Legalidad y Requisitos Técnicos para Motos en Chile: Guía Completa

Con este artículo, queremos aclarar varias dudas y mitos que hay en torno a las condiciones y requisitos técnicos que debe cumplir una moto en Chile, abordando desde los frenos hasta las modificaciones del escape, pasando por la importancia de la Revisión Técnica.

1. Frenos

Todos sabemos que los vehículos necesitan frenos, obvio, pero ¿qué dice la ley específicamente al respecto? El Art. 1, inciso segundo Decreto 22 del 2006 del MTT estipula que: Los vehículos motorizados de dos o tres ruedas, deberán contar como mínimo con dos sistemas de frenos, uno que actúe sobre la rueda o ruedas delanteras y otro que actúe sobre la rueda o ruedas traseras (…). Por lo tanto no podríamos pasar la Revisión Técnica en una moto que tenga sólo el freno delantero o trasero, igualmente un Carabinero podría cursarnos una Infracción por andar sin frenos o con sólo uno.

2. Retrovisores

Es uno de los requisitos generales, pero en el Decreto 234 del 2001 del MTT (sí, el mismo decreto que habla sobre la indumentaria), exige claramente, que la moto debe Contar con espejos retrovisores en ambos costados.

3. Luces

Este tema es importante y hay varios puntos que se deben tocar respecto de las Luces: Primero veamos qué nos exige la Ley: En el Art. 5 del decreto 22 del 2006, cuando habla de los Vehículos motorizados de dos o tres ruedas exige que estén provistos de focos o luces exteriores en su:

  • Parte delantera: Un foco que permita proyectar las luces bajas y altas, y;
  • Parte trasera: Luz roja fija, luz de freno y dos luces destellantes de viraje;

En cuanto al color de las luces, está señalado en el Art. Se entenderá por color blanco las luces superiores a 3200 K. En lo que respecta a qué tipo de luces usar, si ampolletas normales, Xenón o LED, la ley no hace distinción, más allá de la que hemos señalado acá, lo único que debemos tener en cuenta es que cumpla el color y que la intensidad no sea muy fuerte, más abajo explicamos sobre la intensidad, al tratar la luces bajas y altas.

Hay que tener en cuenta dos cosas:

  1. Los vehículos cuya solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, se realice con posterioridad al 1 de septiembre de 2001, deberán contar con un sistema que encienda, automáticamente, y mantenga encendido el foco delantero, cada vez que el motor sea puesto en marcha.
  2. El artículo 72 de la Ley de Tránsito establece que: Las motocicletas, bicimotos, motonetas y similares, deberán circular permanentemente con sus luces fijas encendidas.

El Artículo 73 de la Ley de tránsito estipula que: Los vehículos motorizados circularán con luz baja en las vías públicas urbanas y con luz alta en los caminos y vías rurales. En las vías rurales, cuando se aproximen dos vehículos en sentido contrario, ambos conductores deberán bajar las luces delanteras a una distancia prudente no menor de doscientos metros y apagar cualquier otro foco que pueda causar encandilamiento.

Situación de las Luces Estroboscópicas

Las Luces estroboscópicas son dispositivos utilizados para emitir destellos de luz de forma regular, estas luces no están permitidas para uso en vehículos particulares. El Artículo 71 de la Ley de Tránsito señala que: Se prohíbe el uso de cualquier foco o luz que induzca a error en la conducción.

4. Bocina

La Bocina es un dispositivo que nunca se le da mucha importancia, pero que nos puede salvar la vida.

5. Reflectantes

El tema de los reflectantes en la moto, es otro que muchas veces se deja pasar, tiene una regulación muy escueta, pero sencilla. Como se podrán dar cuenta, es una norma muy escueta, no exige forma ni tamaño, pues sólo señala «Poseer Elementos», los cuales en total son 5, por lo tanto cumplen la norma los elementos reflectantes que vienen de fábrica con algunas motos.

6. Neumáticos

Este es un tema no menor, la importancia de contar no sólo con un buen neumático, sino que uno que esté en buen estado es trascendental. A este respecto, la Ley de Tránsito, en el Art. 69 estipula que: Los vehículos motorizados deberán estar equipados con neumáticos en buen estado.

7. Escape

Este es uno de los temas que más dudas suscita, así que le dedicaremos un poco más de espacio. Está regulado en el Artículo 77 de la Ley de Tránsito, el cual dice que Los vehículos con motores de combustión interna no podrán transitar con escape libre e irán provistos de un silenciador eficiente.

Modificaciones del Escape

Prácticamente todas las semanas, en nuestro Viernes de Responder Consultas nos preguntan sobre el escape y las implicancias de sus modificaciones. Son dos cosas distintas, el error está en decirle ESCAPE al Silenciador, pues ya sabemos que la línea de escape es lo que conduce estos gases del motor hacia afuera, pero si uds. han visto motos que no tienen el Silenciador, es estruendoso el ruido que producen, muy molesto, por eso se opta, desde fábrica, a instalarle un Silenciador a la línea de Escape, es por eso que la ley prohíbe circular SIN SILENCIADOR y exige, además, que éste sea eficiente.

Entonces a la pregunta de ¿Puedo cambiar el Escape a la moto?, entendemos que quieren decirnos, ¿Puedo cambiarle el Silenciador a la moto?, la respuesta es SÍ, se puede. Incluso, en algunas motos debemos cambiar toda la línea de escape para poder poner otro silenciador.

  1. El Ruido: La regulación del ruido en las motos comenzó a operar el 2019 y es aplicable sólo para las motos nuevas inscritas después de Julio del 2019, las cuáles deberán pasar por mediciones de ruido para ser homologadas y puedan circular. Las motos anteriores a ese año no existe exigencia respecto de los decibeles.
  2. Situación del DBKiller: El Dbkiller, es la abreviación de Decibel Killer o «Eliminador de Decibeles». Una pieza cuya función es restringir la salida de gases, comprimiéndolos dentro del silenciador, para limitar el ruido, disminuyendo aún más los decibeles del Silenciador, en definitiva, dejarlo más silencioso.

A priori, no habría ningún problema en sacar el Dbkiller del Silenciador, pues como lo señalé más arriba, la exigencia del nivel de ruido es para motos nuevas inscritas después de Julio del 2019, eso sí, debes fijarte que al modificar el escape o sacarle el Dbkiller, no varíe los gases que expulsa el motor, lo cual, podría afectarte al momento de obtener la Revisión Técnica.

Personalmente, considero que el sonido en una moto le da gran parte de la personalidad, lo que más nos llama la atención muchas veces es el sonido de la moto.

8. Placa Patente

Quizás este sea uno de los temas más polémicos que hay en el tránsito diario o el que más preguntas suscita entre los motociclistas: La Patente.

Claramente, si nos extendemos a explicar todo lo relacionado con la Placa Patente excedería el objetivo de este artículo, por lo tanto, lo dejaremos para un artículo completo y muy detallado, pero lo básico que debes saber sobre este tema es lo siguiente: La Ley de Tránsito la define como El Distintivo que permite Individualizar al vehículo. A su vez, también, prohíbe circular sin placa patente y si así lo haces, además de que te infraccionen, pueden llevarse tu moto, si es que no la estabas ocultando, pues ahí además te llevarán detenido por ocultamiento de patente.

Lo más relevante relativo a la patente, es lo que señala el Artículo 1 del Decreto 53 de 1984 (obviamente actualizado a la fecha), por cuanto es el que nos obliga a portar una Placa Patente en la parte trasera de la moto y que además ésta se encuentre en un lugar Visible.

La norma que habla sobre las personas que pueden ir en una moto es el artículo 79 de la Ley de Tránsito, el cual nos dice que Ningún vehículo podrá usarse para llevar mayor número de personas que aquél para el cual fue diseñado o equipado.

Revisión Técnica

La Revisión Técnica es un proceso por el cual se certificará que tu moto está en condiciones para poder circular por la calle, se analizarán prácticamente todas las características que hemos revisado en este artículo, así que ten presente muy bien lo que hemos hablado en cuanto a lo que debe o no debe tener la moto, pues de lo contrario, no pasarás la revisión técnica.

La Ley de Tránsito la trata en el su Artículo 89, en donde se especifica que: Las Municipalidades no otorgarán permisos de circulación a ningún vehículo motorizado que no tenga vigente la revisión técnica o un certificado de homologación, según lo determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Tal como se señala ahí, la Revisión Técnica es un requisito para obtener el Permiso de Circulación, por lo tanto, si no tienes la revisión técnica al día, no podrás obtener el Permiso de Circulación para tu moto. El certificado de Homologación es el equivalente a la Revisión Técnica, se le otorga a las motos nuevas por un determinado lapso de tiempo y no será necesario llevarlas a la revisión, pues cuentan con las condiciones técnicas para circular.

Elementos No Obligatorios

Finalmente, queremos terminar el artículo señalando algunos elementos que a las motos no se les exigen portar y son los siguientes:

  • Extintor
  • Rueda de Repuesto
  • Chaleco Reflectante
  • Botiquín

Espero les sea de mucha utilidad este artículo, pues tratamos temas que nos preguntas muy frecuentemente.

Inscripción del cambio de motor de un vehículo en Chile

El motor es el corazón de un vehículo, es la fuente de movimiento y el que permite que todo funcione. Esta importante pieza convierte la energía proveniente de la combustión interna, la eléctrica o una combinación de ambas, en una fuerza mecánica continua que impulsa el giro de las ruedas, permitiendo el desplazamiento del vehículo. Pero ¿qué pasa cuando el motor falla y no tiene reparación? ¿Cómo respaldar el cambio de motor de un vehículo en Chile?

De acuerdo al artículo 22 del Decreto N.º 22 del Ministerio de Justicia, que aprueba el reglamento de registro de vehículos motorizados, “la alteración del número de motor del vehículo deberá fundarse en copia autorizada del documento que acredite la adquisición o importación del motor por parte del propietario del vehículo o, en su defecto, en declaración jurada notarial suscrita por este.

Además, deberá acompañarse certificado actualizado de revisión ocular municipal o certificado de revisión técnica emitido por una Planta de Revisión Técnica autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones”.

CÓMO HOMOLOGAR UN CAMBIO DE MOTOR | By #CdRas

Cómo validar el nuevo motor de un auto en el Registro Civil

Sigue estos pasos para tramitar el cambio de motor de tu vehículo:

  1. Conserva los documentos que respaldan tu propiedad sobre el motor
    Tras el cambio del motor, debes guardar los documentos que respalden que eres propietario de esa pieza, como contrato de compraventa, facturas o documentación que acredite que importaste el motor.
  2. Obtén el certificado de la Revisión Técnica
    Luego, con estos documentos, debes acudir a una planta de Revisión Técnica (PRT), para obtener el certificado actualizado de Revisión Técnica o un certificado de inspección visual emitido por una PRT autorizada. Debes tener presente que en las PRT se solicita que el usuario acredite que el nuevo motor cumple con la norma de emisiones. Para esto, se pide un Certificado de Cumplimiento de Normas que debe emitir el representante del fabricante de la marca en Chile.
  3. Acude al Registro Civil
    Finalmente, debes acudir al Registro Civil, y presentar el Certificado de la Revisión Técnica, junto con el documento que acredita tu propiedad sobre el nuevo motor.

El número de motor, en autos y motocicletas, generalmente se encuentra en el block. Hay algunas motos que también lo pueden traer grabado en la base de la culata.

El número de chasis o VIN, lo puedes encontrar en la parte inferior del parabrisas, en el marco de las puertas o bajo el capó, en el área de compartimiento del motor.

Si, al descargar el Informe Autofact, observas alguna diferencia entre los números impresos en el vehículo y los del informe, te recomendamos revisar el historial completo del auto y averiguar cuál es el motivo del cambio del motor y si este proceso se hizo de manera legal. Así evitarás comprar un vehículo que pueda presentar problemas en el futuro.

Estos son los datos básicos del auto que encuentras en el Informe Autofact y que debes cotejar con los impresos en el vehículo y con sus documentos oficiales:

Riesgos de comprar un auto con el motor cambiado

Si estás pensando en comprar un auto con el motor cambiado, es importante que te asegures de que esta modificación fue inscrita legalmente. Si pasas por alto este antecedente y adquieres un vehículo con un motor que no es el original, te expones a riesgos mecánicos y legales, como los siguientes:

  • Puede ser un motor robado
    Si adquieres productos de procedencia ilícita, aparte de perder tu inversión, te arriesgas a ser acusado por el delito de receptación.
  • No sabrás su desgaste
    Al no ser el motor original del vehículo, no tendrás certeza de su kilometraje real, historial de mantenimiento o si ha tenido algún daño o reparación que pueda afectar negativamente la vida útil del motor y su rendimiento.
  • Problemas de compatibilidad
    El motor nuevo podría no ser compatible con la transmisión, el sistema eléctrico o la ECU del vehículo original, lo que puede generar problemas de funcionamiento o incluso daños al auto. Asimismo, puede no estar homologado con las normas de emisiones contaminantes requeridas actualmente en Chile.
  • Tu auto no aprobará la revisión técnica
    Uno de los puntos que revisan en las Plantas de Revisión Técnica, es que los documentos del vehículo estén en orden y que todos los datos coincidan. Si tienes un motor distinto del original, el nuevo registro debe constar en el Certificado de Anotaciones Vigentes.

Seguridad en motos

El concepto de seguridad siempre se ha quedado corto si de motocicletas se trata, pues a diferencia de los autos, al no haber una carrocería y una jaula de seguridad que resguarde al conductor, un accidente en motocicleta puede tener resultados fatales. Es por esta razón que, en Chile, en el año 2000, se estableció la reglamentación sobre los elementos obligatorios que deben llevar las personas al ir en motocicleta.

Los elementos de seguridad obligatorios para ir en una moto

En esta nota hemos querido profundizar en la indumentaria necesaria y obligatoria para circular en moto por las calles y carreteras chilenas. A continuación, podrás ver el listado con las características que debe cumplir cada elemento de acuerdo con la normativa vigente:

Casco para moto

El casco es el elemento de seguridad más importante para el motociclista. En caso de accidente, el casco puede salvar la vida del conductor o reducir la gravedad de las lesiones. Por eso, es fundamental elegir un casco que sea seguro, cómodo y que cumpla con la normativa vigente.

En Chile, la Ley de Tránsito, en su artículo 80, establece que “todo conductor de motocicletas, motonetas, bicimotos y su acompañante deberán usar casco protector reglamentario. El casco es obligatorio para conductor y acompañante y no portarlo es una infracción a la Ley de Tránsito que conlleva una multa de entre 0.5 y 1 UTM, es decir, entre $33.647 y $67.294, según el valor de la UTM en [mes] de [año].

Si tu casco no lo tiene incorporado, deberás contar con un sistema de protección ocular. En este sentido, las gafas de moto son un elemento de seguridad fundamental para los motociclistas, pues protegen los ojos del viento, la lluvia, el polvo y el sol. También pueden ayudar a reducir el deslumbramiento y mejorar la visibilidad.

Si no cumples con este elemento, también arriesgas una sanción monetaria que puede ir de 0,5 a 1 UTM.

Al elegir los anteojos de moto, es importante tener en cuenta los siguientes factores:

  • Deben ajustarse cómodamente a tu cara.

Guantes para moto

El Decreto 234 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones también agrega los guantes a la lista de los elementos obligatorios, los que deben cubrir la mano completa, incluyendo los dedos, y deben de ser de un material resistente al roce.

No portar los guantes también está considerado como una falta menos grave a la Ley de Tránsito, por lo que en este caso también arriesgas una multa de 0,5 a 1 UTM. Al comprar tus guantes, te recomendamos que tengas en cuenta los siguientes factores:

  • Su material debe ser duradero y resistente.
  • Los guantes deben tener protecciones para las articulaciones y las manos.
  • Los guantes deben ser adecuados para el clima en el que se conduce.
  • Deben tener un buen agarre para mantener el control del manillar.

Calzado cerrado

Usar los zapatos adecuados también es esencial y obligatorio para circular en motocicleta en Chile.

Elemento Obligatorio Sanción por no uso (UTM)
Casco 0.5 - 1
Protección ocular 0.5 - 1
Guantes 0.5 - 1
Calzado cerrado Sin información específica

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