Accidente de Moto Manquehue: Corte Suprema Confirma Indemnización por Muerte de Trabajador

La Corte Suprema ha confirmado una resolución que obliga a la empresa Constructora Manquehue Limitada a pagar una indemnización de $50 millones a la familia de un trabajador que falleció en un accidente de trayecto el 21 de agosto de 2010 en Santiago.

Fachada de la Corte Suprema de Chile.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, Carlos Cerda y los abogados Carlos Pizarro y Jorge Lagos- ratificó el pago indemnizatorio a los familiares del trabajador Juan Francisco Meza Montencinos, quien sufrió un fatal accidente, el 21 de agosto de 2010, en momentos que regresaba de comprar materiales a bordo de una motocicleta.

Detalles del Fallo

La sentencia determinó la responsabilidad extracontractual de la empresa demandada en el fallecimiento de Meza Montecinos, al comprobarse que lo envió a realizar compras a bordo de un vehículo inseguro.

"De acuerdo a los hechos asentados en el proceso, se verificó una infracción a la obligación de seguridad que el empleador debe prodigar a su trabajador, lo que satisface el elemento de la culpa necesario para afirmar la responsabilidad extracontractual de la demandada. (…) Que, dicha circunstancia fluye de los hechos asentados en el proceso al haberse desestimado las medidas de cuidado que le eran exigibles al empleador, las que contradijo al haber tolerado en forma persistente que el trabajador realizara compras para la obra en condiciones inseguras", expone el fallo.

La resolución agrega: "Con el mérito de la prueba aportada es posible concluir que se da el presupuesto de la culpa, lo que es imprescindible atendido que el régimen aplicable es aquel de responsabilidad extracontractual (…) Que es necesario, todavía, en relación a las condiciones de la responsabilidad reclamada en autos, referirse al necesario vínculo causal entre los dos elementos ya mencionados".

Y finaliza: "En la especie la imputabilidad, como ya fue afirmado, se verifica mediante el criterio del incremento del riesgo, pues al haber acrecentado las posibilidades de un accidente, le resulta éste imputable al empleador. Además, resulta claro que si el empleador hubiere satisfecho las medidas de seguridad que le eran exigibles, disponiendo de un vehículo idóneo, el accidente, probablemente, no se hubiere verificado o no habría tenido el desenlace fatal que acaeció.

Representación de un accidente de moto.

El fallo también expuso que se desestimaron las medidas de cuidado que le eran exigibles al empleador, las que contradijo al haber tolerado en forma persistente que el trabajador realizara compras para la obra en condiciones inseguras. Finalmente, la resolución agregó que si el empleador hubiere satisfecho las medidas de seguridad que le eran exigibles, disponiendo de un vehículo idóneo, el accidente, probablemente, no se hubiere verificado o no habría tenido el desenlace fatal que ocurrió.

Campaña "Prevención de Accidentes Laborales"

Otro Accidente en Las Condes

Además, se reportó otro incidente en la comuna de Las Condes. Grave permanece un joven de 25 años que protagonizó un accidente en motocicleta mientras transitaba por avenida Kennedy.

Luego del accidente, el joven fue trasladado hasta la Clínica Alemana, donde permanece internado en estado grave, informó Radio Cooperativa. De acuerdo a lo relatado por el capitán Cristián Guerra, "esta persona venía escuchando personal, por lo que Carabineros reitera que conductores deben hacerlo a una velocidad razonable y prudente para evitar este tipo de accidentes".

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