecidos en motocicletas son por impactos en la cabeza.
Al comprar un casco, es crucial valorar bien la elección y no menospreciar la calidad, ya que este elemento de seguridad protegerá una parte fundamental del cuerpo: la cabeza. La elección entre los diversos modelos de casco dependerá del tipo de trayecto que se realice habitualmente y de las circunstancias de la conducción.
Un casco abierto es más cómodo y más fresco en verano, pero deja la cara expuesta a los golpes y algunos modelos no protegen adecuadamente la nuca. Es preferible un casco con colores claros o brillantes para que los demás usuarios de las vías puedan verte. Un casco debe ser visible tanto de día como de noche.
Cada casco que se vende en la Unión Europea debe estar homologado en la UE. El casco debe dejar pasar las corrientes de aire para permitir la respiración, la ventilación cuando hace calor, la ausencia de vaho cuando haga frío, y todo ello en un entorno extremadamente cerrado.
Para conocer la talla más apropiada, rodea tu cabeza con una cinta métrica por encima de las cejas y del borde superior de las orejas. La medida, en centímetros, se corresponde con la talla de casco. Con el casco puesto, muévelo con las manos de un lado a otro. Debes sentir que tu piel se mueve con el casco. Si el casco “baila” al hacer este movimiento, significa que la talla es demasiado grande.
Si el casco recibe un golpe, tras un accidente o simplemente al caerse al suelo desde una altura superior a 1’50 metros, puede sufrir daños en su estructura sin que se noten externamente. En ese caso, ya no te protegerá adecuadamente si tienes un accidente. Lo mejor entonces es cambiarlo.
Formación y Concienciación
La DGT está desarrollando campañas de formación y concienciación dirigidas tanto a motoristas como a otros conductores, con el objetivo de fomentar una convivencia segura en las carreteras. Es fundamental comprender las diferencias entre los tipos de motocicletas, ya que cada una conlleva riesgos específicos.
Desde este año, los conductores de motocicletas de más de 125 cc deberán realizar un curso especial diseñado para educar a los conductores de vehículos de mayor tamaño y velocidad. Esta normativa busca facilitar la movilidad en situaciones de congestión y contribuir a la reducción de emisiones contaminantes.
Sanciones y Controles
La DGT ha endurecido el sistema de sanciones y puntos del carnet de conducir. Las infracciones graves, como no usar el casco, superar los límites de velocidad o conducir bajo la influencia de alcohol y drogas, resultan en sanciones más severas y la pérdida de más puntos. Se han implementado más controles de velocidad específicos para motocicletas en las carreteras más frecuentadas, ya que el exceso de velocidad es una de las principales causas de accidentes mortales en motos.
El consumo de alcohol y drogas sigue siendo una de las principales preocupaciones de la DGT. Para los motoristas, las consecuencias de conducir bajo la influencia de estas sustancias pueden ser aún más graves, debido a la falta de protección en comparación con los vehículos cerrados.
Mejora de Infraestructuras
Otra medida importante es la mejora de infraestructuras. La DGT, en colaboración con los gobiernos locales, está trabajando en la identificación y señalización de puntos negros en las carreteras. Estos puntos son tramos especialmente peligrosos para motoristas debido a su diseño, el estado del pavimento o la alta siniestralidad.

Normativa para Pasajeros en Motocicletas
En las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar, puede viajar un pasajero que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y cumpla las siguientes condiciones:
- Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
- Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.
- En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección de la motocicleta.
- Excepcionalmente, los mayores de siete años podrán circular en motocicleta conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las preinscripciones reglamentarias establecidas.
Queda prohibido circular con menores de doce años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas, con o sin sidecar, por cualquier clase de vía.
Remolques en Motocicletas
Las motocicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por 100 de la masa en vacío del vehículo tractor (motocicleta), y se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.
- Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por 100 respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48 del Reglamento General de Circulación.
- Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.
- En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes.
Otras Obligaciones del Conductor de Motocicletas
Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento general de Conductores.
Se prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, se lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar.
Permisos de Conducción para Motocicletas
Para poder conducir una moto en España, es necesario tener el carné correspondiente. Existen varios tipos de carné de moto, dependiendo de la cilindrada y la potencia de la moto:
- Permiso A1: Autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0.1 kW/Kg.
- Permiso A2: Autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0.2 kW/Kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
- Permiso A: Autoriza para conducir motocicletas sin limitación alguna. La edad mínima para su obtención es de 20 años cumplidos. Este permiso solo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad. Obtener el permiso de conducción de la clase A2 implica la concesión del de la clase A1 y AM.
Pruebas de la Certificación para conducir motocicleta en la Ciudad de México - Licencias A1 y A2
Normativa Actualizada para 2025
A lo largo de 2025 llegará una normativa actualizada para las motos en España. Está previsto que la normativa de la DGT sobre motocicletas reciba cambios importantes a lo largo de 2025 que afectan tanto a la obtención del carnet de moto, a la circulación de estos vehículos y otros ámbitos de la conducción.
Con la Orden INT/210/2025, de 27 de febrero, se reguló la formación para acceder al permiso de conducción de la clase A, el último tipo de carnet de moto que se puede obtener. En ésta se indica que desde el 1 de julio de 2025 las clases de circulación van a tener más importancia que las maniobras en circuito cerrado. El curso que se imparte es de 9 horas, de las cuales tres son de conocimientos teóricos, dos en circuito cerrado y otras cuatro en vías abiertas al tráfico. Además, se establece el uso obligatorio del airbag durante las prácticas, tanto para los alumnos como para los profesores.
Propuestas y Estudios en Curso
Existen varias medidas que todavía son sólo propuestas, ya sean de la DGT o de partidos políticos, y que se están estudiando y valorando. No serán una realidad hasta que se publiquen de forma definitiva en el Reglamento General de Circulación y aparezcan en el Boletín Oficial del Estado.
Está previsto que haya una modificación del artículo 36 del Reglamento General de Circulación que permita a las motos circular por el arcén derecho en todo tipo de vías cuando haya retenciones, siempre que no superen los 30 km/h y que respeten la prioridad de los vehículos obligados a circular por el arcén, como las bicicletas. Esta medida se hará efectiva cuando se publique en el BOE.
En el Congreso se aprobó una proposición no de ley para reducir la tasa de alcohol máxima permitida a 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l de aire espirado) para todos los conductores, incluidos los motoristas. Para que esta medida se haga efectiva, se modificará el artículo 20 del Reglamento General de Circulación, que explica cuáles son las tasas de alcohol en sangre y aire espirado.
Consejos Adicionales para la Seguridad en Motocicleta
Además de cumplir con la normativa, es fundamental adoptar prácticas de conducción segura:
- Frenado: Utilizar los dos frenos de manera coordinada para aumentar la eficacia de la frenada y reducir la distancia de frenado. Iniciar levemente la frenada con el freno trasero antes de aplicar el delantero.
- Distancia de seguridad: Mantener en todo momento una distancia de seguridad adecuada para reaccionar ante cualquier imprevisto.
- Visibilidad: Llevar la luz de cruce siempre encendida y utilizar ropa con colores claros o reflectantes para aumentar la visibilidad.
- Carga: Asegurarse de que la carga esté bien colocada y no sobresalga por la parte delantera de la motocicleta.
Es esencial recordar que la seguridad en la conducción de motocicletas depende tanto del cumplimiento de las normas como de la adopción de prácticas responsables y conscientes.
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