Nueva Normativa para Patinetes Eléctricos en España: Guía Completa

Si eres usuario de un patinete eléctrico o tienes previsto comprarte uno, es fundamental que estés al tanto de la nueva legislación. En noviembre de 2020 se establecieron las nuevas normativas para la regulación de los patinetes eléctricos, que entraron en vigor el 2 de enero de 2021. El Real Decreto 970/2020 (Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos) aclara diversas cuestiones relacionadas con estos vehículos.

Velocidad Máxima Permitida

Se ha establecido una velocidad máxima permitida de 25 km/h. No cumplir con esta norma puede acarrear una sanción de 500€ y la inmovilización del patinete.

Certificado de Circulación

Los vehículos de movilidad personal (VMP) deben disponer del correspondiente certificado de circulación. Este certificado debe acreditar que el vehículo cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa técnica nacional e internacional. La DGT está elaborando un manual con las características técnicas que deben cumplir estos vehículos para su puesta en circulación.

Circulación Prohibida

La circulación por aceras y vías peatonales está totalmente prohibida. En su defecto, se puede optar por el carril bici o la calzada, manteniendo la distancia correcta de seguridad. Los conductores de patinetes eléctricos deben saber que los peatones siempre tienen preferencia, por lo que deben esperar en los pasos de cebra y en los semáforos como si fueran un vehículo normal o una bicicleta.

Alcohol y Drogas

Los conductores de patinetes eléctricos están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial. De la misma manera, queda prohibido conducir con presencia de drogas en el organismo.

Pasajeros

Queda prohibido transportar pasajeros en el patinete.

Casco y Chaleco Reflectante

Los patinetes eléctricos no se han incluido dentro del Artículo 118 del Reglamento General de Circulación, que regula el uso de cascos y elementos de protección. De momento, ponerse el casco es más una recomendación que una obligación, excepto para menores de 16 años, para quienes sí es obligatorio. Tampoco es obligatorio llevar chaleco reflectante, aunque sí es obligatorio llevar sistemas de luces, ya que los patinetes eléctricos están considerados vehículos.

Es importante ser consciente de que estos vehículos alcanzan velocidades cercanas a los 30 km/h con una capacidad de frenado limitada. Las posibilidades de enfrentarse a una situación de peligro y caerse son altas, y el riesgo de golpearse la cabeza es aún mayor.

Patinete electrico y seguridad vial

Seguro

El único caso en el que será obligatorio asegurar el patinete es cuando vaya a ser alquilado o utilizado para fines lucrativos. La DGT ha puesto de manifiesto que es recomendable contratar un seguro como medida de protección personal y de terceros, pero no es obligatorio. Algunas ciudades y municipios han lanzado su propia normativa sobre seguros para patinete, por lo que se tendrá que estar alerta.

Estacionamiento

Los patinetes eléctricos, al igual que bicis y motocicletas, tienen prohibido aparcar en las aceras salvo en algunas excepciones. De no ser posible, se podrá estacionar en reservas de bicicletas y de motos, o en bandas de estacionamientos de vehículos. En estos casos, se puede aparcar junto al bordillo y de forma paralela al patinete eléctrico, respetando las distancias establecidas por la ley.

Solo se permite estacionar en aceras amplias y que no estén marcadas como zonas especiales de protección para el peatón. Además, solo se permite hacerlo siempre y cuando el patinete no limite el paso para personas con discapacidad de movilidad. También está prohibido aparcar en zonas peatonales, como paradas de taxis o transporte público.

En resumen, la normativa busca garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública. Cumplir con estas regulaciones es fundamental para disfrutar de tu patinete eléctrico de manera responsable.

A continuación, se presenta un resumen de las principales normas:

Norma Descripción
Velocidad Máxima 25 km/h
Circulación Prohibida en aceras y zonas peatonales. Permitida en carriles bici y calzada.
Alcohol y Drogas Mismas restricciones que para coches y motos.
Pasajeros Prohibido llevar pasajeros.
Casco Obligatorio para menores de 16 años. Recomendable para el resto.
Chaleco Reflectante No obligatorio, pero sí es obligatorio llevar luces.
Seguro Obligatorio solo para uso comercial. Recomendable para uso personal.
Estacionamiento Prohibido en aceras, salvo excepciones. Permitido en zonas habilitadas para bicicletas y motos.

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