Normativa para Ciclistas en Chile: Señales de Tránsito y Obligaciones

Existe el mito urbano de que no hay ley que regule a los ciclistas, pero desde 2009, la legislación chilena se actualizó y sí hay normas que cumplir para quienes usan la bicicleta como medio de transporte. En este artículo, abordamos las principales obligaciones que hacen referencia los 21 artículos que mencionan a las bicicletas.

Todas las normas que se expondrán deben ser acatadas por todas las personas que como peatones, pasajeros o conductores de cualquier clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio chileno.

Uno de los medios de transporte cada vez más frecuentes en la vía pública es la bicicleta, por lo que es importante conocer la normativa vigente correspondiente, que comprende tanto derechos como obligaciones y sanciones por incumplimiento. Desde Servimaq te acercamos toda la información que necesitas tener, para que cada viaje, ya sea en auto o en bicicleta, sea una experiencia segura y responsable.

Al ser reconocida por la Ley de Convivencia de Modos o Ley de Convivencia Vial como un vehículo, la bicicleta cuenta con derechos y deberes que cumplir.

NORMATIVA y MOVILIDAD Normas para ciclistas y bicicletas

Las Reglas de Circulación

Hay una gran incógnita que gira en torno a los ciclistas y es: cuál es su lugar. Ya quisiéramos que fueran las ciclovías, pero éstas avanzan a 5 kilómetros por hora en su construcción, por lo que la disputa está en la vereda o la calle.

Para los peatones, el lugar de las bicicletas es indiscutiblemente la calle y para los autos... la vereda. Pero al entenderse la bicicleta como un vehículo, en las zonas donde no exista una vía exclusiva para ellas, su territorio es el lado derecho de la calle, aunque con prohibición absoluta de circular por autopistas y/o autovías si no hay pistas segregadas.

Pueden no ocupar el carril derecho solo en tres casos:

  1. Cuando se adelante o sobrepase a otro vehículo que va en el mismo sentido, bajo las reglas que rigen tal movimiento.
  2. Cuando el tránsito por la mitad derecha de una calzada esté impedido por construcciones, reparaciones u otros accidentes que alteren la normal circulación.
  3. En la circulación urbana, cuando la calzada esté exclusivamente señalizada para el tránsito en un solo sentido.

Se recomienda que cuando el ciclista esté en una calle poco concurrida, vaya por el medio de la pista derecha. Si hay pistas exclusivas para bicicletas, los ciclistas deben usar solo éstas y está prohibido que otro tipo de vehículos circulen por ellas.

En Chile, como en casi todo el mundo, circulamos por la mano derecha y esta convención se aplica para todos los vehículos, desde transportes motorizados hasta el Metro. El sistema de circulación también define cómo se desarrollan las maniobras, tanto las de adelantamiento, como en los cambios de trayectoria y viraje.

Por ejemplo, los virajes a la izquierda tienden a ser más complejos y riesgosos, especialmente en vías bidireccionales, complejidad que aumenta mientras más pistas por sentido existen. Esta complejidad se da porque el viraje a la izquierda se constituye como una disrupción, al concentrar mayor estrés debido a la propia excepcionalidad de la maniobra y la muy probable detención del flujo vehicular.

La ciclo-infraestructura será más intuitiva y segura si se construye en coherencia con el acuerdo de circulación establecido. Esto es particularmente crítico cuando la ciclo-infraestructura está integrada en la vialidad junto al tránsito de vehículos motorizados.

Para la ciclo-infraestructura separada, ciclovías que van por trazado propio, con pocas intersecciones y alejadas del trazado de tránsito motorizado, el emplazamiento en relación a la calzada deja de ser un problema.

Circulación de las bicicletas:

  • Circular por la calzada: Cuando no existe ciclovía, los ciclistas deben circular por la calzada, específicamente por la pista derecha y cerca del borde, siguiendo el sentido del tránsito.
  • Usar ciclovías: Cuando existe ciclovía, los ciclistas están obligados a usarla y tienen prohibido usar la calzada.
  • No usar las aceras: Los ciclistas no pueden usar las aceras para circular, dado que son espacios exclusivos de peatones (solo pueden usarla en casos de emergencia o cuando el ciclista es un niño menor de 7 años acompañado de un adulto).
  • Respetar las señales de tránsito: Los ciclistas deben respetar las señalizaciones de tránsito (semáforos, Pare y Ceda el Paso).
  • Mantener distancia en adelantamientos: Si se adelanta a un vehículo u otro ciclista, debe guardar distancia lateral de 1,5 m al rebasar o ser rebasado.

Los Implementos de Seguridad

En cuanto a los elementos con que deben contar tanto las bicicletas como los ciclistas, el decreto sobre seguridad señala que los vehículos de dos ruedas deben estar provistos de un aparato sonoro (campana) y de un foco que permita proyectar la luz frontal en la parte delantera y una luz roja fija en la parte trasera.

Al considerarse la bicicleta como un vehículo más, la falta de andar sin luces en los horarios exigidos es considerada grave y la multa supera los $60.000. Sobre el uso del casco, el cual, debe cubrir al menos la parte superior de la cabeza y permanecer fijo a ella mediante una cinta o correa que lo sujete, el artículo 80 especifica que será exigible al ciclista sólo en las zonas urbanas (67% no lo utiliza).

Sin embargo, el no uso de elementos de seguridad como el casco u objetos reflectantes que deben usarse después del atardecer y antes del amanecer, se consideran infracciones menos graves.

Otra manera de infringir la ley siendo ciclista, es cargando objetos que impidan mantener ambas manos en el manubrio, ya que puede terminar en una pérdida de control de la bicicleta.

Señales a Indicar

Cuando se quiere doblar, es necesario indicar al menos 30 metros antes la intención de virar utilizando el brazo. La ley textualmente:

  1. Viraje a la izquierda, brazo extendido horizontalmente
  2. Viraje a la derecha, brazo en ángulo recto hacia arriba
  3. Disminución de velocidad o detención, brazo extendido hacia abajo

Algunas de las señales a indicar, son:

  • Viraje o cambio de pista: Antes de hacer un giro o cambio de pista, se debe extender el brazo de manera clara y con antelación, para indicar la dirección.
  • Giro a la izquierda: Se indica extendiendo el brazo izquierdo de forma horizontal a la altura del hombro, con la palma de la mano hacia abajo.
  • Giro a la derecha: Debe señalizarse con el brazo derecho de forma horizontal y a la altura del hombro, con la palma de la mano hacia abajo o doblando el brazo izquierdo hacia arriba en ángulo recto.
  • Detención o reducción de velocidad: Se indica la reducción de velocidad o detención, extendiendo el brazo izquierdo hacia abajo en ángulo recto y con la palma de la mano abierta hacia abajo.

Las Intersecciones

El ciclista, como el conductor del auto, debe atenerse a la Ley del Tránsito. Y mientras exista escasez de infraestructura para vías exclusivas, con semáforos y señales solo para quienes andan en bicicleta, estos deben funcionar como un auto y no como peatón: parar en el signo pare, priorizar a los peatones en los pasos de cebra, respetar las luces rojas, etc.

Cuando se infringe cualquiera de estas normas, Carabineros y los inspectores fiscales y municipales están facultados para extender la correspondiente citación al Juzgado respectivo, fijándole día y hora para la comparecencia. Se presume la responsabilidad del infractor si no concurre personal o debidamente representado a la audiencia para la cual fue citado.

Un estudio realizado por la Universidad Diego Portales y el Centro de Desarrollo Urbano Sustentable de la Universidad Católica, reveló que un 27,4% de las multas las registran quienes andan en bicicleta (2014). Ellos analizaron puntos de mayor congestión y midieron su comportamiento, viendo que los ciclistas tienen como principal infracción cruzarse las luces rojas y cruzan en lugares indebidos.

Nuevas Señales de Tránsito para Bicicletas en Chile (2021)

Estas nuevas señales de tránsito para ciclistas comenzaron a regir desde el 10 de marzo de 2021, y significan un gran aporte para la convivencia vial y para que los ciclistas puedan transitar más seguros:

  • Desmonte de ciclista: Esta señal se utiliza en pasos de cebra, pasos peatonales semaforizados, u otras vías peatonales que no sea para ciclistas, e indica que debes bajarte de la bicicleta y circular como peatón cuando el flujo peatonal sea intenso.
  • Velocidad máxima: Estas señales se utilizan en las zonas de tránsito calmado, para restringir la velocidad máxima.
  • Preferencia ciclista para cambiar de pista: Estas señales indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere cambiar de pista cruzando una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
  • Preferencia ciclista al virar derecha/izquierda: Indican al conductor de un vehículo motorizado que quiere de virar pasando por una ciclovía, que los conductores de ciclos que circulan por ella tienen preferencia, por lo que debe cederles el paso.
  • Zona 30 y Fin Zona 30: Informan que se está circulando por una vía o abandonando esta, que forma parte de una zona de tránsito calmado, en que la velocidad se ha limitado a 20, 30 o 40 km/h.
  • Ciclocalle: Esta señal se instala en ciclocalles, en las que la velocidad máxima permitida no debe exceder los 30 km/h.
  • Zona espera especial ciclos: Indican que, en un cruce semaforizado, los ciclistas pueden realizar partidas adelantadas.
  • Zona compartida peatones - ciclos: Esta señal indica que el espacio público es compartido por peatones y ciclistas.

Elementos Obligatorios de Seguridad Según la Ley de Tránsito

La Ley de Tránsito en Chile, particularmente con las modificaciones introducidas por la Ley de Convivencia Vial (Ley N.º 21.088), establece diversos derechos y deberes para los ciclistas como:

  • Uso obligatorio de casco.
  • Luces delanteras y traseras.
  • Elementos reflectantes.
  • Sistema de frenos.
  • Bocina.

Los ciclistas deben circular por las ciclovías cuando existan. Si no existe ciclovía, deben circular por la calzada en la pista derecha.

Elementos obligatorios de seguridad de la bicicleta en Chile:

  • A lo menos un sistema de frenos.
  • Un foco en la parte delantera color blanco o amarillo, y una luz roja en la parte trasera, las que deberán mantenerse encendidas desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones lo requieran.
  • Huinchas o placas retrorreflectantes de color blanco en la parte delantera y de color rojo en la parte posterior. Y también en las partes laterales, ubicadas en las ruedas.
  • Un aparato sonoro que pueda emitir sonido de intensidad moderada.

Es importante destacar que estos elementos de seguridad no son exigibles cuando las características de la bicicleta impiden su instalación.

Elementos obligatorios de seguridad de los ciclistas:

  • Casco protector que cubra como mínimo la parte superior de la cabeza y que cuente con carcasa exterior, revestimiento para absorber impactos y sistema de retención (correa o elemento que asegura el casco a la cabeza).
  • Vestimenta o algún elemento que incorpore material retrorreflectante. Su ubicación es de libre elección, pero siempre debe estar visible, tanto de frente como por detrás. Esto debe ser portado desde media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida, y cada vez que las condiciones de visibilidad lo requieran.

Multas para Ciclistas en Chile

El reconocimiento de la bicicleta como vehículo en las modificaciones de la Ley de Tránsito, implica el acatamiento obligatorio de las normas; por el contrario, el ciclista puede recibir multas por incumplimiento.

Entre las infracciones que son sancionadas, se encuentran:

  • Señales de tránsito: No respetar las señales de tránsito, como pasar con el semáforo rojo o no acatar el “Pare”, se consideran infracciones graves.
  • Vía exclusiva: Utilizar la calzada cuando existe ciclovía habilitada, está prohibido y se sanciona como una infracción menos grave.
  • Uso de veredas: Circular por las aceras (excepto si son niños pequeños o por emergencia) se encuentra prohibido y es considerado una infracción leve.
  • Equipamiento obligatorio: Si no se usa el casco protector (en buen estado y correctamente abrochado) o no se utilizan las luces reglamentarias ni los elementos reflectantes, se aplican multas que van de leves a menos graves.
  • Viaje con acompañante: Cuando la bicicleta no esté equipada para llevar un acompañante, se considera uso indebido y es clasificado como falta leve.

Si no respetas las normas que te acabamos de detallar, estarás cometiendo una falta a la Ley de Tránsito, lo que significa que puedes ser multado.

Por infracciones de tránsito como no usar casco, o no respetar a los peatones, arriesgas multas de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $13.853 y $34.633 de acuerdo con el valor de la UTM de septiembre de 2025 ($69.265). Como se trata de faltas calificadas como leves, el monto de tu multa puede ser rebajado si realizas el pago en los primeros días de obtener la infracción o apelando en tu citación con el Juez de Policía Local, entregando tus argumentos para bajar o eliminar la multa. Si no acudes a tu cita, serás considerado culpable.

El no uso de casco y luces se consideran una faltas menos graves y las multas van entre 0,5 y 1 UTM.

Tabla Resumen de Multas

Infracción Gravedad Multa (UTM)
No respetar señales de tránsito Grave Variable
Usar la calzada con ciclovía habilitada Menos grave 0,5 - 1
Circular por aceras (excepto excepciones) Leve Variable
No usar casco o luces Menos grave 0,5 - 1
Viajar con acompañante sin equipamiento Leve Variable

Con estos cambios en las leyes y las vías para bicicletas, ya puedes circular cada vez más tranquilo si eres ciclista.

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